DECRETO SUPREMO N° 011-2008-VIVIENDA - Declaran en reorganización a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN

Fecha de disposición27 Marzo 2008
Fecha de publicación27 Marzo 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 27 de marzo de 2008 369495
selección por servicios personalísimos y, de conformidad con
el artículo 19 inciso f) de la LCAE, corresponde a la Presidencia
del Directorio de la APN aprobar la referida exoneración;
Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 477-107-
19/03/2008/D de fecha 19 de marzo de 2008, el Directorio
de la APN aprobó la contratación de servicios profesionales
especializados por la vía de la exoneración de proceso de
selección del Dr. Dino Carlos Caro Coria, a efectos que
el mismo asuma la defensa prejudicial del Presidente de
Directorio y de los que resulten involucrados en la denuncia
penal antes referida;
Que, el artículo 8º del Reglamento de Organización y
Funciones de la APN, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 034-2004-MTC, señala que el Presidente del Directorio
ejerce la representación of‌i cial de la APN y en mérito a
dicha atribución es necesario aprobar la exoneración del
proceso de selección correspondiente a la contratación
de servicios personalísimos a f‌i n que puedan asumir la
defensa prejudicial del Presidente del Directorio de la APN
y de los que resulten involucrados en la denuncia penal
formulada en su contra;
Que, en vista de los considerandos antes expuestos;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de
selección correspondiente a la contratación de los servicios
personalísimos del Doctor Dino Carlos Caro Coria para que
asuma la defensa prejudicial del Presidente de Directorio y
de los que resulten involucrados.
Artículo 2º.- Autorizar a la Of‌i cina General de
Administración para que formalice la contratación del
servicio exonerado, según lo previsto en el artículo 148º
del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la misma que
se sujetará a lo siguiente:
a. Tipo de contrato: Servicio
b. Descripción del servicio a contratar: El contratista
brindará servicios en la especialidad de derecho penal,
para que asuma la defensa legal a nivel prejudicial del
Presidente del Directorio de la APN y de los que resulten
involucrados.
c. Valor referencial: El costo del servicio será de un
honorario inicial de S/.12,900.00, incluidos todos los tributos
de ley y gastos correspondientes y de S/. 6,400.00 como
honorario de éxito si la Fiscalía archiva el caso, incluidos
todos los tributos de ley y gastos correspondientes.
La estructura de pagos será la siguiente:
• El pago del honorario inicial de S/. 12,900.00 se
efectuará previa presentación del Primer Informe de
Conformidad de la Unidad de Asesoría Jurídica de la
Autoridad Portuaria Nacional.
• El pago devengado como honorario de éxito de S/.
6,400.00 se efectuará previa presentación del segundo y
último Informe de Conformidad de la Unidad de Asesoría
Jurídica de la Autoridad Portuaria Nacional.
d. Fuente de f‌i nanciamiento: Recursos directamente
recaudados.
e. Plazo de contratación: El asesoramiento se efectuará
durante el tiempo que dure la etapa de investigación
preliminar y prejudicial en la referida denuncia.
f. Dependencia encargada de realizar la contratación:
La presente contratación, objeto de exoneración, deberá
ser realizada por la Of‌i cina General de Administración de
la Autoridad Portuaria Nacional.
Artículo 3º.- Disponer que la Of‌i cina General de
Administración remita copia de la presente resolución y de
los informes Técnico y Legal que la sustentan al Consejo
Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y a
la Contraloría General de la República, dentro de los diez
(10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación,
debiendo publicar asimismo esta Resolución en el Diario
Of‌i cial El Peruano y en el SEACE del Consejo Superior de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Regístrese y publíquese.
FRANK BOYLE ALVARADO
Presidente del Directorio
Autoridad Portuaria Nacional
179606-1
VIVIENDA
Declaran en reorganización a la
Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales - SBN
DECRETO SUPREMO
Nº 011-2008-VIVIENDA
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema
Nacional de Bienes Estatales, se establecen las normas
que regulan el ámbito, organización, atribuciones y
funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales,
en el marco del proceso de modernización de la gestión
del Estado y en apoyo y fortalecimiento al proceso de
descentralización;
Que, el Artículo 13º de la citada Ley Nº 29151, def‌i ne el
rol de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales
- SBN, nombre que la Sexta Disposición Complementaria
de la misma otorga a la Superintendencia de Bienes
Nacionales, como ente rector responsable de normar
los actos de adquisición, disposición, administración y
supervisión de los bienes estatales, y señala entre otros
que constituye un Organismo Público Descentralizado,
adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento en aplicación del Decreto Supremo Nº
004-2007-VIVIENDA;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-
VIVIENDA publicado el día 15 de marzo del 2008, se ha
aprobado el Reglamento de la Ley General del Sistema
Nacional de Bienes Estatales, entrando en vigencia la
citada ley, en dicha fecha conforme con lo establecido en
su Única Disposición Final;
Que, es necesario declarar en reorganización a la
Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, a
efectos que adecúe y actualice sus instrumentos de gestión,
implemente políticas de desarrollo institucional y armonice
sus funciones dentro del proceso de modernización de
la gestión del Estado en el cual se enmarca la Ley Nº
29151;
Que, la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo en su Artículo 28º, entre otros prevé que la
reorganización de los Organismos Públicos se acuerda
por Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo
de Ministros;
De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del
Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del
Estado, y el numeral 3), del Artículo 11º de la Ley Nº 29158,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1º.- Reorganización de la Superintendencia
Nacional de Bienes Estatales - SBN
Declárese en reorganización a la Superintendencia
Nacional de Bienes Estatales - SBN, por un plazo de ciento
veinte (120) días calendario contados desde la vigencia
del presente Decreto Supremo.
Artículo 2º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo, será refrendado por el
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis
días del mes de marzo del año dos mil ocho.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
180458-6

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