2420 049-99-MTC/15.03 - REnuevan autorizaciones de empresas para operar estaciones de servicio de radiodifusión comercial sonora y por televisión

Fecha de publicación19 Abril 1999
Fecha de disposición19 Abril 1999
Pág. 172316
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 19 de abril de 1999
Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado
precedentemente será con cargo al presupuesto del Mi-
nisterio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y
Construcción, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes US$ 750.48
Viáticos US$ 2,000.00
Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 50.00
Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho
a exoneración o liberación de impuestos o de derechos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
5132
Renuevan autorizaciones de empre-
sas para operar estaciones de servicio
de radiodifusión comercial sonora y
por televisión
RESOLUCION VICEMINISTERIAL
Nº 049-99-MTC/15.03
Lima, 12 de febrero de 1999
VISTAS las solicitudes presentadas por la empresa
RADIO PROGRESO S.A. sobre renovación de autoriza-
ción, cambio de ubicación de estudios y planta transmi-
sora, así como del tipo de emisión de su estación del
Servicio de Radiodifusión Sonora Comercial en FM, en el
distrito de Chimbote, provincia de Santa, departamento
de Ancash;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Suprema Nº 029-85-COMS/DGCS,
del 19.marzo.85, se concedió autorización a la empresa
RADIO PROGRESO S.A. para operar, por el plazo de diez
años, una estación del Servicio de Radiodifusión Sonora
Comercial en Frecuencia Modulada, ubicada en el distrito
de Chimbote, provincia de Santa, departamento de An-
cash;
Que efectuada la inspección técnica a la referida esta-
ción de radiodifusión, los resultados han sido favorables
para que continúe prestando el servicio, habiéndose veri-
ficado además que se encuentra al día en sus pagos, que es
requisito para que opere la renovación de las autorizacio-
nes del servicio de radiodifusión;
Que la Dirección de Administración de Frecuencias y
la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General
de Telecomunicaciones, mediante Informes Nºs. 279-98-
MTC/15.19.03.2 y 582-98-MTC/15.19.01, opinan que es
procedente la renovación de la autorización solicitada,
considerándose el cambio de ubicación de los estudios y
planta transmisora, así como del tipo de emisión de la
citada estación radiodifusora en FM;
De conformidad con lo establecido en el Texto Unico
Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por
D.S. Nº 013-93-TCC, su Reglamento General, aprobado
por D.S. Nº 06-94-TCC, modificado por Decretos Supre-
mos Nºs. 005-98-MTC, 022-98-MTC, 002-99-MTC y D.S.
Nº 024-98-MTC; y,
Con la opinión favorable del Director General de
Telecomunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Renovar la autorización a la empresa
RADIO PROGRESO S.A. para operar una estación Trans-
misora del Servicio de Radiodifusión Sonora Comercial en
Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de
Chimbote, provincia de Santa, departamento de Ancash,
así como el cambio de ubicación de los estudios y planta
transmisora y del Tipo de Emisión, de acuerdo a las
siguientes características técnicas:
Estación :BC-FM
Frecuencia :98.1 MHz
Indicativo :OCZ-3B-FM
Potencia :1 Kw.
Emisión :256F8E
Horario :H24
Ubicación de los Estudios
y Planta Transmisora :Av. Bolognesi Nº 825 - 6º piso, Dpto.
605, Dist. Chimbote, Prov. Santa, Dpto.
Ancash.
Coordenadas:
L.O. 78° 35' 23"
L.S. 09° 04' 48"
Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que se
refiere el artículo precedente, se otorga por el plazo de
diez (10) años, que se computará a partir del vencimiento
de la R.S. Nº 029-85-COMS/DGCS, por tanto vencerá el 19
de marzo del 2005. La Dirección General de Telecomuni-
caciones procederá a extender la correspondiente Licen-
cia de Operación con vigencia durante el plazo antes
señalado.
Artículo 3º.- La presente autorización dejará de sur-
tir efectos en el caso que la titular de la autorización
incumpla con las obligaciones establecidas en el Artículo
150º del Reglamento General de la Ley de Telecomunica-
ciones o incurra en alguna de las causales contempladas
en los incisos 2) al 6) del Artículo 151º del citado regla-
mento.
Artículo 4º.- Los derechos otorgados en la presente
resolución son intransferibles, salvo previa autorización
del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda
y Construcción. En caso contrario, esta resolución queda-
rá anulada automáticamente, en aplicación del Artículo
51º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunica-
ciones.
Artículo 5º.- Para solicitar la renovación de la presen-
te autorización, deberá observarse el plazo previsto en el
Artículo 178º del Reglamento General de la Ley de Tele-
comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENA GARLAND HILBCK
Viceministra de Comunicaciones
5046
RESOLUCION VICEMINISTERIAL
Nº 052-99-MTC/15.03
Lima, 12 de febrero de 1999
VISTA, la solicitud presentada por la EMPRESA RA-
DIODIFUSORA FRONTERA J.W.R.J. S.A., sobre reno-
vación de autorización del Servicio de Radiodifusión So-
nora Comercial de la estación en Frecuencia Modulada
(FM), ubicada en la ciudad de Pucallpa, distrito de Calle-
ría, provincia de Coronel Portillo, departamento de Uca-
yali;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Ministerial Nº 308-93-TCC/15.17
de fecha 2.julio.93 se autorizó a la EMPRESA RADIODI-
FUSORA FRONTERA J.W.R.J. S.A., para operar una
estación del Servicio de Radiodifusión Sonora Comercial
de la estación en Frecuencia Modulada, en el distrito de
Callería, provincia de Coronel Portillo, Región Ucayali,
por el plazo de diez (10) años; cuyo plazo de vigencia venció
el 18 de diciembre de 1996;
Que, la Dirección de Administración de Frecuencias y
la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General
de Telecomunicaciones, mediante Informes Nºs. 265-97-

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