Modifican artículo de la Res. N° 202-2006-CG que aprobó el logo institucional de la Contraloría General

Fecha de disposición24 Noviembre 2006
Fecha de publicación24 Noviembre 2006
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 24 de noviembre de 2006
333420
RESUELVE :
Artículo Primero.- DISPONER que a partir del 27 del
presente mes, el Centro de Distribución General proceda a
distribuir los nuevos EXHORTOS en materia contenciosa
– administrativa provenientes de los Juzgados Civiles y
Mixtos de todos los Distritos Judiciales del país, en forma
aleatoria y equitativa, entre los 66 Juzgados Civiles de
Lima.
Artículo Segundo.- ENCARGAR al Área de
Desarrollo de la Presidencia, coordine con la Gerencia
de Informática del Poder Judicial, la adecuación en forma
oportuna de los sistemas informáticos implementados en
las dependencias pertinentes.
Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto todo disposición
administrativa que se oponga a la presente resolución.
Artículo Cuarto.- Poner la presente resolución en
conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,
Of‌i cina de Control de la Magistratura, Decanato de la Fiscalía
Superior del Distrito Judicial de Lima, Gerencia General,
Of‌i cina Distrital de Control de la Magistratura, Administración
Distrital, Centro de Distribución General, Área de Desarrollo
de la Presidencia y los Juzgados comprendidos en la
presente resolución, para los f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
GUILLERMO CABANILLAS ZALDIVAR
Presidente
LILIANA DÁVILA BRONCANO
OSCAR MENDOZA FERNÁNDEZ
6069-3
Precisan órganos jurisdiccionales que
asumirán competencia de expedientes
de procesos reservados cuyas salas o
juzgados penales de origen han sido
desactivados en el Distrito Judicial de
Lima
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 427 -2006-CED-CSJLI/PJ
Lima, 15 de noviembre del 2006
VISTO:
El Of‌i cio Nº 06-06-57JPL, remitido por la Dra. Yolanda
Gallegos Canales, Juez del Quincuagésimo Séptimo Juzgado
Especializado Penal de Lima y el informe oral emitido al
respecto por el Área de Desarrollo de la Presidencia; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Administrativa N° 131-2006-CE-
PJ de fecha 4 de octubre del año en curso, el Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial suprimió la denominación “para
procesos en ejecución de sentencias”, que tenían el 1°, 7°,
10°, 19° y 22° Juzgados Especializados en lo Penal del
Distrito Judicial de Lima. Asimismo, convirtió el 1°, 2°, 3°,
4° y 5° Juzgados Especializados en lo Penal para procesos
en reserva, en el 53°, 54°, 55°, 56° y 57° Juzgados
Especializados en lo Penal de la referida Corte Superior;
Que, en ejecución de tal acuerdo, mediante Resolución
Administrativa N° 393-2006-CED-CSJLI/PJ, se dispuso
que el 53°, 54°, 55°, 56° y 57° Juzgados Especializados
en lo Penal, procedan a la devolución de los expedientes
de los procesos reservados a sus correspondientes
Juzgados y Salas de origen;
Que conforme se hace saber mediante el of‌i cio
e informe de vista, existen expedientes de procesos
reservados cuyas Salas o Juzgados de origen han sido
desactivados a la fecha de la Resolución Administrativa
N° 393-2006-CED-CSJLI/PJ; por lo que se hace necesario
precisar los órganos jurisdiccionales que asumirán
competencia sobre dichos expedientes;
Por los fundamentos expuestos, el Consejo Ejecutivo
Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, en uso de
sus atribuciones, en sesión ordinaria y por unanimidad;
RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER que los expedientes
que correspondan ser devueltos a una Sala Penal
ya desactivada, sean remitidos a la Sala Penal para
Procesos con Reos Libres o en Cárcel de turno, según el
rol f‌i jado para el presente año judicial por las Resoluciones
Administrativas Nºs. 01, 02-2006-CED-CSJLI/PJ y 281-
2006-CED-CSJLI/PJ, de acuerdo al mes en que se dictó
el auto apertorio de instrucción y a la situación jurídica del
procesado determinada en dicha resolución.
Artículo Segundo.- DISPONER que los expedientes
que correspondan ser devueltos a un Juzgado ya
desactivado, sean remitidos a la Mesa de Partes Única
de los Juzgados para Procesos con Reos Libres o en
Cárcel, como corresponda, para ser distribuidos en forma
aleatoria y equitativa.
Artículo Tercero.- Poner la presente resolución en
conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,
Of‌i cina de Control de la Magistratura, Decanato de la Fiscalía
Superior del Distrito Judicial de Lima, Gerencia General,
Of‌i cina Distrital de Control, Of‌i cina de Administración Distrital,
Área de Desarrollo de la Presidencia, Mesa de Partes Única
de Juzgados Penales para Procesos con Reos Libres y
Cárcel, Salas Penales y de los Juzgados comprendidos en
la presente resolución, para los f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
J. GUILLERMO CABANILLAS ZALDÍVAR
Presidente
R. LILIANA DÁVILA BRONCANO
OSCAR MENDOZA FERNÁNDEZ
6069-4
ORGANISMOS AUTONOMOS
CONTRALORIA GENERAL
Modifican artículo de la Res. N° 202-
2006-CG que aprobó el logo institucional
de la Contraloría General
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
N° 350-2006-CG
Lima, 21 de noviembre de 2006
Vista, la Hoja de Recomendación N° 13-2006-CG/SGE
de la Secretaría General, mediante la cual se propone
la modif‌i cación de la Resolución de Contraloría Nº 202-
2006-CG con la que se aprueba el nuevo logo institucional
de la Contraloría General de la República;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución de Contraloría N° 202-2006-CG,
publicada el 14 de julio de 2006, se aprobó el nuevo logo
institucional de la Contraloría General de la República,
conforme al diseño y detalle que en Anexo forma parte
integrante de la referida Resolución;
Que, el Artículo Segundo de la citada Resolución
detalló de manera ilustrativa y no limitativa, los documentos
en los que las diferentes Unidades Orgánicas, Órganos
Desconcentrados o Grupos de la Contraloría General de
la República debían consignar el nuevo logo institucional,
y en su Artículo Cuarto dispuso que se debía consignar
el logo institucional aprobado, en toda publicación
institucional que se elabore, produzca, imprima, etc., a
partir del quinto día hábil de publicada dicha Resolución;
Que, la Secretaría General mediante documento del
visto sugiere se precise la Resolución de Contraloría
Nº 202-2006-CG, respecto al empleo del logo institucional
en documentación u otros bienes mencionados en el
Artículo Segundo, a efecto de que cuando éste alcance
un tamaño igual o inferior a 14,4 mm. de diámetro, sólo se
consigne el diseño y no la tipografía interna;
Que, en ese sentido, resulta necesario incluir la citada
disposición en la Resolución de Contraloría Nº 202-2006-

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