Resolucion administrativa N° 000060-2024-CE-PJ. Prorrogan el funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios de diversos Distritos Judiciales y dictan otras disposiciones

Fecha de publicación01 Marzo 2024
SecciónSección Única
Designan Alta Comisionada para el combate de la minería ilegal

Consejo Ejecutivo


Lima, 28 de febrero del 2024


VISTOS:


El Oficio Nº 000116-2024-ST-UETI-CPP-PJ, cursado por la Secretaria Técnica (e) de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; así como el Informe N° 000014-2024-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada unidad.


CONSIDERANDO:


Primero. Que, a la fecha existen órganos jurisdiccionales transitorios en las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Cañete, Lambayeque, Loreto, Pasco y Sullana, cuya prórroga debe evaluarse para la adecuada implementación del Código Procesal Penal en los mencionados Distritos Judiciales, con la finalidad de apoyar en la descarga procesal y equilibrar la carga procesal entre sus órganos jurisdiccionales.


Segundo. Que, la vigencia de funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios no solo se subsume en la sobrecarga que presenten los órganos jurisdiccionales permanentes en una determinada Corte Superior de Justicia, sino también se proyecta en base al nivel resolutivo que tengan el primero de los mencionados; por lo cual, el análisis de la producción de los órganos jurisdiccionales se realizará en atención a las Resoluciones Administrativas Nros. 174-2014-CE-PJ, 395-2020-CE-PJ, 166 y 446-2021-CE-PJ y 105-2022-CE-PJ, cuyo fin principal es medir objetivamente a cada órgano jurisdiccional de acuerdo a los procesos que tramitan.


Tercero. Que, al respecto, la Secretaria Técnica (e) de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal remite a este Órgano de Gobierno el Informe Nº 000014-2024-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, del Componente de Monitoreo y Evaluación de la referida unidad, por el cual se realiza un análisis y evaluación de los órganos jurisdiccionales transitorios determinando su nivel resolutivo, además de otros factores relacionados con la inminente necesidad de apoyo en la descarga procesal y el arrastre de carga procesal respecto al año anterior. En ese sentido, se estableció que el periodo de extensión de las prórrogas estará vinculado a estos factores, correspondiendo 6 meses a los que alcanzaron un óptimo nivel de producción, mientras que serán 4, 3 y 2 meses para aquellos órganos jurisdiccionales que no alcanzaron los niveles esperados de producción en el periodo de análisis.


Por consiguiente, propone las siguientes medidas administrativas:


3.1 La Corte Superior de Justicia de Ancash, solicita la redistribución de carga procesal de manera aleatoria del 5° Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en delitos de Corrupción de Funcionarios del distrito y provincia de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash, hacia el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en delitos de Corrupción de Funcionarios del mismo distrito, provincia y Corte Superior de Justicia. En atención a ello, corresponde redistribuir expedientes a razón del estándar de productividad aprobada por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.


3.2 La Corte Superior de Justicia de Lambayeque, solicita el análisis de la Sala Mixta del distrito y provincia de Jaén, Corte Superior de Justicia de Lambayeque. En ese sentido, se requiere asignar una Sala Penal de Apelaciones Transitoria para el distrito y provincia de Jaén, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ante la existencia de sobrecarga procesal de expedientes que a la fecha viene registrando la Sala Mixta del mismo distrito, provincia y Corte Superior de Justicia, la cual se ve...

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