13 0275-2005-AG - Establecen como Zona Reservada "Pampa Hermosa" ubicada en los distritos de Huasahuasi y Chanchamayo, departamento de Junín

Fecha de publicación12 Marzo 2005
Fecha de disposición12 Marzo 2005
Pág. 288852
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 12 de marzo de 2005
blecido en el inciso 5) del artículo 205º del Reglamento de
la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-
bado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según se
cuente con disponibilidad presupuestal.
Artículo 3º.- Transcribir copia de la presente Resolu-
ción y de los informes técnico y legal que la sustentan a la
Contraloría General de la República y al Consejo Superior
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -
CONSUCODE, dentro de los diez (10) días calendario si-
guientes a su aprobación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS FERRERO
Presidente del Consejo de Ministros
05346
AGRICULTURA
Delegan al Director Ejecutivo de
PROABONOS la facultad de designar
titulares y suplentes del manejo de
cuentas bancarias
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0274-2005-AG
Lima, 11 de marzo de 2005
VISTO:
El Oficio Nº 102-2004-AG/PROABONOS/DE, de fecha
3 de marzo de 2005, del Director Ejecutivo del Proyecto
Especial de Promoción del Aprovechamiento de Abonos
Provenientes de Aves Marinas - PROABONOS, por el cual
solicita la delegación de facultades para designar a los
titulares y suplentes para el manejo de cuentas bancarias;
y,
CONSIDERANDO:
Que, según la Ley Nº 26857, el Proyecto Especial
de Promoción del Aprovechamiento de Abonos Prove-
nientes de Aves Marinas - PROABONOS, es un órgano
técnico, desconcentrado, dependiente del Ministerio de
Agricultura, ejerciendo competencia exclusiva sobre is-
las y puntas ubicadas en el litoral peruano, teniendo a
su cargo las actividades de extracción, procesamiento
y comercialización del guano de las islas como activi-
dad empresarial subsidiaria del Estado. El presupuesto
del Proyecto Especial es financiado con los ingresos
que, por concepto de tasas y venta de bienes y presta-
ción de servicios se recaude en el ejercicio de sus fun-
ciones, así como las transferencias que le realice el
Tesoro Público;
Que, de acuerdo con el numeral 46.3 del artículo 46º
de la Directiva de Tesorería para el Año Fiscal 2005,
aprobada por Resolución Directoral Nº 003-2005-EF/
77.15, de la fecha 19 de enero de 2005, los fondos
provenientes de las fuentes de financiamiento Recursos
Directamente Recaudados, sin bien no son administra-
dos directamente por la Dirección Nacional de Tesoro
Público, sus operaciones de gastos se canalizan a tra-
vés de la DNTP y se manejan en cuentas bancarias
abiertas en el Banco de la Nación;
Que, el numeral 52.1 del artículo 52º de la Directiva de
Tesorería para el Año Fiscal 2005, establece que los titula-
res y suplentes de las cuentas bancarias de las Unidades
Ejecutoras son designados mediante Resolución del Titu-
lar del Pliego o del funcionario a quien éste hubiera dele-
gado de manera expresa esta facultad, para lo cual se
utiliza como modelo el indicado en el Anexo Nº 4 de la
presente Dirección Directoral;
Que, con el fin de optimizar la operatividad de la Unidad
Ejecutora 004: Proyecto Especial de Promoción del Apro-
vechamiento de Abonos Provenientes de Aves Marinas -
PROABONOS, resulta conveniente delegar en el Director
Ejecutivo, la facultad de designar a los titulares y suplentes
de las cuentas bancarias;
Estando a lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25902 -
Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y de su Regla-
mento de Organización y Funciones aprobado por Decreto
Supremo Nº 017-2001-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Delegar en el Director Ejecutivo de la Uni-
dad Ejecutora 004: Proyecto Especial de Promoción del
Aprovechamiento de Abonos Provenientes de Aves Mari-
nas - PROABONOS, la facultad de designar a los titulares
y suplentes del manejo de las cuentas bancarias, de con-
formidad con el numeral 52.1 del artículo 52º de la Resolu-
ción Directoral Nº 003-2005-EF/77.15 - Directiva de Teso-
rería para el Año Fiscal 2005.
Artículo 2º.- Disponer que el Director Ejecutivo del Pro-
yecto Especial de Promoción del Aprovechamiento de Abo-
nos Provenientes de Aves Marinas - PROABONOS, infor-
me periódicamente al Ministro de Agricultura, las acciones
efectuadas en aplicación de la delegación conferida me-
diante la presente Resolución Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL MANRIQUE UGARTE
Ministro de Agricultura
05345
Establecen como Zona Reservada
"Pampa Hermosa" ubicada en los dis-
tritos de Huasahuasi y Chanchamayo,
departamento de Junín
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0275-2005-AG
Lima, 11 de marzo de 2005
VISTO:
El Oficio Nº 105-2005-INRENA-J-IANP, de fecha 04 de
febrero de 2005 del Instituto Nacional de Recursos Natura-
les-INRENA, mediante el cual se solicita el establecimiento
de la Zona Reservada “Pampa Hermosa”, ubicada en los
distritos de Huasahuasi y Chanchamayo, de las provincias
de Tarma y Chanchamayo, respectivamente, en el depar-
tamento de Junín, sobre una superficie de nueve mil qui-
nientas setenta y cinco hectáreas y novecientos metros
cuadrados (9 575.09); y,
CONSIDERANDO:
dispone que el Estado está obligado a promover la conser-
vación de la diversidad biológica y de las áreas naturales
protegidas;
Que, de conformidad con lo previsto en los artículos 7º
y 13º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobada
por Ley Nº 26834, y en los artículos 42º y 59º de su Regla-
mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG,
el Ministerio de Agricultura mediante Resolución Ministerial,
previa opinión técnica favorable del INRENA, podrá esta-
blecer de forma transitoria Zonas Reservadas, en aquellas
áreas que reuniendo las condiciones para ser considera-
das como Áreas Naturales Protegidas, requieren de la rea-
lización de estudios complementarios para determinar, en-
tre otras, la extensión y categoría que les corresponderá
como tales; asimismo, se hace mención que las Zonas
Reservadas forman parte del Sistema Nacional de Áreas
Naturales Protegidas por el Estado-SINANPE;
Que, la zona de Pampa Hermosa se encuentra en la
Ecorregión de Yungas Peruanas, la cual ha sido identifica-
da como un sitio prioritario para la conservación de la biodi-
versidad en Latinoamérica y a nivel mundial, por su excep-
cional riqueza de especies y endemismos;
Que, la zona de Pampa Hermosa constituye una mues-
tra representativa de dicha ecorregión con un alto grado
de conservación de ecosistemas y biodiversidad destacan-
do la presencia de bosques relictos de “cedros de altura”
(
Cedrela sp.
), “nogal negro” (
Juglans neotropical
), “ulcuma-
no” (
Podocarpus rospigloosii
), “diablo fuerte” (
Podocarpus
montanus
), y otras especies endémicas de estas formacio-
nes ecológicas, como las orquídeas que corren el riesgo
de su extinción; asimismo, se ha registrado una especie de
fauna silvestre nueva para la ciencia como el Dendrobátido
“rana venenosa” (
Epipedobates cf. Petersi
) y especies de
fauna silvestre que se encuentran en situación vulnerable
(VU) como: la “ardilla rojiza” (
Sciureus pyrrhinus
) y casi ame-
nazadas (NT) como: el “gavilán de collar” (
Accipiter
collaris),

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