Aceptan renuncia y designan representante del Poder Ejecutivo antela Comisión creada mediante la Ley N°26756

Fecha de disposición19 Junio 1998
Fecha de publicación19 Junio 1998
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Director: Enrique Sánchez Hernani
Lima, viernes 19 de junio de 1998 AÑO XVI - Nº 6568 Pág. 160833
P C M
Aceptan renuncia y designan represen-
tante del Poder Ejecutivo ante la Comi-
sión creada mediante la Ley Nº 26756
RESOLUCION SUPREMA
Nº 342-98-PCM
Lima, 18 de junio de 1998
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Suprema Nº 028-98-PCM de fecha 23 de enero
de 1998, se designó entre otros, al doctor Nelson Ramírez Jiménez,
como representante del Poder Ejecutivo ante la Comisión, creada por
Ley Nº 26756, encargada de proponer al Congreso de la República un
Proyecto de Ley de Bienes del Estado, en la que se determine los
bienes que pueden ser materia de embargo y los procedimientos a
seguir en caso de embargo;
Que el doctor Nelson Ramírez Jiménez ha formulado renuncia a
su condición de miembro de la citada Comisión por lo que es necesario
designar al profesional que lo reemplace;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560,
Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del
Sector Justicia;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar la renuncia del doctor Nelson Ramírez
Jiménez como representante del Poder Ejecutivo ante la Comisión
constituida por Ley Nº 26756, dándosele las gracias por los servicios
prestados.
Artículo 2º.- Designar como Representante del Poder Ejecutivo,
ante la Comisión a la que se refiere la parte considerativa de la
presente resolución, al doctor Pedro Sagástegui Urteaga, Presidente
del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones.
Artículo 3º.- Transcribir esta resolución, a la mencionada Comi-
sión y a los interesados.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada
por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Justicia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
JAVIER VALLE-RIESTRA
Presidente del Consejo de Ministros
ALFREDO QUISPE CORREA
Ministro de Justicia
6752
Declaran infundada apelación contra resolu-
ción del Consejo Nacional de Calificación
de Víctimas de Accidentes, Actos de Terro-
rismo o Narcotráfico
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 076-98-PCM
Lima, 16 de junio de 1998
Visto, el Recurso de Apelación interpuesto por don César Murillo
Villacorta, contra la Resolución Nº 001, expedida por el Consejo
Nacional de Calificación de Víctimas de Accidentes, Actos de Terroris-
mo o Narcotráfico, con fecha 8 de mayo de 1998; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 1º del Decreto
Supremo Nº 051-88-PCM, los funcionarios y servidores del sector
público, nombrados y contratados, alcaldes y regidores, víctimas de
accidentes, actos de terrorismo o narcotráfico ocurridos en acción o en
comisión de servicios, tendrán derecho a una indemnización excepcio-
nal, que en caso de fallecimiento se otorgaría a sus deudos;
Que, el recurrente, no ha demostrado fehacientemente su condi-
ción de Asesor de la Presidencia de la ex ONAA, asimismo en los autos
administrativos, no obra documento alguno que acredite tal condición;
Que, en tal sentido la Resolución Nº 001 de fecha 8 de mayo de
1998, que declaró infundada la solicitud presentada por el recurrente,
ha sido expedida conforme a ley;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 041-
94-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar infundado el recurso de Apelación inter-
puesto por don César Murillo Villacorta, contra la Resolución del
Consejo Nacional de Calificación Nº 001 de fecha 8 de mayo de 1998,
por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente
resolución.
Artículo 2º.- Notifíquese la presente resolución al interesado
para los fines de ley.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER VALLE-RIESTRA GONZALEZ-OLAECHEA
Presidente del Consejo de Ministros
6640
P R E S
Modifican resolución mediante la cual se
adjudicó en uso terreno ubicado en la
provincia de Lima, a favor de asociación
RESOLUCION SUPREMA
Nº 178-98-PRES
Lima, 17 de junio de 1998
Visto el Expediente Nº 492085 por el cual SOS Aldeas Infantiles
del Perú - Asociación Nacional solicita la modificación de la Resolu-
ción Suprema Nº 227-79-VC-5600, de fecha 4 de octubre de 1979, en el
sentido que la afectación en uso del predio de 3 623,00 m2, ubicado en
la Manzana R, urbanización "Carabayllo", distrito de Comas, provin-
cia y departamento de Lima se destinará al funcionamiento de un
Centro Social;
CONSIDERANDO:
Que, el Estado es propietario del área de terreno de 3 623,00 m2,
ubicado en el lote 23 de la Manzana R', urbanización "Carabayllo",
distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, inscrito en la
Ficha Nº 66041 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima y
registrado en el Asiento 1221 del Margesí de Bienes Nacionales;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 227-79-VC-5600, de fecha
4 de octubre de 1979, se afectó a la Asociación Peruana para las Aldeas
Infantiles SOS el uso del terreno de 3 623,00 m2, ubicado en la
Manzana R de la urbanización "Carabayllo", distrito de Comas,
provincia y departamento de Lima, para que lo destine a la construc-
ción de una Casa-Hogar para jóvenes en estado de abandono;
Que, mediante escrito de fecha 26 de octubre de 1994, modificado
por Carta Nº 099-97/ONC, de fecha 20 de noviembre de 1997, el
Coordinador Nacional de SOS Aldeas Infantiles del Perú - Asociación
Nacional, sustenta la modificación de la finalidad de la afectación
otorgada para la construcción de una Casa-Hogar para jóvenes en
estado de abandono por la de Centro Social, acreditando la recurrente
la respectiva modificación de su denominación social de acuerdo a la
escritura pública de constitución de fecha 21 de junio de 1993;
Que, mediante Informe Nº 264-97/SBN-DAT, de fecha 5 de no-
viembre de 1997, la Dirección de Apoyo Técnico de la Superintenden-
cia de Bienes Nacionales da cuenta de la inspección ocular realizada
en el terreno submateria, indicando en la parte pertinente que éste se
encuentra ubicado con frente a la Calle 16 y constituye el lote 23 de
la Manzana R', urbanización "Carabayllo", distrito de Comas, provin-
cia y departamento de Lima, en el que se viene efectuando la
remodelación de la edificación levantada en material noble, así como
el acondicionamiento de los ambientes del referido inmueble;
Que, el Estado otorga afectaciones en uso de propiedad inmobilia-
ria fiscal a favor de instituciones particulares que desempeñen una
labor que signifique una colaboración con la función social del Estado;
Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacio-
nales y con la opinión favorable de la Superintendencia Nacional de
los Registros Públicos; y,
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556,
Supremo Nº 005-93-PRES y Decreto Supremo Nº 025-78-VC;
Pág. 160834
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 19 de junio de 1998
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modificar el Artículo 1º de la Resolución Suprema Nº
227-79-VC-5600, de fecha 4 de octubre de 1979, en los siguientes
términos:
"Artículo 1º.- Afectar en uso el terreno de 3 623,00 m2, ubicado en
el lote 23 de la Manzana R', urbanización "Carabayllo", distrito de
Comas, provincia y departamento de Lima, a favor de SOS Aldeas
Infantiles del Perú - Asociación Nacional para que lo destine a Centro
Social el que brindará asistencia a la Comunidad".
Artículo 2º.- La afectación en uso que se otorga está sujeta a lo
dispuesto por el Artículo 72º del Decreto Supremo Nº 025-78-VC,
Reglamento de Administración de Propiedad Fiscal.
Artículo 3º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Super-
intendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la
presente Resolución Suprema, inscribirá la afectación en uso a favor
de SOS Aldeas Infantiles del Perú - Asociación Nacional en el Registro
de la Propiedad Inmueble de Lima.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada
por el Ministro de la Presidencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI
Ministro de la Presidencia
6762
Aprueban donación efectuada en favor
de la Municipalidad Provincial de Satipo,
departamento de Junín
RESOLUCION SUPREMA
Nº 179-98-PRES
Lima, 18 de junio de 1998
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Provincial de Satipo, departamento de
Junín, mediante Acuerdo de Concejo Nº 030-97-A/MPS, ratificado en
Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 95 de fecha 16 de marzo de 1998,
aceptó la donación de 4 maquinarias efectuada por el Vicario Parro-
quial de la Iglesia Catedral de San Mateo de Washington, Estados
Unidos de América;
Que, el inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 821
establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas,
la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito
a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 821,
el Decreto Supremo Nº 099-96-EF; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la donación efectuada por el Vicario Parro-
quial de la Iglesia Catedral de San Mateo de Washington, Estados
Unidos de América, en favor de la Municipalidad Provincial de Satipo,
departamento de Junín, consistente en (4) maquinarias con un peso
aproximado de 39 731 k. y un valor estimado de US$ 230 750,00
(Doscientos Treinta Mil Setecientos Cincuenta y 00/100 Dólares de
Estados Unidos de América) según Carta de Donación de fecha 30 de
octubre de 1997 y Conocimientos de Embarque Nºs. NYNO158BAL-
CAO004 y NYNO158BALCAO005 de NYK AND NOSAC JOINT
RORO SERVICE, de acuerdo al siguiente detalle:
ARTICULO MARCA/MODELO Nº DE SERIE VALOR US$
CAMION A.M. GENERAL NKO2NF72053915878 46 750,00
FLATBED TRAILER
COMPACTADOR INTERNATIONAL PACKER 1HTLDTVR3HHA24323 35 000,00
HIDRAULICO
ORUGA CATERPILLAR DOZER 6R502 94 000,00
MODEL D5LGP
MOTONIVELADORA FIAT ALLIAS MODEL 67SO5748 55 000,00
M100 GRADER
VALOR ESTIMADO US$ 230 750,00
Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo
anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Decreto
Legislativo Nº 821.
Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la
Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de
la República, dentro de los plazos establecidos.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por
el Ministro de la Presidencia y por el Ministro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI
Ministro de la Presidencia
JORGE BACA CAMPODONICO
Ministro de Economía y Finanzas
6763
ECONOMIA Y
FINANZAS
Autorizan viaje de funcionarios de la SBS
a Colombia y los EE.UU. en comisión de
servicios RESOLUCION SUPREMA
Nº 089-98-EF
Lima, 17 de junio de 1998
CONSIDERANDO:
Que, mediante carta de fecha 4 de mayo de 1998 la Superintenden-
cia Bancaria de Colombia ha cursado invitación a la Superintendencia
de Banca y Seguros a la celebración de los 75 años de dicha institución,
así como a participar en la Segunda Reunión de Superintendentes
Bancarios de la Comunidad Andina y presentación de la Nueva Ley de
Bancos de Panamá, eventos que se llevaron a cabo del 14 al 15 de mayo
de 1998 en la ciudad de Santafé de Bogotá, D.C., Colombia;
Que, con Oficio Nº 3508-98 de fecha 12 de mayo de 1998, la
Superintendencia de Banca y Seguros comunica que dada la impor-
tancia de ambos eventos ha considerado conveniente la participa-
ción en representación de la institución del señor Martín Naranjo
Landerer, Superintendente de Banca y Seguros, solicitando se
autorice en vía de regularización su viaje a la citada ciudad del 13
al 16 de mayo de 1998;
Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado
funcionario cuyos gastos serán cubiertos por la Superintendencia de
Banca y Seguros con cargo a los recursos de su Presupuesto corres-
pondiente al ejercicio 1998;
De conformidad con lo establecido en la Directiva Nº 009-96-
OIOE, "Norma de Viajes", aprobada mediante Resolución Ministerial
Nº 165-96-EF/15, precisada por Resolución Ministerial Nº 171-96-EF/
15 y prorrogada por el Artículo 3º de las Resoluciones Ministeriales
Nºs. 019-97-EF/15 y 065-98-EF/15; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar en vía de regularización el viaje del señor
Martín Naranjo Landerer, Superintendente de Banca y Seguros, a la
ciudad de Santafé de Bogotá, D.C., Colombia del 13 al 16 de mayo de
1998, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente
resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente
dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del
Presupuesto de la Superintendencia de Banca y Seguros:
US$
Pasajes 589.38
Viáticos 800.00
Tarifa de CORPAC 25.00
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase
o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
JORGE BACA CAMPODONICO
Ministro de Economía y Finanzas
6753
RESOLUCION SUPREMA
Nº 090-98-EF
Lima, 17 de junio de 1998
CONSIDERANDO:
Que, mediante facsímil de fecha 28 de abril de 1998. The Econo-
mist Conferences remite a la Superintendencia de Banca y Seguros el
Programa de la Conferencia "Latin America Banking Summit", la
misma que se llevará a cabo en la ciudad de Coral Gables, Florida,
Estados Unidos de América, del 21 al 22 de mayo de 1998;
Que, con Oficio Nº 3408-98 de fecha 7 de mayo de 1998, la
Superintendencia de Banca y Seguros informa que mediante Resolu-
ción SBS Nº 442-98, ha designado a la señora Socorro Heysen Zegarra,
Superintendenta Adjunta de Banca para que participe en la citada
Conferencia, solicitando se autorice su viaje a la indicada ciudad del
20 al 23 de mayo de 1998;
Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje cuyos
gastos serán cubiertos por la Superintendencia de Banca y Seguros
con cargo a los recursos de su Presupuesto correspondiente al ejercicio
1998;
De conformidad con lo establecido en la Directiva Nº 009-96-
OIOE, "Norma de Viajes", aprobada mediante Resolución Ministerial
Nº 165-96-EF/15, precisada por Resolución Ministerial Nº 171-96-EF/
15 y prorrogada por el Artículo 3º de las Resoluciones Ministeriales
Nºs. 019-97-EF/15 y 065-98-EF/15; y,
Estando a lo acordado;
Pág. 160835
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 19 de junio de 1998
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Socorro Heysen
Zegarra, Superintendenta Adjunta de Banca de la Superintendencia
de Banca y Seguros, a la ciudad de Coral Gables, Florida, Estados
Unidos de América, del 20 al 23 de mayo de 1998, para los fines
expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente
dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del
Presupuesto de la Superintendencia de Banca y Seguros:
US$
Pasajes 533.52
Viáticos 880.00
Tarifa de CORPAC 25.00
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase
o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
JORGE BACA CAMPODONICO
Ministro de Economía y Finanzas
6754
JUSTICIA
Conceden Indultos y Derecho de Gracia
en favor de diversos condenados por
delitos de terrorismo o traición a la patria
RESOLUCION SUPREMA
Nº 153-98-JUS
Lima, 18 de junio de 1998
VISTOS: La solicitud presentada por Martha Rojas Zevallos y el
Informe Nº 051-98/CAH formulado por la Comisión Ad Hoc creada por
Ley Nº 26655, en el que se recomienda la concesión del indulto;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 26655 se creó una Comisión Ad Hoc
encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la Repú-
blica en forma excepcional, la concesión del indulto y derecho de
gracia, para quienes se encuentren condenados por delitos de terroris-
mo o traición a la patria, en base a elementos probatorios insuficien-
tes que permitan a la Comisión presumir, razonablemente, que no
habrían tenido ningún tipo de vinculación con elementos, actividades
u organizaciones terroristas; y,
Que, por encontrarse la solicitud de Martha Rojas Zevallos dentro
de los alcances del Artículo 1º de la Ley Nº 26655, los miembros de la
mencionada Comisión Ad Hoc han recomendado por unanimidad el
otorgamiento del indulto en favor de Martha Rojas Zevallos;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118º inciso
21) de la Constitución Política del Perú, es atribución del señor
Presidente de la República conceder indultos;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Conceder INDULTO a MARTHA ROJAS ZEVA-
LLOS quien se encuentra en el Establecimiento Penal de Huamanca-
ca - Chico, Huancayo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALFREDO QUISPE CORREA
Ministro de Justicia
6765
RESOLUCION SUPREMA
Nº 154-98-JUS
Lima, 18 de junio de 1998
VISTOS: La solicitud presentada por Alfredo Reymundo Chávez
y el Informe Nº 050-98/CAH formulado por la Comisión Ad Hoc creada
por Ley Nº 26655, en el que se recomienda la concesión del indulto;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 26655 se creó una Comisión Ad Hoc
encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la Repú-
blica en forma excepcional, la concesión del indulto y derecho de
gracia, para quienes se encuentren condenados por delitos de terroris-
mo o traición a la patria, en base a elementos probatorios insuficien-
tes que permitan a la Comisión presumir, razonablemente, que no
habrían tenido ningún tipo de vinculación con elementos, actividades
u organizaciones terroristas; y,
Que, por encontrarse la solicitud de Alfredo Reymundo Chávez
dentro de los alcances del Artículo 1º de la Ley Nº 26655, los miembros
de la mencionada Comisión Ad Hoc han recomendado por unanimidad
el otorgamiento del indulto en favor de Alfredo Reymundo Chávez;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118º inciso
21) de la Constitución Política del Perú, es atribución del señor
Presidente de la República conceder indultos;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Conceder INDULTO a ALFREDO REYMUN-
DO CHAVEZ quien se encuentra en el Establecimiento Penal Miguel
Castro Castro.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALFREDO QUISPE CORREA
Ministro de Justicia
6766
RESOLUCION SUPREMA
Nº 155-98-JUS
Lima, 18 de junio de 1998
VISTOS: La solicitud presentada por Richard Alberto Palomino
Quiróz y el Informe Nº 049-98/CAH formulado por la Comisión Ad Hoc
creada por Ley Nº 26655, en el que se recomienda la concesión del
indulto;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 26655 se creó una Comisión Ad Hoc
encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la Repú-
blica en forma excepcional, la concesión del indulto y derecho de
gracia, para quienes se encuentren condenados por delitos de terroris-
mo o traición a la patria, en base a elementos probatorios insuficien-
tes que permitan a la Comisión presumir, razonablemente, que no
habrían tenido ningún tipo de vinculación con elementos, actividades
u organizaciones terroristas; y,
Que, por encontrarse la solicitud de Richard Alberto Palomino
Quiróz dentro de los alcances del Artículo 1º de la Ley Nº 26655, los
miembros de la mencionada Comisión Ad Hoc han recomendado por
unanimidad el otorgamiento del indulto en favor de Richard Alberto
Palomino Quiróz;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118º inciso
21) de la Constitución Política del Perú, es atribución del señor
Presidente de la República conceder indultos;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Conceder INDULTO a RICHARD ALBERTO
PALOMINO QUIROZ quien se encuentra en el Establecimiento Penal
Miguel Castro Castro.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALFREDO QUISPE CORREA
Ministro de Justicia
6767
RESOLUCION SUPREMA
Nº 156-98-JUS
Lima, 18 de junio de 1998
VISTOS: La solicitud presentada por Soler Florencio Palomino
Gonzales y el Informe Nº 048-98/CAH formulado por la Comisión Ad
Hoc creada por Ley Nº 26655, en el que se recomienda la concesión del
indulto;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 26655 se creó una Comisión Ad Hoc
encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la Repú-
blica en forma excepcional, la concesión del indulto y derecho de
gracia, para quienes se encuentren condenados por delitos de terroris-
mo o traición a la patria, en base a elementos probatorios insuficien-
tes que permitan a la Comisión presumir, razonablemente, que no
habrían tenido ningún tipo de vinculación con elementos, actividades
u organizaciones terroristas; y,
Que, por encontrarse la solicitud de Soler Florencio Palomino
Gonzales dentro de los alcances del Artículo 1º de la Ley Nº 26655, los
miembros de la mencionada Comisión Ad Hoc han recomendado por
unanimidad el otorgamiento del indulto en favor de Soler Florencio
Palomino Gonzales;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118º inciso
21) de la Constitución Política del Perú, es atribución del señor
Presidente de la República conceder indultos;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Conceder INDULTO a SOLER FLORENCIO
PALOMINO GONZALES quien se encuentra en el Establecimiento
Penal Miguel Castro Castro.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALFREDO QUISPE CORREA
Ministro de Justicia
6768

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