Aceptan renuncia y designan Secretaria Ejecutiva de la Secretaría General del Ministerio

Fecha de disposición03 Diciembre 1999
Fecha de publicación03 Diciembre 1999
Pág. 180894
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 3 de diciembre de 1999
componentes del Programa de Reforma del Sector Finan-
ciero II, en las condiciones establecidas en la Carta Conve-
nio a ser suscrita.
Artículo 2º.- Autorizar al Ministro de Economía y
Finanzas o a quien éste designe a suscribir la Carta
Convenio, así como los demás documentos necesarios
para formalizar la Cooperación Técnica No Reembolsable
que se acepta por el artículo precedente.
Artículo 3º.- El Organismo Ejecutor de la Cooperación
Técnica No Reembolsable a que se refiere la presente Resolu-
ción Suprema será la Unidad de Coordinación de Préstamos
Sectoriales del Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores y por
el Ministro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA
Ministro de Relaciones Exteriores
EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER
Ministro de Economía y Finanzas
15078
Aceptan renuncia y designan Secreta-
ria Ejecutiva de la Secretaría General
del Ministerio
RESOLUCION SUPREMA
Nº 533-99-EF
Lima, 2 de diciembre de 1999
CONSIDERANDO:
Que, la Sra. CARMEN LAPENTA HELFER viene
desempeñando el cargo de Secretario Ejecutivo de la
Secretaría General del Ministerio de Economía y Finan-
zas, en virtud a la ratificación efectuada por Resolución
Suprema Nº 086-98-EF;
Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al
mencionado cargo;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis-
lativo Nº 560 -Ley del Poder Ejecutivo-, y en Decreto Ley
Nº 25515; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Aceptar, la renuncia formulada por
la Sra. CARMEN LAPENTA HELFER al cargo de Secre-
tario Ejecutivo de la Secretaría General del Ministerio de
Economía y Finanzas, dándosele las gracias por los servi-
cios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER
Ministro de Economía y Finanzas
15079
RESOLUCION SUPREMA
Nº 534-99-EF
Lima, 2 de diciembre de 1999
CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario
Ejecutivo de la Secretaría General del Ministerio de
Economía y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis-
lativo Nº 560 -Ley del Poder Ejecutivo-, y en el Decreto
Ley Nº 25515; y,
Estando a lo acordado;
ción de la República del Perú, el Contrato de Préstamo de
la operación de Endeudamiento Externo que se aprueba
en esta norma legal,así como al Director General de
Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas a
suscribir los demás documentos que se requieran para su
implementación.
Artículo 5º.- El servicio de amortización, intereses y
demás gastos, que ocasione la operación de Endeudamiento
Externo que se aprueba por este Decreto Supremo, serán
atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas, con
cargo a los recursos que en función de las prioridades intersec-
toriales y metas del Sector le correspondan en cada Ejercicio
Presupuestal para el Servicio de la Deuda Pública.
Artículo 6º.- Autorízase al Banco de la Nación a
debitar de la Cuenta Unica del Tesoro Público, los montos
correspondientes a los pagos por concepto del servicio de
deuda que dicho banco efectúe, en el caso que se incumpla
lo dispuesto por el artículo precedente.
Artículo 7º.- El presente Decreto Supremo será re-
frendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por
los Ministros de Economía y Finanzas y de la Presidencia.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días
del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE
Presidente del Consejo de Ministros
EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER
Ministro de Economía y Finanzas
EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA
Ministro de la Presidencia
15072
Aceptan cooperación técnica no reem-
bolsable otorgada por el BID, para finan-
ciar contratación de servicios de
consultoría relativos al Programa de
Reforma del Sector Financiero II
RESOLUCION SUPREMA
Nº 532-99-EF
Lima, 2 de diciembre de 1999
CONSIDERANDO:
Que, el Banco Interamericano de Desarrollo -BID- ha
otorgado en su calidad de Administrador del Fondo Especial
del Japón -FEJ-, una Cooperación Técnica No Reembolsable
al Gobierno de la República del Perú, hasta por la suma de
US$ 534 100,00 (QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL
CIEN Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), para financiar
la contratación de servicios de consultoría necesarios para la
realización de un programa de Cooperación Técnica destina-
da a apoyar la preparación de estudios para el diseño y
ejecución de diversos componentes del Programa de Refor-
ma del Sector Financiero II;
Que, resulta necesario formalizar la aceptación de la
referida Cooperación Técnica No Reembolsable, por cuanto
constituye una valiosa contribución, así como autorizar la
suscripción de la Carta Convenio correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis-
lativo Nº 560, Decreto Legislativo Nº 719 y el Decreto
Supremo Nº 015-92-PCM; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar la Cooperación Técnica No Re-
embolsable otorgada por el Banco Interamericano de
Desarrollo -BID-, con recursos del Fondo Especial del
Japón -FEJ-, al Gobierno de la República del Perú, hasta
por la suma de US$ 534 100,00 (QUINIENTOS TREINTA
Y CUATRO MIL CIEN Y 00/100 DOLARES AMERI-
CANOS), para financiar la contratación de servicios de
consultoría necesarios para la realización de un programa
de Cooperación Técnica destinada a apoyar la prepara-
ción de estudios para el diseño y ejecución de diversos

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