Corte Superior Nacional de Justicia
Penal Especializada
Presidencia
Lima, 24 de enero de 2024
ANTECEDENTES:
I. Mediante Resolución Administrativa N.° 000003-2024-P-CSNJPE-PJ de fecha 05 de enero de 2024 se dispuso que la Presidencia de la Primera, Segunda, Tercera y Cuarta Salas Penales Superiores Nacionales Liquidadoras Transitorias, y la Cuarta Sala Penal de Apelaciones Nacional1 de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada –en adelante CSN– elaboren el cronograma trimestral de realización de audiencias públicas extraordinarias que se efectuarán en el año judicial 2024, el que será remitido a esta Presidencia para su aprobación.
II. Los Oficios N.° 000235-2024-ADMCPP-CSNJPE-PJ, N.° 02-2024-P-CSPSNLT y N.° 03-2024, mediante las cuales remiten el cronograma trimestral de realización de audiencias públicas extraordinarias que efectuarán en el presente año judicial las Salas arriba mencionadas.
FUNDAMENTOS:
1. Base normativa: el Decreto Ley N.° 25476 del 05 de mayo de 1992, modificó el periodo de realización de las Audiencias Públicas Extraordinarias que estipula el artículo 367 del Código de Procedimientos Penales, quedando establecidas a ejecutarse trimestralmente por las Salas Penales de la República, regulando en su artículo 2 que: “Los Presidentes de las Cortes Superiores aprobarán un cronograma de realización trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias, a fin de garantizar que los procesos penales se tramiten en los plazos fijados por la ley y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad”.
2. En ese contexto, se requiere garantizar los derechos del justiciable reconocidos en la Constitución Política...