13 0275-2005-AG - Establecen como Zona Reservada "Pampa Hermosa" ubicada en los distritos de Huasahuasi y Chanchamayo, departamento de Junín
Fecha de publicación | 12 Marzo 2005 |
Fecha de disposición | 12 Marzo 2005 |
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 12 de marzo de 2005
blecido en el inciso 5) del artículo 205º del Reglamento de
la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-
bado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según se
cuente con disponibilidad presupuestal.
Artículo 3º.- Transcribir copia de la presente Resolu-
ción y de los informes técnico y legal que la sustentan a la
Contraloría General de la República y al Consejo Superior
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -
CONSUCODE, dentro de los diez (10) días calendario si-
guientes a su aprobación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS FERRERO
Presidente del Consejo de Ministros
05346
AGRICULTURA
Delegan al Director Ejecutivo de
PROABONOS la facultad de designar
titulares y suplentes del manejo de
cuentas bancarias
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0274-2005-AG
Lima, 11 de marzo de 2005
VISTO:
El Oficio Nº 102-2004-AG/PROABONOS/DE, de fecha
3 de marzo de 2005, del Director Ejecutivo del Proyecto
Especial de Promoción del Aprovechamiento de Abonos
Provenientes de Aves Marinas - PROABONOS, por el cual
solicita la delegación de facultades para designar a los
titulares y suplentes para el manejo de cuentas bancarias;
y,
CONSIDERANDO:
Que, según la Ley Nº 26857, el Proyecto Especial
de Promoción del Aprovechamiento de Abonos Prove-
nientes de Aves Marinas - PROABONOS, es un órgano
técnico, desconcentrado, dependiente del Ministerio de
Agricultura, ejerciendo competencia exclusiva sobre is-
las y puntas ubicadas en el litoral peruano, teniendo a
su cargo las actividades de extracción, procesamiento
y comercialización del guano de las islas como activi-
dad empresarial subsidiaria del Estado. El presupuesto
del Proyecto Especial es financiado con los ingresos
que, por concepto de tasas y venta de bienes y presta-
ción de servicios se recaude en el ejercicio de sus fun-
ciones, así como las transferencias que le realice el
Tesoro Público;
Que, de acuerdo con el numeral 46.3 del artículo 46º
de la Directiva de Tesorería para el Año Fiscal 2005,
aprobada por Resolución Directoral Nº 003-2005-EF/
77.15, de la fecha 19 de enero de 2005, los fondos
provenientes de las fuentes de financiamiento Recursos
Directamente Recaudados, sin bien no son administra-
dos directamente por la Dirección Nacional de Tesoro
Público, sus operaciones de gastos se canalizan a tra-
vés de la DNTP y se manejan en cuentas bancarias
abiertas en el Banco de la Nación;
Que, el numeral 52.1 del artículo 52º de la Directiva de
Tesorería para el Año Fiscal 2005, establece que los titula-
res y suplentes de las cuentas bancarias de las Unidades
Ejecutoras son designados mediante Resolución del Titu-
lar del Pliego o del funcionario a quien éste hubiera dele-
gado de manera expresa esta facultad, para lo cual se
utiliza como modelo el indicado en el Anexo Nº 4 de la
presente Dirección Directoral;
Que, con el fin de optimizar la operatividad de la Unidad
Ejecutora 004: Proyecto Especial de Promoción del Apro-
vechamiento de Abonos Provenientes de Aves Marinas -
PROABONOS, resulta conveniente delegar en el Director
Ejecutivo, la facultad de designar a los titulares y suplentes
de las cuentas bancarias;
Estando a lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25902 -
Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y de su Regla-
mento de Organización y Funciones aprobado por Decreto
Supremo Nº 017-2001-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Delegar en el Director Ejecutivo de la Uni-
dad Ejecutora 004: Proyecto Especial de Promoción del
Aprovechamiento de Abonos Provenientes de Aves Mari-
nas - PROABONOS, la facultad de designar a los titulares
y suplentes del manejo de las cuentas bancarias, de con-
formidad con el numeral 52.1 del artículo 52º de la Resolu-
ción Directoral Nº 003-2005-EF/77.15 - Directiva de Teso-
rería para el Año Fiscal 2005.
Artículo 2º.- Disponer que el Director Ejecutivo del Pro-
yecto Especial de Promoción del Aprovechamiento de Abo-
nos Provenientes de Aves Marinas - PROABONOS, infor-
me periódicamente al Ministro de Agricultura, las acciones
efectuadas en aplicación de la delegación conferida me-
diante la presente Resolución Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL MANRIQUE UGARTE
Ministro de Agricultura
05345
Establecen como Zona Reservada
"Pampa Hermosa" ubicada en los dis-
tritos de Huasahuasi y Chanchamayo,
departamento de Junín
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0275-2005-AG
Lima, 11 de marzo de 2005
VISTO:
El Oficio Nº 105-2005-INRENA-J-IANP, de fecha 04 de
febrero de 2005 del Instituto Nacional de Recursos Natura-
les-INRENA, mediante el cual se solicita el establecimiento
de la Zona Reservada “Pampa Hermosa”, ubicada en los
distritos de Huasahuasi y Chanchamayo, de las provincias
de Tarma y Chanchamayo, respectivamente, en el depar-
tamento de Junín, sobre una superficie de nueve mil qui-
nientas setenta y cinco hectáreas y novecientos metros
cuadrados (9 575.09); y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú
dispone que el Estado está obligado a promover la conser-
vación de la diversidad biológica y de las áreas naturales
protegidas;
Que, de conformidad con lo previsto en los artículos 7º
y 13º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobada
por Ley Nº 26834, y en los artículos 42º y 59º de su Regla-
mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG,
el Ministerio de Agricultura mediante Resolución Ministerial,
previa opinión técnica favorable del INRENA, podrá esta-
blecer de forma transitoria Zonas Reservadas, en aquellas
áreas que reuniendo las condiciones para ser considera-
das como Áreas Naturales Protegidas, requieren de la rea-
lización de estudios complementarios para determinar, en-
tre otras, la extensión y categoría que les corresponderá
como tales; asimismo, se hace mención que las Zonas
Reservadas forman parte del Sistema Nacional de Áreas
Naturales Protegidas por el Estado-SINANPE;
Que, la zona de Pampa Hermosa se encuentra en la
Ecorregión de Yungas Peruanas, la cual ha sido identifica-
da como un sitio prioritario para la conservación de la biodi-
versidad en Latinoamérica y a nivel mundial, por su excep-
cional riqueza de especies y endemismos;
Que, la zona de Pampa Hermosa constituye una mues-
tra representativa de dicha ecorregión con un alto grado
de conservación de ecosistemas y biodiversidad destacan-
do la presencia de bosques relictos de “cedros de altura”
(
Cedrela sp.
), “nogal negro” (
Juglans neotropical
), “ulcuma-
no” (
Podocarpus rospigloosii
), “diablo fuerte” (
Podocarpus
montanus
), y otras especies endémicas de estas formacio-
nes ecológicas, como las orquídeas que corren el riesgo
de su extinción; asimismo, se ha registrado una especie de
fauna silvestre nueva para la ciencia como el Dendrobátido
“rana venenosa” (
Epipedobates cf. Petersi
) y especies de
fauna silvestre que se encuentran en situación vulnerable
(VU) como: la “ardilla rojiza” (
Sciureus pyrrhinus
) y casi ame-
nazadas (NT) como: el “gavilán de collar” (
Accipiter
collaris),
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