2420 217-2001-PRES - Autorizan a procurador iniciar proceso judicial contra empresa para que cumpla con efectuar reparaciones en obra ejecutada mediante contrato suscrito con el Proyecto Especial Majes Siguas-AUTODEMA

Fecha de disposición29 Junio 2001
Fecha de publicación29 Junio 2001
Pág. 205470
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 29 de junio de 2001
Autorizan a procurador interponer ac-
ciones destinadas a la recuperación
de crédito concedido por el Proyecto
Especial Binacional Puyango Tumbes
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 216-2001-PRES
Lima, 18 de junio del 2001
Visto el Oficio Nº 0853-2001-INADE-1101-OGAJ, del
Jefe del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE; y,
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 13 de febrero de 1997, el Proyecto
Especial Binacional Puyango Tumbes suscribió el Con-
trato de Crédito Agrario Arroz 1997-I con Florentino
Coveñas Valverde y su cónyuge Ignacia de Loyola
Palomino de Coveñas, ascendente a la suma de US$ 8
890,00, otorgando como garantía prenda agraria, ade-
más de primera y preferente hipoteca hasta por la suma
de US$ 20 000,00 sobre el predio de su propiedad de diez
hectáreas con setecientos metros cuadrados (10,7 Ha)
Unidad Catastral Nº 11317 y 11318, denominado Bebe-
dero II, ubicado en el distrito, provincia y departamento
de Tumbes, gravamen que está debidamente inscrito en
el asiento 4 d) de la Ficha 001606 y 001606-B;
Que, el 15 de enero de 2001 el Proyecto Especial
Binacional Puyango Tumbes tomó conocimiento del pro-
ceso judicial sobre obligación de dar seguido por el Banco
de Crédito del Perú contra Agrícola Coveñas S.R.L. (obli-
gado principal) y la sociedad conyugal Coveñas de Loyola
(fiadores solidarios), el cual se encontraba en etapa de
ejecución, llevándose a cabo el remate de la misma garan-
tía real que la Sociedad conyugal Coveñas - de Loyola
había otorgado a favor del referido proyecto;
Que, de conformidad a lo establecido por el Artículo
1112º del Código Civil, la hipoteca inscrita a favor del
Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes mantie-
ne preferencia de pago sobre la hipoteca otorgada a
favor del Banco de Crédito del Perú, en virtud de ello el
Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes inter-
puso la correspondiente demanda de Tercería Preferen-
te de Pago ante la posibilidad de que se imposibilitara
la recuperación del crédito concedido;
Con la visación de la Oficina de Auditoría Interna;
De conformidad con lo establecido en el Artículo 47º
de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo
de los Asuntos Judiciales del Sector para que en nombre y
representación del Estado interponga las acciones legales
que correspondan por las razones y hechos indicados en la
parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso, al
Procurador Público para los fines a que se contrae la
presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA
Ministro de la Presidencia
26086
Autorizan a procurador iniciar proce-
so judicial contra empresa para que
cumpla con efectuar reparaciones en
obra ejecutada mediante contrato sus-
crito con el Proyecto Especial Majes
Siguas - AUTODEMA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 217-2001-PRES
Lima, 18 de junio del 2001
Visto el Oficio Nº 1152-2001-INADE-1101-OGAJ del
Jefe del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE; y,
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 28 de agosto de 1998, el Proyecto
Especial Majes Siguas - AUTODEMA, suscribió con la
firma Díaz Contratistas S.R.L. - DICON S.R.L., el
Contrato de Ejecución de Obra Nº 135-98-8501, para la
Habilitación de Accesos de los Canales 10, 14, 15 y 20 a
precios unitarios;
Que, por medio de la Resolución Directoral Ejecuti-
va Nº 398-98-AUTODEMA-INADE-8501/21 de fecha 30
de diciembre de 1998, se aprobó la liquidación final del
referido Contrato de Ejecución de Obra;
Que, la Oficina de Auditoría Interna del Proyecto
Especial Majes Siguas - AUTODEMA, dentro del
Plan Anual de Actividades para el año de 1999,
realizó un Examen Especial a las Obras de Rehabili-
tación y Reconstrucción Fenómeno del Niño 1998,
estableciendo que la construcción de Badenes de
Concreto Ciclópeo del acceso 20 han colapsado por
defectos constructivos;
Que, el Proyecto Especial Majes Siguas - AUTO-
DEMA, amparado en la Cláusula Décimo Cuarta del
Contrato de Ejecución de Obra Nº 135-98-8501 requiere
en múltiples ocasiones a través de comunicaciones
notariales el cumplimiento de las reparaciones perti-
nentes, comprometiéndose la firma contratista, me-
diante Carta Nº 034-2000-DICON-OT, de fecha 5 de
marzo de 2000, a realizarlas cuando las condiciones
climáticas lo permitan, esto es en el mes de abril de
2000;
Que, posteriormente mediante la Carta Nº 096-
2000-DICON-OT, de fecha 12 de setiembre de 2000, la
firma contratista señala que cumplirá con el compro-
miso asumido respecto de la reparación de obra, una vez
que su empresa se recupere económicamente;
Que actualmente la firma Contratista no ha cumpli-
do con efectuar las reparaciones en la obra, conforme es
de apreciarse del Informe Nº 003-2001-AUTODEMA-
INADE-8561/EGP;
Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría
Jurídica;
De conformidad con lo establecido por el Artículo 47º
de la Constitución Política del Perú y el Decreto Ley Nº
17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a
cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la
Presidencia, para que en nombre y representación del
Estado inicie las acciones judiciales a que hubiere lugar
por las razones y los hechos expuestos en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al
Procurador Público del Sector, para los fines a que se
contrae la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA
Ministro de la Presidencia
26087
Autorizan a procurador iniciar proce-
so judicial contra empresa para que
pague monto por saldo deudor y multa
por atraso en la entrega de obra
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 218-2001-PRES
Lima, 21 de junio del 2001
Visto el Oficio Nº 323-2001-GG-PRES-INFES de
fecha 30 de marzo de 2001, expedido por el Gerente
General del Instituto Nacional de Infraestructura Edu-
cativa y de Salud - INFES; y,

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