RESOLUCION Nº 165-2011/SUNAT - Aprueban reordenamiento de los cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP

Fecha de disposición24 Junio 2011
Fecha de publicación24 Junio 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 24 de junio de 2011
445242
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE ADMINISTRACION
TRIBUTARIA
Designan Ejecutor Coactivo de la
Intendencia Regional Ica
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 164-2011/SUNAT
Lima, 22 de junio de 2011
CONSIDERANDO:
Que el artículo 114° del Texto Único Ordenado del
Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 135-99-EF y modif‌i catorias, establece los requisitos
que deberán cumplir los funcionarios de la Administración
Tributaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo;
Que a f‌i n de garantizar el normal funcionamiento de la
cobranza coactiva en la Intendencia Regional Ica, resulta
necesario efectuar la designación de un nuevo Ejecutor
Coactivo que se encargará de la gestión de cobranza
coactiva de dicho órgano de línea;
Que la trabajadora propuesta ha presentado declaración
jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados;
Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único
Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto
en el numeral 7.1 del Artículo 7° de la Ley N° 269791, no es
de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria
cuyo personal ingrese mediante concurso público;
En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del
Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la
SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar como Ejecutor Coactivo
encargada de la gestión de cobranza coactiva de la
Intendencia Regional Ica, a la trabajadora Julia Verónica
Ramos Ramírez.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RICARDO TOMA OYAMA
Superintendente Nacional (e)
1 Aprobado mediante el Decreto Supremo N° 018-2008-JUS.
656647-1
Aprueban reordenamiento de los
cargos contenidos en el Cuadro para
Asignación de Personal - CAP
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 165-2011/SUNAT
Lima, 23 de junio de 2011
VISTO:
El Informe Nº 0015-2011-2C3100 emitido por la División
de Organización y Procesos de la Gerencia de Planeamiento,
Control de Gestión y Convenios de la Intendencia Nacional
de Estudios Tributarios y Planeamiento; así como el
Memorándum Electrónico Nº 236-2011-2F4000 emitido por
la Gerencia de Desarrollo de Personal de la Intendencia
Nacional de Recursos Humanos;
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM se
aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF
de la SUNAT, el cual establece su estructura orgánica, así
como sus funciones generales y específ‌i cas, y de cada uno
de sus órganos y unidades orgánicas;
Que a través de la Resolución de Superintendencia
Nº 190-2002/SUNAT y modif‌i catorias, se crea dentro
de la estructura organizacional de la SUNAT, unidades
jerárquicamente dependientes de las unidades
organizacionales a que se ref‌i ere el ROF de esta
Entidad;
Que con la Resolución Suprema Nº 071-2004-EF
se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal de la
SUNAT, el cual ha sido modif‌i cado y actualizado por las
Resoluciones Supremas Nºs. 100-2007-EF, 105-2008-EF,
139-2010-EF y Resolución de Superintendencia Nº 055-
2011/SUNAT;
Que con las Resoluciones Supremas Nºs. 161-2007-
JUS, 162-2007-JUS y 003-2011-JUS, se designaron en
la SUNAT, al Procurador Público Ad Hoc, Procurador
Público Ad Hoc Adjunto y Procuradores Públicos Adjuntos,
respectivamente;
Que de acuerdo con lo señalado en el artículo 13° de los
Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro
para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de
la Administración Pública, aprobado por Decreto Supremo
Nº 043-2004-PCM, el reordenamiento de cargos contenido
en el CAP que se genere por la eliminación o creación de
cargos, que no incida en un incremento del Presupuesto
Analítico de Personal - PAP de la Entidad, no requerirá
de un nuevo proceso de aprobación del CAP, pudiendo
aprobarse dicho reordenamiento de cargos por resolución
del Titular de la Entidad;
Que el artículo 9° de los citados Lineamientos, señala
que los cargos contenidos en el CAP son clasif‌i cados y
aprobados por la propia Entidad;
Que en el Informe Nº 0015-2011-2C3100 la División de
Organización y Procesos de la Gerencia de Planeamiento,
Control de Gestión y Convenios de la Intendencia Nacional
de Estudios Tributarios y Planeamiento, señala que al
haberse designado Procuradores Públicos en la SUNAT,
éstos no están contemplados como cargos en el CAP, por lo
que resulta necesario su incorporación en dicho documento
de gestión;
Que el presente reordenamiento no incide en un
incremento del Presupuesto Analítico de Personal - PAP
de la SUNAT, según lo indican la División de Organización
y Procesos de la Gerencia de Planeamiento, Control
de Gestión y Convenios de la Intendencia Nacional
de Estudios Tributarios y Planeamiento; la Gerencia
Financiera de la Intendencia Nacional de Administración y
la Gerencia de Desarrollo de Personal de la Intendencia
Nacional de Recursos Humanos, conforme se aprecia en
los seguimientos del Memorándum Electrónico Nº 236-
2011-2F4000; por lo que de acuerdo con la propuesta
presentada por la citada División de Organización y
Procesos, corresponde su aprobación por el Titular de la
Entidad;
De conformidad con el artículo 13° de los Lineamientos
para la Elaboración y Aprobación del CAP de las Entidades
de la Administración Pública, aprobado por el Decreto
Supremo Nº 043-2004-PCM, y en uso de las atribuciones
conferidas por los incisos d) y u) del artículo 19° del ROF
de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-
PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar el reordenamiento de los cargos
contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal -
CAP de la Superintendencia Nacional de Administración
Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución Suprema Nº
071-2004-EF, modif‌i cado y actualizado por las Resoluciones
Supremas Nºs. 100-2007-EF, 105-2008-EF, 139-2010-EF y
Resolución de Superintendencia Nº 055-2011/SUNAT, por
la incorporación de los cargos de Procurador Público y
Procurador Público Adjunto, conforme al anexo que forma
parte de la presente Resolución.
Artículo 2°.- La presente Resolución de
Superintendencia entrará en vigencia a partir del día
siguiente de su publicación.
Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en el
Diario Of‌i cial El Peruano y su Anexo en el Portal del Estado
Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional
(www.sunat.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RICARDO TOMA OYAMA
Superintendente Nacional (e)
657221-1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR