Aceptan renuncia y designan miembros del Consejo Consultivo del INDECOPI

Fecha de publicación08 Noviembre 2006
Fecha de disposición08 Noviembre 2006
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 8 de noviembre de 2006
332420
del Libro Universitario LIBUN como proveedor del referido
material, por las condiciones económicas que ofrece, de
conformidad con los Informes técnico legales referidos en
la parte considerativa.
2º.- REMITIR copia de la presente resolución
con los informes que sustenten la exoneración a la
Contraloría General de la República y al Consejo
Superior de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado (CONSUCODE), dentro de los 10 días hábiles
siguientes a la fecha de aprobación, de conformidad
con lo establecido en el artículo 20º del Texto Único
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, asimismo, DISPONER que dentro del
mismo plazo indicado se efectúe la publicación oficial
en el Diario El Peruano, en el Sistema Electrónico de
Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE) y
en la página WEB de la UNT.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
CARLOS SABANA GAMARRA
Rector
4855-1
Amplían alcances de la Res. Nº 1124-
2006/UNT sobre adquisición de material
bibliográfico para la Universidad
Nacional de Trujillo
UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO
RESOLUCIÓN RECTORAL
Nº 1169-2006/UNT
Trujillo, 20 de octubre de 2006
Visto el Expediente Nº 3347-31C, presentado por la
Of‌i cina General de Servicios Económicos y Financieros,
sobre Exoneración de proceso de selección;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Rectoral Nº 1124-2006/UNT,
se exoneró del proceso de selección para la adquisición
de material bibliográf‌i co e invitó a la Fundación del
Libro Universitario LIBUN como proveedor del referido
material, por las condiciones económicas que ofrece,
de conformidad con los Informes técnico legales que se
anexan en el expediente;
Que, con Of‌i cio Nº 1383-2006.UNT/OGSEF-ABAST.
la Of‌i cina Técnica de Abastecimiento solicita incluir en
la Resolución anteriormente, referida el consolidado de
los importes por concepto de adquisición de material
bibliográf‌i co, requerido por las diferentes facultades,
Escuela de Postgrado y Subsedes, conforme se detalla en
la parte resolutiva;
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones
conferidas al señor Rector en virtud del artículo 33º de la
Ley Nº 23733 concordante con el inciso c) del artículo 196º
del Estatuto vigente;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- AMPLIAR los alcances de la
Resolución Rectoral Nº 1124-2006/UNT, de fecha 12 de
octubre 2006, e incluir las siguientes especif‌i caciones:
1. Descripción Básica del bien:
Adquisición de libros para actualizar bibliografía en las
facultades de la Universidad Nacional de Trujillo, Escuela
de Post Grado, Sistema de Bibliotecas y Subsedes.
2. Valor Referencial:
S/. 606, 961.20
3. Fuente de Financiamiento:
Recursos Ordinarios y Recursos Directamente
Recaudados.
4. Cantidad:
Unidades Usuarias Monto
S/.
Facultad de CC. FF y M. M 45,885.30
Facultad de CC. EE 40,005.00
Facultad de Ingeniería 53,537.10
Facultad de Medicina 60,000.00
Facultad de Ciencias Sociales 20,518.00
Facultad de Ingeniería Química 42,014.10
Facultad de Ciencias Biológicas 40,048.50
Facultad de Farmacia 24,998.40
Facultad de Derecho y CCPP 42,962.90
Facultad de Enfermería 42,672.60
Facultad de Ciencias Agropecuarias 39,987.70
Facultad de Educación y CC.CC 42,447.50
Subsede de Tayabamba 11,675.60
Subsede de Jequetepeque 19,028.40
Subsede de Cascas 7,386.30
Subsede de Huamachuco 28,906.00
Sistema de Bibliotecas 15,205.40
Escuela de Post Grado 29,681.80
TOTAL 606,961.20
5. Plazo de Exoneración:
Ejercicio Presupuestal 2006.
6. Órgano encargado de la adquisición exonerada:
Of‌i cina General de Servicios Económicos y Financieros,
a través de la Of‌i cina Técnica de Abastecimiento.
7. Dependencia usuaria:
Bibliotecas de las diversas Facultades, Escuela de
Post Grado y Sistema de Biblioteca.
Regístrese, comuníquese, publiquese y archívese.
CARLOS SABANA GAMARRA
Rector
4855-2
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
INDECOPI
Aceptan renuncia y designan miembros
del Consejo Consultivo del INDECOPI
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA
DEL DIRECTORIO DEL INDECOPI
Nº 118-2006-INDECOPI/DIR
Lima, 6 de noviembre de 2006
CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones del Título III del Decreto
Ley Nº 25868, el Indecopi cuenta en su estructura orgánica con
un órgano de asesoramiento y consulta denominado Consejo
Consultivo, el mismo que está integrado por profesionales de
reconocida capacidad y experiencia de los distintos sectores
de la actividad pública y privada, que guardan relación con el
rol y funciones de la institución;
Que los integrantes del Consejo Consultivo del
INDECOPI, designados por Resoluciones de Presidencia
de Directorio Nºs. 061-2005/INDECOPI-DIR y 005-2006/
INDECOPI-DIR, han presentado su renuncia al cargo;
Que de acuerdo a lo establecido en el inciso c) del
Artículo 3º de la Ley de Organización y Funciones del
Indecopi, corresponde al Directorio efectuar la designación
de los miembros del Consejo Consultivo;

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