Renuevan a empresa permiso de operación de servicio aéreo especial complementario cívico
Fecha de disposición | 28 Enero 1998 |
Fecha de publicación | 28 Enero 1998 |
Lima, miércoles 28 de enero de 1998
Artículo
3O.-
La presente Resolución no dará derecho
a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cual-
ZONAS DE
OPERACION:
REGION,
DEPAR-
quiera fuese su clase o denominación.
TAMENTOS,AEROPUERTOSY/OAERODROMOS
AUTORIZADOS
Regístrese, comuníquese y publíquese.
-
Región Nor Oriental del Marañón:
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
-
Jaén/Shumba,
Nuevo El Valor, San Ignacio.
ANTONIO PAUCAR CARBAJAL
Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
-
Región Inca:
1027
-
Amarakeri/Río Colorado, Camisea, Iberia, Iñapari,
Kiteni, Kompiroshiato, Mazuko,
Miaria,
Mipaya,
Monte-
Carmelo, Oviri,
Pacria/Nueva
Luz, Patria,
Picha,
Puerto
Maldonado, Quincemil,
Teresita/San
Francisco.
Renuevan a empresa permiso de ope-
ración de servicio aéreo especial com-
plementario cívico
-
Región San Martín:
-
Juanjuí, Moyobamba, Tarapoto.
-
Región Andrés Avelino Cáceres:
RESOLUCIONMINISTERIAL
N°
025-98-MTC/15.16
Lima, 21 de enero de 1998
Visto el Expediente
N°
973876 mediante el cual la
Compañía ALAS DE ESPERANZA INCORPORADO so-
licita Renovación de Permiso de Operación de Servicio
Aéreo Especial Complementario Cívico; que le fuera otor-
gado mediante Resolución Ministerial
N°
607-92-TCC/
15.12 del 17.8.92.
-Alto Pichinaqui, Anapati, Aoti, Ashaninga,
Cahuapa-
nas,
Ciudad Constitución, Codo del
Pozuzo,
Coriri,
Cuti-
vereni, Chichireni, Esperanza/Amuesha, Iscozasín,
Ma-
zamari/Manuel
Prado, Oxapampa, Potsateni, Poyeni,
Puerto
Ocopa,
Puerto Bermúdez, Puerto Victoria, Puerto
Inca, Quempiri, San Ramón,
Santaro,
Satipo, Shiringa-
masú, Tingo María, Tsomaveni.
-
Región Ucayali:
CONSIDERANDO:
-
Atalaya,
Bufeo
Pozo, Culina,
Chicosa,
Encuentro,
Oventeni, Paititi, Pucallpa Nuevo, Puerto
Breu/Tipishsa,
Puerto Esperanza, San Marcos, Sepahua, Unine, Yarina-
cocha.
Que, según los términos del Memorándum
N°
1082-97-
MTC115.16.02,
Memorándum
N°
0571-97-MTC/15.16.6,
Memorándum
No
484-97-MTC/15.16.05.2, y Constancia
de Inscripción Registra1 emitidos por la Dirección de
Asesoría Legal, Dirección de Seguridad de Vuelo y
Perso-
nal
Aeronáutico, Subdirección de Material Aeronáutico y
el Registrador Público de la Oficina Registra1 de Lima y
Callao; se considera pertinente atender lo solicitado al
haber cumplido la recurrente con los requisitos estableci-
dos en la Ley
N°
24882
-
ley de Aeronáutica Civil, modifi-
cada por el Decreto Legislativo
N°
670, su Reglamento y
demás disposiciones legales vigentes;
Que, las renovaciones de los permisos de operación
para prestar servicios aéreos son otorgados mediante
Resolución Ministerial del Sector Transportes, Comuni-
caciones, Vivienda y Construcción;
De conformidad con la Ley
N°
24882, Decreto Legisla-
tivo
N°
670, Decreto Ley
N°
25862 y Decretos Supremos
N°s.
054-88-TC,
019-90-TC y
009-96-MTC;
y,
Con la opinión favorable del Director General de
Transporte Aéreo;
-
Región
Loreto:
-
Caballococha, Colonia
Angamos,
Contamana, El Es-
trecho, Intuto, Iquitos, Orellana, Pampa Hermosa, San
Lorenzo, Yurimaguas.
BASE DE OPERACION:
-
Aeródromo de Satipo.
Artículo
3°.-
La aeronave autorizada a la Compañía
ALAS DE ESPERANZA INCORPORADO, debe estar
provista de su correspondiente Certificado de Matrícula
vigente, expedido por el Registro Público de Aeronaves de
la Oficina Registra1 de Lima y Callao; de su Certificado de
Aeronavegabilidad vigente, expedido o convalidado por la
Dirección General de Transporte Aéreo; y de la Póliza o
Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados
de su actividad aérea.
SE RESUELVE:
Artículo
4°.-
La Compañía ALAS DE ESPERANZA
INCORPORADO, empleará en su servicio, personal aero-
náutico que cuente con su respectiva licencia y certifica-
ción de aptitud expedidos o convalidados por la Dirección
General de Transporte Aéreo.
Artículo
1°.-
Otorgara la Compañía ALAS DE ESPE-
RANZA INCORPORADO, la Renovación de su Permiso
de Operación de Servicio Aéreo Especial Complementa-
rio Cívico, por el plazo de cinco (5) años contado a partir
del 18 de agosto de 1997.
Artículo
2O.m
La Renovación del Permiso de Ope-
ración otorgado precedentemente se sujetará a las si-
guientes características:
Artículo
5O.-
La Compañía ALAS DE ESPERANZA
INCORPORADO, está obligada a establecer un Sistema
de Radiocomunicación entre los puntos a operar, a fin de
mantener permanente información sobre el tráfico aéreo
que realiza su aeronave.
NATURALEZA DEL SERVICIO
b
-
Servicio Aéreo Especial Complementario Cívico.
AMBITO DEL SERVICIO:
-
Nacional.
Artículo
6O.m
La Compañía ALAS DE ESPERANZA
INCORPORADO, presentará mensualmente a la Direc-
ción General de Transporte Aéreo los datos estadísticos e
informes que correspondan a su actividad.
MATERIALAERONAUTICO:
Artículo
7O.-
El presente Permiso de Operación será
revocado de inmediato cuando el peticionario incumpla
las obligaciones contenidas en la presente resolución o
pierda alguna de las capacidades legal, técnica o financie-
ra,
exigidas por la Ley NO 24882, modificada
por el Decreto
Legislativo
No
670, su Reglamento y demás disposiciones
legales vigentes.
-
Una (1) aeronave Cessna 206, Matrícula
OB-1145.
Artículo
8O.-
El permiso otorgado precedentemente
queda sujeto a la Ley
No
24882, modificada por el Decreto
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