DECRETO SUPREMO N° 015-2008-AG - Renuevan reserva de agua prorrogada por D.S. N° 028-2006-AG

Fecha de disposición25 Junio 2008
Fecha de publicación25 Junio 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 25 de junio de 2008 374687
emisión de las Resoluciones Ministeriales o Decretos
supremos, según lo dispuesto en la Directiva Nº 006-
2007-PCM/SD; comprendiéndose, en dicha norma a
todos los procesos de transferencia comprendidos en
el ciclo 2007; cuya dirección y conducción corresponde
a la Secretaría de Descentralización;
Que, sobre la base de lo dispuesto en el Decreto
Supremo Nº 029-2008-PCM, antes mencionado, se
ampliaron hasta el 31 de diciembre de 2008, mediante
Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 031-2008-
PCM/SD, los plazos de todos los procesos de transferencia
que la Secretaría de Descentralización viene ejecutando,
comprendidos en el Plan Anual de Transferencia 2007, con
ef‌i cacia anticipada al término de los mismos;
Que, dando cumplimiento a lo dispuesto en el
numeral 5.1.5 de la Directiva en mención, la Viceministra
de Comunicaciones suscribió con el Presidente del
Gobierno Regional de Apurímac, declarado POR
POTENCIAR, Adenda al Convenio de Cooperación y
Colaboración Interinstitucional , el cual fue remitido a
la Secretaría de Descentralización, mediante el Of‌i cio
Nº 606-2008-MTC/26, con el cual se ha procedido a
elaborar el Informe de Concordancia Nº 037-2008-
PCM/SD-OTME, declarándolo APTO para acceder a la
transferencia de las funciones sectoriales, en materia
de Telecomunicaciones;
Que, al haber emitido el Informe de Concordancia
Nº 037-2008-PCM/SD-OTME, antes mencionado, la
Secretaría de Descentralización, de conformidad con
lo dispuesto en el numeral 5.1.8 de la Directiva Nº 001-
2007-PCM/SD, debe proceder a acreditar al Gobierno
Regional de Apurímac declarado APTO para ejercer las
funciones sectoriales, en materia de Telecomunicaciones,
comprendidas en el Plan Anual de Transferencia 2007,
las mismas que se encuentran pendientes de acreditación
y transferencia; mediante la emisión de la norma
correspondiente;
Que, luego de proceder a la acreditación
correspondiente, la Secretaría de Descentralización
debe notif‌i car al Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, así como al Gobierno Regional de
Apurímac, para que procedan a la Efectivización de la
transferencia de las funciones sectoriales, en la materia
antes señalada, así como de los correspondientes
recursos presupuestales, personal, bienes y acervo
documentario asociados a dichas funciones, de acuerdo
al procedimiento y plazos establecidos en la Directiva Nº
006-2007-PCM/SD - “Normas para la Efectivización del
proceso de transferencia del año 2007, de los Sectores
a los Gobiernos Regionales”, aprobada mediante
Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 025-
2007-PCM/SD y, las medidas dispuestas para identif‌i car
y cuantif‌i car recursos asociados a las funciones materia
de transferencia, aprobadas por Decreto Supremo Nº
093-2007-PCM, en el nuevo plazo señalado por el
Decreto Supremo Nº 029-2008-PCM y la Resolución de
Secretaría de Descentralización Nº 031-2008-PCM/SD,
que vence el 31 de diciembre de 2008;
De conformidad con las disposiciones establecidas en
las Leyes Nº 27783, 27867, 28273 y 29158; los Decretos
Supremos Nº 038-2004-PCM, Nº 052-2005-PCM, Nº 021-
2006-PCM, Nº 076-2006-PCM, Nº 036-2007-PCM, Nº
063-2007-PCM, Nº 093-2007-PCM, Nº 001-2008-PCM y
Nº 029-2008-PCM; y, las Resoluciones de Secretaría de
Descentralización Nº 017-2007-PCM/SD, Nº 023-2007-
PCM/SD, Nº 025-2007-PCM/SD, Nº 037-2007-PCM/SD,
Nº 051-2007-PCM/SD, Nº 01-2008-PCM/SD y Nº 031-
2008-PCM/SD;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Acreditación de funciones en materia
de Telecomunicaciones
Certif‌i car que el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones y el Gobierno Regional de Apurímac,
declarado inicialmente POR POTENCIAR para la
transferencia de funciones sectoriales, en materia de
Telecomunicaciones, según el Informe de Concordancia
Nº 037-2008-PCM/SD-OTME, han suscrito la
correspondiente Adenda al Convenio de Cooperación y
Colaboración Interinstitucional, de acuerdo a lo establecido
en el numeral 5.1.5 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD;
y, en tal razón, se le ACREDITA para la transferencia de
las funciones sectoriales que se detallan en el Anexo, el
cual forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- Complementación de los Convenios
suscritos
El Convenio de Cooperación y Colaboración
Interinstitucional suscrito entre el Ministerio de Transportes
y Comunicaciones y el Gobierno Regional referido
en la presente resolución, podrá ser complementado
mediante Adendas, de común acuerdo de las partes,
con las Acciones de Cooperación, Colaboración y/o
Coordinación que sean pertinentes; a efecto de facilitar
la implementación de los Gobiernos Regionales con
los requisitos específ‌i cos mínimos declarados POR
POTENCIAR, en los respectivos Informes Situacionales,
según el procedimiento simplif‌i cado de transferencia, de la
Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, aprobada por Resolución
de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/
SD.
Artículo 3.- Notif‌i cación de la Acreditación
Notif‌i car la presente Resolución al Ministerio de
Transportes y Comunicaciones; así como al Gobierno
Regional de Apurímac, el cual ha acreditado la transferencia
de funciones en materia de Telecomunicaciones, para
que procedan a la suscripción de las Actas de Entrega
y Recepción, prevista en la etapa de Efectivización
de la Transferencia de las Funciones Sectoriales, de
conformidad a lo dispuesto en la Directiva Nº 006-2007-
PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de
Descentralización Nº 025-2007-PCM/SD.
Artículo 4.- Publicación
La presente Resolución y su Anexo, deberán ser
publicados en el Diario Of‌i cial “El Peruano”; y, el Informe
de Concordancia Nº 037-2008-PCM/SD-OTME, así como
el Convenio correspondiente, referido en la presente
resolución, deberán ser publicados en la página Web de
la PCM: www.pcm.gob.pe/sd.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GROVER PANGO VILDOSO
Secretario de Descentralización
ANEXO
GOBIERNO REGIONAL ACREDITADO PARA LA
TRANSFERENCIA DE FUNCIONES SECTORIALES,
EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES,
COMPRENDIDAS EN EL ARTÍCULO 57º DE LA LEY
ORGANICA DE GOBIERNOS REGIONALES
Proceso de Transferencia 2007
Gobierno Regional Funciones Sectoriales en materia de
Telecomunicaciones
Apurímac a, b, c, d, e,
216837-1
AGRICULTURA
Renuevan reserva de agua prorrogada
por D.S. N° 028-2006-AG
DECRETO SUPREMO
N° 015-2008-AG
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, según el inciso a) del artículo 7° de la Ley
General de Aguas, dada por Decreto Ley N° 17752, el
Poder Ejecutivo podrá reservar aguas para cualquier
f‌i nalidad de interés público;
Que, el artículo 9° de la citada Ley declara de necesidad
y utilidad pública el conservar, preservar e incrementar
los recursos hídricos, regularizar el régimen de las aguas
para obtener una racional, ef‌i ciente, económica y múltiple
utilización de los recursos hídricos; promover, f‌i nanciar y
realizar las investigaciones, estudios y obras necesarias
para tales f‌i nes;
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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