Resolucion Administrativa N° 000057-2023-CE-PJ. Modifican la Resolución Administrativa N° 000436-2022-CE-PJ y dictan otras disposiciones

Fecha de publicación28 Enero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 26 de enero del 2023

VISTOS:

El Oficio Nº 000002-2023-ST-ETIINLPT-CE-PJ, cursado por el Secretario Técnico del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y el Oficio Nº 000003-2023-CR-PPRFAMILIA-PJ remitido por el señor Consejero Responsable del Programa Presupuestal Nº 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 000436-2022-CE-PJ modificada por Resolución Administrativa Nº 000445-2022-CE-PJ, entre otros, se dispuso la creación de ciento seis órganos jurisdiccionales permanentes, cuyo monitoreo se encuentra bajo la competencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, conforme se señala en la referida resolución administrativa. Asimismo, estableció que la Gerencia General del Poder Judicial, a través de sus áreas correspondientes, adopten las acciones administrativas respectivas para dar cumplimiento a lo dispuesto; para lo cual deberá considerar el siguiente Cuadro para Asignación de Personal (CAP), para la elaboración del Presupuesto Analítico de Personal (PAP):

Segundo. Que, al respecto, el Secretario Técnico del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo mediante Oficio Nº 000002-2023-ST-ETIINLPT-CE-PJ, remite el Informe Nº 000009-2023-ST-ETIINLPT-CE-PJ en el cual realiza un análisis en base a la carga procesal y la productividad de un órgano jurisdiccional, efectuando las siguientes recomendaciones:

2.1 Modificar el artículo segundo de la Resolución Administrativa Nº 000436-2022-CE-PJ, a fin de contemplar la cantidad de personal necesaria que se requiere para los órganos jurisdiccionales laborales que serán creados, según el análisis descrito en el referido informe.

2.2 Que la Gerencia General del Poder Judicial evalué la propuesta y financie dicho requerimiento con cargo a la disponibilidad presupuestal, y brinde el apoyo técnico que se requiera al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo y a las Cortes Superiores de Justicia involucradas, para el cumplimiento de lo establecido en la presente resolución

2.3 Que las plazas de los órganos jurisdiccionales que aplican la Nueva Ley Procesal del Trabajo a nivel de juzgados, que al crearse formarán parte de un Módulo Corporativo Laboral, deben ser asignadas a la dependencia Módulo Corporativo Laboral del distrito judicial de la Corte Superior de Justicia que corresponda.

2.4 Que las plazas de los...

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