ORDENANZA Nº 002-2008-GR-LL/CR - Establecen requisito para el ejercicio profesional en la Administración Pública de la región

Fecha de disposición06 Abril 2008
Fecha de publicación06 Abril 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 6 de abril de 2008
370192
De conformidad con la Constitución Política del Perú de
1993, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas
por el Artículo 37° y Artículo 38° de la Ley Orgánica de
Gobierno Regionales N° 27867 y su modif‌i catoria Ley N°
27902 y Ley N° 28968 y, estando a lo acordado;
Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional:
Artículo Primero.- DECLARAR, de interés prioritario,
en la Región La Libertad, la producción y comercialización
de la papa.
Artículo Segundo.- INCREMENTAR, a través de
políticas regionales, la inversión pública regional y promover
la inversión privada y de la Cooperación Internacional para
mejorar los sistemas de producción y comercialización de
la papa; así como el nivel de organización empresarial de
los productores para facilitar la exportación de las distintas
variedades de papa que se producen en la Región La
Libertad.
Artículo Tercero.- CONFORMAR, mediante Resolución
Ejecutiva Regional una Comisión Multisectorial Regional
integrada por representantes del Gobierno Regional
(Dirección Regional de Agricultura y DRE La Libertad),
Universidades, ONGs, Productores y Comercializadores
de papa; para difundir en la Región La Libertad, el Año
Internacional de la Papa – AIP 2008.
POR TANTO:
Mando se publique, registre y cumpla.
Dado en la ciudad de Trujillo, en la Sede del Gobierno
Regional La Libertad, a los veintiocho días de diciembre
del año dos mil siete.
JOSE H. MURGIA ZANNIER
Presidente Regional
184108-3
Crean la Comisión Regional de
Evaluación de los Estudios de Impacto
Ambiental
ORDENANZA REGIONAL
Nº 001-2008-GR-LL/CR
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
LA LIBERTAD
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad,
de conformidad con lo previsto en el Artículo 197º de la
Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título
IV sobre Descentralización, Ley Nº 27680; Ley de Bases
de la Descentralización, Ley Nº 27783; de la Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, su modif‌i catoria,
Ley Nº 27902 y demás normas complementarias;
El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad,
ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional.
VISTO:
En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha
12 de febrero del año 2008, la propuesta para crear la
Comisión Regional de los Estudios de Impacto Ambiental
conforme a Ley.
CONSIDERANDO:
Artículo 58º prescribe que “La iniciativa privada es libre.
Se ejerce en una economía social de mercado. Bajo este
régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa
principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud,
educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura”.
Que, en concordancia con el considerando anterior,
“El Estado determina la política nacional del ambiente y
promueve el uso sostenible de sus recursos naturales”,
así como “está obligado a promover la conservación de la
diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas”,
tal como están consignadas en los Artículos 67º y 68º
respectivamente, de la Constitución Política del Perú de
1993.
Que, el Artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 28611 -
Ley General del Ambiente, establece que “toda persona tiene
el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable,
equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y
el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de
proteger el ambiente, así como sus componentes, asegurando
particularmente la salud de las personas en forma individual
y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el
aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el
desarrollo sostenible del país”.
Que, para el inicio de toda actividad humana que implique
construcciones, obras, servicios y otras actividades, así como
las políticas, planes y programas públicos susceptibles de
causar impactos ambientales de carácter signif‌i cativo, se
sujetarán a lo establecido en la Ley Nº 27446, Ley del Sistema
Nacional de Evaluación Ambiental, en concordancia con los
artículos pertinentes de la Ley Nº 28245 y su Reglamento,
aprobado por D.S. Nº 008-2005-PCM, así como con la Ley
Que, para el proceso de evaluación de los Estudios
de Impacto Ambiental presentado por los administrados
para la emisión de la certif‌i cación ambiental lo realizará
un equipo especializado y calif‌i cado de la unidad orgánica
correspondiente.
De conformidad con la Constitución Política del Perú de
1993, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas
por el Artículo 37º y Artículo 38º de la Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modif‌i catoria Ley Nº
27902 y Ley Nº 28968 y, estando a lo acordado;
Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional:
Artículo Primero.- CREAR, la Comisión Regional de
Evaluación de los Estudios de Impacto Ambiental conforme
a Ley.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Ejecutivo del
Gobierno Regional La Libertad la conformación de la
Comisión y reglamentación de sus funciones a través de
Decreto Regional.
Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará
en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional La Libertad para su promulgación.
En Trujillo, a los doce días del mes de febrero del año
dos mil ocho.
CARLOS ANTONIO ALVAREZ CHÁVEZ
Consejero Delegado
Consejo Regional La Libertad
AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
LA LIBERTAD
POR TANTO:
Mando se publique, registre y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional La Libertad a
los doce días del mes de febrero del año dos mil ocho.
JOSE H. MURGIA ZANNIER
Presidente Regional
184108-6
Establecen requisito para el ejercicio
profesional en la Administración
Pública de la región
ORDENANZA REGIONAL
Nº 002-2008-GR-LL/CR
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
LA LIBERTAD
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad,
de conformidad con lo previsto en el Artículo 197º de la

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