Resolucion administrativa N° 000057-2024-CE-PJ. Prorrogan el funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal en diversas Cortes Superiores de Justicia, y dictan otras disposiciones

Fecha de publicación28 Febrero 2024
SecciónSección Única
Designan Jefe de la Oficina General de Administración del Ministerio

Lima, 26 de febrero del 2024


VISTO:


El Oficio N° 000204-2024-OPJ-CNPJ-CE-PJ, que adjunta el Informe N° 000011-2024-OPJ-CNPJ-CE-PJ, del jefe de la Oficina de Productividad Judicial, concerniente a la prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios con vencimiento al 29 de febrero de 2024 y otros aspectos.


CONSIDERANDO:


Primero. Que, mediante Resoluciones Administrativas Nros. 000350, 000382, 000412 y 000451-2023-CE-PJ, se prorrogó hasta el 29 de febrero de 2024 el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios, que se encuentran bajo la competencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial.


Segundo. Que, a través del Oficio N° 000204-2024-OPJ-CE-PJ, el jefe de la Oficina de Productividad Judicial elevó a este Órgano de Gobierno el Informe N° 000011-2024-OPJ-CNPJ-CE-PJ, correspondiente a las propuestas de prórrogas de órganos jurisdiccionales transitorios y otros aspectos, a través del cual informó lo siguiente:


a) La Sala Civil Transitoria de la provincia de Cajamarca, que apoya con turno cerrado, en la descarga procesal de expedientes en etapa de trámite con la misma competencia funcional y territorial que la Sala Civil y las Salas Laborales Permanentes de la provincia de Cajamarca, al mes de diciembre resolvió 1541 expedientes de una carga procesal de 1828, obteniendo un avance de meta de 113% el cual fue mayor al avance ideal del 100%, correspondiente a dicho periodo, cerrando el año 2023 con una carga pendiente de 224 expedientes que deben haber disminuido a la fecha; mientras que la Sala Civil Permanente de la provincia de Cajamarca, resolvió durante el mismo período 1245 expedientes de una carga procesal de 2373, obteniendo un avance de meta de 89%, por lo que no alcanzó el referido avance ideal, cerrando el año 2023 con una carga pendiente de 1036 expedientes, de la cual 511 corresponden a la subespecialidad civil-civil y 218 a civil-constitucional.


b) Mediante el Oficio N° 000081-2024-P-CSJCA-PJ, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca solicitó la redistribución de 400 expedientes del 2° Juzgado de Trabajo Permanente, e implementar un plan de descarga para los procesos en etapa de ejecución, o, en su defecto, se adicione un juzgado especializado en materia laboral y previsional para la atención de estos procesos, posteriormente, la Secretaria Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo mediante Oficio N° 000072-2024-ST-ETIINLPT-CE-PJ e Informe N° 000009-2024-ST-ETIINLPT-CE-PJ, propuso, entre otros aspectos, la redistribución de 250 expedientes en etapa de trámite, correspondientes a la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP) del 2° Juzgado de Trabajo Permanente de la provincia de Cajamarca hacia el Juzgado de Trabajo Transitorio de dicha provincia; opinión con la cual se concurre.


Por otro lado, resulta pertinente señalar que mediante la Resolución Administrativa N° 122-2023-CE-PJ, se dispuso que las Cortes Superiores de Justicia que cuenten con expedientes en etapa de ejecución de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), dispongan lo necesario para que, a fin del año 2023, las áreas responsables de cada Corte Superior de Justicia realicen las actividades pertinentes, para el cumplimiento del Plan de Actividades para el seguimiento de la ejecución de las sentencias judiciales emitidas en los procesos mencionados, según el cronograma establecido en dicha resolución administrativa; informando la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca mediante Oficio Múltiple N° 000069-2023-P-CSJCA-PJ, con base al Informe N° 0011-2023-OII-CSJCA-PJ, que realizó todas las actividades programadas en el Plan de Actividades para el seguimiento de la ejecución de las sentencias judiciales emitidas en los procesos de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), según el cronograma establecido en la referida resolución administrativa, lo que ha generado una significativa atención y participación de la comunidad, reflejando el interés y la preocupación del Poder Judicial en la ejecución de sentencias judiciales.


c) Mediante el artículo sexto de la Resolución Administrativa N° 510-2023-CE-PJ se dispuso prorrogar, a partir del 1 de diciembre de 2023 hasta el 29 de febrero de 2024, el turno abierto del 1° Juzgado de Trabajo Transitorio del distrito de Huacho, provincia de Huaura, para el ingreso de expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), así como cerrar turno durante el mismo periodo al 1° y 2° Juzgados Civiles Permanentes para el ingreso de expedientes de la referida subespecialidad laboral, observándose que el 1° Juzgado de Trabajo Transitorio del distrito de Huacho resolvió 401 expedientes al mes de diciembre de 2023, obteniendo un avance de meta del 83 %, el cual fue inferior al avance ideal del 100 % que corresponde a dicho período.


Al respecto, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura ha solicitado mediante Oficio N° 000240-2023-P-CSJHA-PJ, prorrogar el turno abierto del 1° Juzgado de Trabajo Transitorio de Huacho, para recibir expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP); y, el turno cerrado del 1° y 2° Juzgados Civiles Permanentes para el ingreso de expedientes de la subespecialidad mencionada; asimismo, la Secretaría Técnica el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, mediante Oficio N° 000072-2024-ST-ETIINLPT-CE-PJ e Informe N° 000009-2024-ST-ETIINLPT-CE-PJ, propone prorrogar dichas medidas por un período de tres meses, propuesta con la cual se concurre.


d) El 3° Juzgado de Trabajo Transitorio de Descarga de la provincia de Trujillo, que inició su funcionamiento el 1 de octubre de 2023, y apoya con turno cerrado en la descarga procesal de expedientes en etapa de trámite del 3°, 4°, 6°, 7°, 8°, 9° y 10° Juzgados de Trabajo Permanentes de la subespecialidad de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, al mes de diciembre de 2023, resolvió 81 expedientes de una carga procesal de 539 expedientes, obteniendo un avance de meta del 88%, el cual fue inferior al avance ideal del 100%, correspondiente a dicho período.


e) Mediante Carta N° 193-2023-SRGV de fecha 22 de setiembre de 2023, el señor Segundo Reynaldo García Vergara solicitó al presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la creación de un Juzgado de Paz Letrado Mixto en el distrito de Laredo de la provincia de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La Libertad, sobre el cual, mediante Resolución Corrida N° 000974-2023-CE-PJ de fecha 14 de diciembre de 2023, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, resolvió declarar improcedente la petición presentada por el señor Segundo Reynaldo García Vergara, decisión que fue comunicada a dicha persona mediante Oficio N° 007848-2023-SG-CE-PJ de fecha 27 de diciembre de 2023, cursado por la Secretaría General del Consejo Ejecutivo. Posteriormente, mediante Carta N° 026-2024-SRGV del 2 de febrero de 2024, el señor Segundo Reynaldo García Vergara ha reiterado su pedido, solicitando se revise de manera exhaustiva el caso, a fin que en el distrito de Laredo se considere la creación de un Juzgado de Paz Letrado Mixto, con la finalidad de reducir las brechas de distancia y tiempo de traslado de los pobladores de esa localidad.


Al respecto, resulta pertinente señalar que la creación de órganos jurisdiccionales permanentes, si bien es una función y atribución propia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, tal como lo establece el inciso 24) del artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; no obstante, esta creación depende de la asignación presupuestal por parte del Gobierno Central, la misma que se materializa en las leyes de presupuesto del sector público correspondientes a cada año fiscal; por lo que el Órgano de Gobierno ha incluido en la propuesta para la creación de quinientos sesenta y nueve nuevos órganos jurisdiccionales permanentes a nivel nacional, efectuada por la Oficina de Productividad Judicial, la creación de un Juzgado de Paz Letrado Mixto en el distrito de Laredo de la provincia de Trujillo, cuyo trámite estará a cargo de la Gerencia General.


f) El Juzgado de Familia Transitorio de la provincia de Jaén, que inició su funcionamiento el 1 de octubre de 2023, y apoya con turno cerrado en la descarga procesal de expedientes en etapa de trámite del 1° Juzgado de Familia Permanente de la provincia de...

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