RESOLUCION N° 1296 - Autorizan viaje de representante del Laboratorio Nacional de Hidráulica y de bachiller de la Universidad Nacional de Ingeniería para participar en evento a realizarse en Costa Rica

Fecha de disposición06 Septiembre 2012
Fecha de publicación06 Septiembre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 6 de setiembre de 2012 474059
Declaran que la Universidad Privada
Antenor Orrego ha cumplido lo
dispuesto en la Ley Universitaria
respecto a la creación y funcionamiento
de programas de posgrado
COMISIÓN DE COORDINACIÓN
INTERUNIVERSITARIA
RESOLUCIÓN Nº 0979-2012-ANR
Lima, 17 de agosto de 2012
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
VISTOS:
Los of‌i cios Nº 0049-2012-R-UPAO, de fecha 20 de abril
de 2012; Nº 0061-2012-R-UPAO, de fecha 14 de mayo de
2012; informe Nº 177-2012-DGDAC, de fecha 14 de junio
de 2012; Nº 646-2012-SE, de fecha 02 de julio de 2012; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de las atribuciones previstas en los incisos
e) y f) del artículo 92º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, la
creación de carreras profesionales, programas académicos
de postgrado y de segunda especialidad requieren de
la coordinación previa e indispensable con la Asamblea
Nacional de Rectores; y asimismo, es atribución específ‌i ca
e indelegable de la Asamblea Nacional de Rectores,
concordar en lo referente a los requisitos mínimos exigibles
para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y a la
unif‌i cación de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho
privativo de cada universidad a establecer la currícula y
requisitos adicionales propios;
Que, mediante Resolución Nº 120-96-ANR, de fecha
24 de octubre de 1996, la Asamblea Nacional de Rectores
autorizó el funcionamiento de la Escuela de Posgrado de la
Universidad Privada Antenor Orrego;
Que, dentro del precitado marco legal, mediante of‌i cios
de vistos, el Rector de la Universidad Privada Antenor
Orrego remite a la Asamblea Nacional de Rectores la
documentación correspondiente a determinados programas
de posgrado, adjuntado para tal efecto los respectivos
planes curriculares, así como las Resoluciones Rectorales
de creación;
Que, mediante informe de vistos, la Dirección General
de Desarrollo Académico y Capacitación de la Asamblea
Nacional de Rectores, señala que la documentación
remitida ha cumplido con los requisitos establecidos en
el artículo 24º y el inciso f) del artículo 92º de la Ley Nº
23733, Ley Universitaria, por lo que propone la emisión de
la resolución correspondiente;
Que, mediante memorando de vistos, el Secretario
Ejecutivo de la institución dispone la elaboración de una
resolución por la que se declare, en vía de regularización,
que la Universidad Privada Antenor Orrego ha cumplido
con lo dispuesto en el artículo 24º y el inciso f) del artículo
92º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, respecto a la
creación y funcionamiento de programas de posgrado, de
acuerdo a lo indicado en el informe Nº 177-2012-DGDAC;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 23733, Ley
Universitaria, y en uso de sus atribuciones conferidas a la
Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud
del Reglamento General de la Comisión de Coordinación
Interuniversitaria;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar que la Universidad Privada
Antenor Orrego, con sede en la ciudad de Trujillo, ha
cumplido con lo dispuesto en el artículo 24º y el inciso f) del
artículo 92º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, respecto
a la creación y funcionamiento de programas de posgrado,
quedando en consecuencia aprobados los siguientes:
MAESTRIAS:
• Maestría en Derecho Constitucional.
• Maestría en Derecho con mención en:
- Derecho Tributario.
- Defensa y Desarrollo Nacional.
• Maestría en Gerencia de la Construcción Moderna.
• Maestría en Ingeniería de Software.
• Maestría en Gerencia en Tecnología de Información y
Comunicaciones.
• Maestría en Seguridad y Prevención de Riesgos de
Trabajo.
• Maestría en Tecnologías de Información para la
Dirección Estratégica.
• Maestría en Transportes y Conservación Vial.
• Maestría en Gestión Ambiental.
• Maestría en Ciencias Agrarias con mención en:
- Manejo Sostenible de Agrosistemas Áridos.
- Protección de Cultivos.
• Maestría en Administración con mención en:
- Recursos Humanos.
• Maestría en Estomatología con mención en:
- Rehabilitación Oral.
- Ortodoncia.
- Periodoncia e Implantología.
- Endodoncia.
• Maestría en Enfermería con mención en:
- Enfermería Clínica.
• Maestría en Educación con mención en:
- Didáctica de la Educación Superior.
- Tutoría y Orientación Educacional.
- Metodología de la Investigación.
- Psicopedagogía.
- Educación Ambiental y Desarrollo Sostenible.
- Gestión y Autoevaluación de la Calidad Educativa.
DOCTORADOS:
• Doctorado en Derecho.
• Doctorado en Derecho Público.
• Doctorado en Derecho Privado.
• Doctorado en Derecho Penal.
• Doctorado en Derecho Constitucional.
• Doctorado en Ciencias de la Salud.
• Doctorado en Educación.
Artículo 2º.- Transcribir la presente resolución a la
Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación,
la Dirección de Carnés Universitarios y la Unidad de Registro
Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de
Rectores, para los f‌i nes que dispone la Ley.
Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el
diario of‌i cial El Peruano y en la página web de la Asamblea
Nacional de Rectores.
Regístrese y comuníquese.
ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y
Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores
RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO
Secretario General de la
Asamblea Nacional de Rectores
836228-1
INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de representante del
Laboratorio Nacional de Hidráulica y
de bachiller de la Universidad Nacional
de Ingeniería para participar en evento
a realizarse en Costa Rica
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA
RESOLUCIÓN RECTORAL
Nº 1296
Lima, 29 de agosto de 2012

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