Lima, 31 de enero del 2024
VISTO:
El Oficio N° 000028-2024-ST-CNF-PJ, cursado por el Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Implementación de las Unidades de Flagrancia.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, el Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Implementación de las Unidades de Flagrancia mediante Oficio N° 000028-2024-ST-CNF-PJ, remite a este Órgano de Gobierno el Informe N° 000007-2024-ST-CNF-PJ, por el cual se sustenta el “Plan de Acciones de la Comisión Nacional de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú -Poder Judicial del año 2024”, a fin de continuar con la implementación de Unidades de Flagrancia en diversos Distritos Judiciales del país.
Segundo. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo así y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación del referido documento; con cargo a la disponibilidad presupuestal.
En consecuencia; en mérito al...