Resolucion Administrativa N° 000104-2023-P-CE-PJ. Disponen, en vía de regularización, el cese por fallecimiento de Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Huaral, Corte Superior de Justicia de Huaura

Fecha de publicación28 Junio 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 26 de junio del 2023

VISTO:

El Oficio 001085-2023-P-CSJHA-PJ cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura, por el cual remite el certificado de defunción del señor Eduardo Genaro Loloy Anaya, quien se desempeñaba como Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Huaral, de la mencionada Corte Superior.

CONSIDERANDO:

Primero. Que la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Corrida 001019-2023-P-CE-PJ, solicitó a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huaura que remita el certificado de defunción del mencionado juez.

Segundo. Que, al respecto, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huaura remite el acta de defunción, en el que se constata el fallecimiento del señor Eduardo Genaro Loloy Anaya, acaecido el 29 de abril de 2023.

Tercero. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por muerte, conforme los establece el artículo 107°, numeral 1), de la Ley de la Carrera Judicial.

Cuarto. Que, en tal sentido, y habiéndose determinado que el mencionado juez falleció el 29 de abril de 2023, corresponde formalizar su cese de conformidad con la norma citada precedentemente.

En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa 101-2011-CE-PJ, de fecha 16 de marzo de 2011.

RESUELVE:

Artículo Primero.- Disponer, en vía de regularización, el cese por fallecimiento del señor Eduardo Genaro Loloy Anaya, Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Huaral, Corte Superior de Justicia de Huaura, a partir del 29 de abril del año en curso.

Artículo Segundo.- Expresar reconocimiento póstumo al mencionado Juez de Paz Letrado, por los servicios prestados a la Nación; así como las condolencias a nombre del Poder Judicial, a su digna familia.

Artículo Tercero.- Comunicar a la Junta Nacional de Justicia que se ha producido una plaza vacante de juez de paz letrado en la Corte Superior de Justicia de Huaura, para las acciones respectivas.

Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Junta Nacional de Justicia, Corte Superior de Justicia de Huaura; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JAVIER ARÉVALO VELA

Presidente

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