RESOLUCION N° 0173-2012-ANR - Declaran que la Universidad Tecnológica del Perú ha cumplido con lo establecido en la Ley Universitaria y en la Res. N° 394-2004-ANR, respecto a la creación y funcionamiento de programas de maestrías y doctorales que serán impartidos por su Escuela de Posgrado

Fecha de disposición01 Marzo 2012
Fecha de publicación01 Marzo 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 1 de marzo de 2012
461752
Escuela Académico Profesional de Turismo, Hotelería
y Gastronomía, adscrita a la Facultad de Ciencias de la
Educación y Humanidades.
Que, dentro del marco legal precitado, mediante of‌i cio
de vistos, el Rector de la Universidad de Huánuco solicita
se modif‌i que la Resolución Nº 1256-2009-ANR, en razón
a que la Resolución Nº 161-2010-R-CU-UDH crea la
Facultad de Ciencias Empresariales, a la que se adscribe,
entre otros, la Escuela Académico Profesional de Marketing
y Negocios Internacionales y la Escuela Académico
Profesional de Turismo Hotelería y Gastronomía;
Que, mediante informe de vistos, la Dirección
General de Desarrollo Académico y Capacitación de la
Asamblea Nacional de Rectores opina favorablemente a
la aprobación de la adscripción a la Facultad de Ciencias
Empresariales de la Universidad de Huánuco las Escuelas
Académico Profesionales precitadas;
Que, mediante memorando de vistos, el Secretario
Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone
la elaboración de una resolución, conforme al informe Nº
019-2012-DGDAC, por la que se apruebe la adscripción a
la Facultad de Ciencias Empresariales de la Universidad
de Huánuco las Escuelas Académico Profesionales
referidas;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria,
Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas al
Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud
del Reglamento General de la Comisión de Coordinación
Interuniversitaria;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar aprobada la adscripción de
las siguientes Escuelas Académico Profesionales a la
Facultad de Ciencias Empresariales de la Universidad de
Huánuco:
Escuela Académico Profesional de Marketing y
Negocios Internacionales.
Escuela Académico Profesional de Turismo, Hotelería
y Gastronomía.
Artículo 2º.- Publicar la presente resolución en el Diario
Of‌i cial El Peruano y en la página web de la institución.
Regístrese y comuníquese.
ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y
Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores
RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO
Secretario General de la
Asamblea Nacional de Rectores
757454-1
Amplían plazo otorgado a la Comisión
de Orden y Gestión de la Universidad
José Carlos Mariátegui
COMISIÓN DE COORDINACIÓN
INTERUNIVERSITARIA
RESOLUCIÓN Nº 0171-2012-ANR
Lima, 22 de febrero de 2012
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
VISTO:
El of‌i cio Nº 125-2012-PCOG-UJCM, de fecha 20 de
febrero de 2012; el memorando Nº 0199-2012-SE-ANr, de
fecha 21 de febrero de 2012; y,
CONSIDERANDO:
Que la Asamblea Nacional de Rectores, en mérito
a lo previsto por el artículo 90º de la Ley Universitaria,
Ley Nº 23733, tiene por f‌i nalidad coordinar y orientar
las actividades académicas y administrativas de las
universidades del país, así como velar por la gobernabilidad
institucional y autonomía universitaria;
Que, mediante Resolución Nº 0964-2011-ANR, de
fecha 25 de agosto de 2011, se declaró en situación de
graves irregularidades académicas y administrativas
a la Universidad José Carlos Mariátegui y se conformó
una Comisión de Orden y Gestión para la mencionada
universidad, otorgándole el plazo de noventa (90) días
para que subsane las indicadas irregularidades y restituya
la gobernabilidad universitaria; plazo ampliado por
noventa (90) días mediante Resolución Nº 1362-2011-
ANR, de fecha 24 de noviembre de 2011;
Que, mediante of‌i cio de visto, el Presidente de la
Comisión de Orden y Gestión solicita la ampliación de
funciones de la comisión que preside a f‌i n de lograr los
objetivos que originaron el proceso de intervención de la
mencionada universidad;
Que, teniendo en consideración el plazo otorgado y el
estado de cumplimiento de los objetivos encomendados,
resulta necesario prorrogar por ciento veinte (120) días el
plazo de permanencia de la Comisión de Orden y Gestión
de la Universidad José Carlos Mariátegui;
Que, mediante memorando de vistos, el Secretario
Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone
la elaboración de una resolución por la que se amplíe por
ciento veinte (120) días el plazo otorgado a la Comisión de
Orden y Gestión de la Universidad José Carlos Mariátegui;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria,
Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas a la
Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud
del Reglamento General de la Comisión de Coordinación
Interuniversitaria;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ampliar por ciento veinte días (120) el
plazo otorgado a la Comisión de Orden y Gestión de
la Universidad José Carlos Mariátegui desde el 23 de
febrero de 2012, con cargo de dar cuenta a la Comisión
de Coordinación Interuniversitaria.
Artículo 2º.- Publicar la presente resolución en
el Diario Of‌i cial El Peruano y en la página web de la
institución.
Regístrese y comuníquese.
ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y
Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores
RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO
Secretario General de la
Asamblea Nacional de Rectores
757450-1
Declaran que la Universidad
Tecnológica del Perú ha cumplido con
lo establecido en la Ley Universitaria y
en la Res. Nº 394-2004-ANR, respecto
a la creación y funcionamiento de
programas de maestrías y doctorales
que serán impartidos por su Escuela
de Posgrado
COMISIÓN DE COORDINACIÓN
INTERUNIVERSITARIA
RESOLUCIÓN Nº 0172-2012-ANR
Lima, 23 de febrero de 2012
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
VISTOS:
El of‌i cio N° 001-2012-SG-UTP, de fecha 02 de enero
de 2012, el informe Nº 058-2012-DGDAC, de fecha 07 de
febrero de 2012, el memorando Nº 0619-2012-SE; y,

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