62 005-2004-TR - Renuevan designación de representante de los asegurados del régimen laboral de la actividad pública ante el Consejo Directivo de ESSALUD

Fecha de disposición18 Enero 2004
Fecha de publicación18 Enero 2004
Pág. 260025
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 18 de enero de 2004
TRABAJO Y PROMOCIÓN
DEL EMPLEO
Renuevan designación de representante
de los asegurados del régimen laboral
de la actividad pública ante el Consejo
Directivo de ESSALUD
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 005-2004-TR
Lima, 15 de enero de 2004
VISTOS: El Oficio Nº 192-10-CEN-C-CONTAP-2003,
de fecha 17 de octubre de 2003, remitida por el Consejo
Ejecutivo Nacional de la Confederación de Trabajadores
Asistenciales del Perú - CONTAP y, la comunicación fir-
mada por el Secretario General, el Secretario General
Adjunto y el Secretario de Defensa de la Confederación
General de Trabajadores del Perú - CGTP, de fecha 7 de
enero de 2004, mediante la cual se solicita la ratifica-
ción del señor Mario Roberto Huamán Rivera, como re-
presentante de los asegurados del régimen laboral de la
actividad pública; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 5.2 del Artículo 5º de la Ley Nº 27056,
Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD,
establece que el Consejo Directivo de este organismo está
integrado, entre otros, por tres representantes de los ase-
gurados uno de los cuales representa a los trabajadores
del régimen laboral público;
Que, asimismo, el numeral 5.3. del Artículo 5º de la Ley
mencionada precedentemente, establece que, los manda-
tos del Consejo Directivo son ejercidos por dos años, pu-
diendo ser renovados una sola vez;
Que, por Resolución Ministerial Nº 233-2001-TR, publi-
cada el 9 de enero de 2002, se reconoció al señor Mario
Roberto Huamán Rivera, como representante de los ase-
gurados del régimen laboral de la actividad pública ante el
Consejo Directivo de ESSALUD, cuyo mandato ha conclui-
do;Que, siendo necesario designar al nuevo representan-
te de los asegurados de dicho régimen ante el Consejo
Directivo de ESSALUD, el Despacho Ministerial ha recibi-
do las propuestas alcanzadas por las organizaciones re-
presentativas en los documentos de vistos;
Que, corresponde al Ministerio de Trabajo y Promoción
del Empleo, reconocer a los miembros del Consejo Directi-
vo de ESSALUD que representan a los asegurados de entre
las propuestas alcanzadas por las organizaciones repre-
sentativas;
Con la visación del Director General de la Oficina de
Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con la Ley Nº 27056, Ley de Creación
del Seguro Social de Salud; la Ley Nº 27594, Ley que regu-
la la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento
y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 27711,
Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el
literal d) del Artículo 12º del Reglamento de Organización
y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-
TR;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- RENUÉVASE, la designación del se-
ñor MARIO ROBERTO HUAMAN RIVERA, como repre-
sentante de los asegurados del régimen laboral de la acti-
vidad pública ante el Consejo Directivo del Seguro Social
de Salud - ESSALUD.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN DE DIOS RAMÍREZ CANCHARI
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
00913
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Di-
rección General de Aeronáutica Civil a
Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 017-2004-MTC/02
Lima, 15 de enero de 2004
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de
viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en
concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas
por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que
para el caso de los servidores y funcionarios públicos de
los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de
viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo
Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El
Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las
autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado;
Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2004, dispone restringir al mínimo indispensable los viajes
al exterior del país en comisión de servicios, establecien-
do que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán apro-
bados por Resolución Suprema refrendada por el Presi-
dente del Consejo de Ministros y el Ministro del sector co-
rrespondiente, con excepción de los sectores de Relacio-
nes Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como de
la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aproba-
rán por resolución del Titular del Pliego correspondiente;
Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del
Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-
cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como
dependencia especializada del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones;
Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de
cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales
establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil
y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada
al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional,
debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la
seguridad operacional a través de la ejecución de inspec-
ciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, ba-
sado en las disposiciones establecidas en el citado Con-
venio y en los estándares de la Organización de Aviación
Civil Internacional;
bado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artí-
culo 14º establece que los inspectores debidamente iden-
tificados a que se refiere la Ley son competentes, según
su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a
los titulares de las autorizaciones para realizar actividades
de aeronáutica civil;
Que, la seguridad y eficiencia de las operaciones aé-
reas, se verifica, entre otras formas, a través de inspeccio-
nes técnicas a las estaciones de los explotadores aéreos
ubicadas en el extranjero;
Que, con Carta Nº GM-001.04, del 6 de enero del 2004,
en el marco del Procedimiento Nº 12 de la sección corres-
pondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Ins-
pección Técnica a Bases y Estaciones de Operaciones para
Establecimiento o Actualización de Especificaciones de
Operación), establecido en el Texto Único de Procedimien-
tos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comu-
nicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-
MTC, la empresa Lan Perú S.A. solicita a la Dirección Ge-
neral de Aeronáutica Civil, la inspección técnica de la esta-
ción de Quito durante los días 19, 20 y 21 de enero del
2004;
Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota-
ción Nºs. 060 y 061, la solicitante ha cumplido con el pago
del derecho de tramitación correspondiente al Procedimien-
to a que se refiere el considerando anterior;

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