1007 012-2003-MINCETUR - Aprueban la reorganización institucional de PROMPERU y su Reglamento de Organización y Funciones

Fecha de disposición17 Junio 2003
Fecha de publicación17 Junio 2003
Pág. 246132
NORMAS LEGALES
Lima, martes 17 de junio de 2003
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 239-2003-EM/DM
Lima, 5 de junio de 2003
VISTO: El Expediente Nº 31140802 organizado por Luz
del Sur S.A.A., sobre solicitud de imposición de la servi-
dumbre de ocupación de bienes de propiedad particular,
indispensable para la instalación de la subestación de dis-
tribución para Servicio Público de Electricidad Nº 7723;
CONSIDERANDO:
Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución
de energía eléctrica, en mérito a la Resolución Suprema
Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha soli-
citado la imposición de la servidumbre de ocupación de
bienes de propiedad particular, para la instalación de la
subestación de distribución para Servicio Público de Elec-
tricidad Nº 7723, ubicada en Mz A, Lt 12-A, Asociación de
Vivienda Las Casuarinas de Chosica, Carretera Central km
37, esquina con pasaje Las Brujas, distrito de Lurigancho-
Chosica, provincia y departamento de Lima;
Que, la concesionaria ha acreditado que, en el predio
señalado en el considerando que antecede, se ha consti-
tuido servidumbre convencional de ocupación de bienes
de propiedad particular sobre un área de 24,60 metros cua-
drados para una subestación de distribución, celebrada con
la Asociación de Vivienda Las Casuarinas de Chosica, pro-
pietaria del predio involucrado, conforme consta en el tes-
timonio de la Escritura Pública extendida el 14 de agosto
de 2002 ante el Notario de Lima, Dr. Ricardo Ortiz de Ze-
vallos Villarán, cuya copia obra en el Expediente;
Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Con-
cesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº
009-93-EM, establece que los concesionarios que acredi-
ten la existencia de servidumbre convencional para el de-
sarrollo de las actividades eléctricas como es el presente
caso, pueden solicitar al Ministerio el reconocimiento de la
misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencio-
nal las normas de seguridad establecidas en la Ley, el
Reglamento y en las normas técnicas pertinentes;
Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues-
to por el inciso c) del artículo 110º y siguientes de la Ley
de Concesiones Eléctricas; y, el artículo 220º y siguientes
de su Reglamento;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de
haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los
requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha
emitido el Informe Nº 105-2003-EM/DGE;
Estando a lo dispuesto en el artículo 217º del Regla-
Con la opinión favorable del Director General de Electri-
cidad y del Viceministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- RECONOCER a favor de la concesión
definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur
S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación del
bien de propiedad de la Asociación de Vivienda Las Ca-
suarinas de Chosica, para la instalación de la subesta-
ción de distribución para Servicio Público de Electrici-
dad Nº 7723, ubicada en Mz A, Lt 12-A, Asociación de
Vivienda Las Casuarinas de Chosica, Carretera Central
km 37, esquina con pasaje Las Brujas, distrito de Luri-
gancho-Chosica, provincia y departamento de Lima,
constituida mediante Escritura Pública extendida el 14
de agosto de 2002, en los términos y condiciones esti-
pulados en la misma.
Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reco-
nocida en el artículo que antecede, las normas de seguri-
dad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su
Reglamento y en las normas técnicas pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN
Ministro de Energía y Minas
10815
Autorizan viaje del Viceministro de Ener-
gía a Colombia para participar en la I
Reunión de los Ministros de Energía de
la Comunidad Andina
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 262-2003-EM/DM
Lima, 16 de junio de 2003
CONSIDERANDO:
Que, el 19 de junio de 2003, en la ciudad de Bogotá,
Colombia, se llevará a cabo la I Reunión de los Ministros
de Energía de la Comunidad Andina, donde se tratarán los
temas relacionados con la interconexión eléctrica y gasí-
fera; la construcción de mercados integrados de energía
en la Subregión; la estrategia andina de inserción interna-
cional en torno al comercio de hidrocarburos; la seguridad
energética; los servicios de energía y clusters energéti-
cos; el desarrollo andino de alto valor agregado y negocia-
ciones internacionales, entre otros;
Que, el Ing. Carlos Garaycochea Mejía, Viceministro
de Energía del Ministerio de Energía y Minas, ha sido de-
signado para que asista a la referida Reunión en calidad de
representante del Ministro de Energía y Minas, a fin que
pueda alcanzar las propuestas, iniciativas y posiciones que
el Estado Peruano plantea;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje
del Ing. Carlos Garaycochea Mejía, Viceministro de Ener-
gía del Ministerio de Energía y Minas, a la ciudad de Bogo-
tá, Colombia, del 18 al 19 de junio de 2003;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y
el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. Carlos Garayco-
chea Mejía, Viceministro de Energía del Ministerio de Ener-
gía y Minas, a la ciudad de Bogotá, Colombia, del 18 al 19
de junio de 2003, para el fin a que se refiere la parte consi-
derativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la
presente Resolución que ascienden a US$ 1 011,58 (Mil Once
y 58/100 Dólares Americanos), serán cubiertos por el Minis-
terio de Energía y Minas, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes (US$ 583,58) US$ 583,58
Viáticos (US$ 200,00 x 2 días) US$ 400,00
Tarifa CORPAC (US$ 28,00) US$ 28,00
-------------------
TOTAL US$1 011,58
Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará
derecho a exoneración o liberación de impuestos aduane-
ros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN
Ministro de Energía y Minas
11380
MINCETUR
Aprueban la reorganización institucio-
nal de PROMPERU y su Reglamento de
Organización y Funciones
DECRETO SUPREMO
Nº 012-2003-MINCETUR
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Primera Disposición Complementaria, Transito-
ria y Final de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Fun-

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