Disponen renovar concesión de ruta de empresa de transportes

Fecha de disposición20 Enero 1999
Fecha de publicación20 Enero 1999
Pág. 169008
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 20 de enero de 1999
PROMUDEH
Designan representante del Organo
Rector del Sistema Nacional para la
Población en Riesgo ante Comisión
Multisectorial
INSTITUTO NACIONAL DE BIENESTAR
FAMILIAR
RESOLUCION PRESIDENCIAL
Nº 022
Lima, 13 de enero de 1999
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Suprema Nº 116-98-PROMUDEH, se
ha constituido la Comisión Multisectorial encargada de evaluar
alternativas para el Saneamiento de Obligaciones Económicas
y Financieras de la Beneficencia Pública de Lima Metropolita-
na; Que, de conformidad con lo señalado en la referida resolu-
ción, la comisión estará conformada entre otros, por un repre-
sentante del Organo Rector del Sistema Nacional para la Pobla-
ción en Riesgo, quien actuará como Secretario;
Que, el Consejo Directivo del INABIF, a través del Acuerdo
Nº 01-99, de la Sesión Nº 01-99, de fecha 11 de enero de 1999, ha
acordado designar al Dr. Carlos Eleazar Guevara Vereau -
Gerente Técnico Normativo del Sistema Nacional para la Pobla-
ción en Riesgo - SPR, como representante del Organo Rector
ante la referida comisión;
En uso de las facultades conferidas al INABIF como Organo
Rector del Sistema Nacional para la Población en Riesgo, creado
por la Ley Nº 26918 y de conformidad a lo dispuesto en el inciso
c) del Artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 830 y la Resolución
Suprema Nº 002-97-PROMUDEH;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar ante la Comisión Multisectorial a
que se hace mención en la parte considerativa de la presente
resolución, al Dr. CARLOS ELEAZAR GUEVARA VEREAU -
Gerente Técnico Normativo del Sistema Nacional para la Pobla-
ción en Riesgo, como representante del Organo Rector del
Sistema Nacional para la Población en Riesgo, quien actuará
como Secretario.
Artículo 2º.- Dentro del plazo de 60 días calendario, conta-
dos a partir del 6 de enero de 1999, dicho funcionario presentará
un informe con las recomendaciones correspondientes, a la
Presidencia del INABIF - Organo Rector del sistema.
Regístrese y comuníquese.
LUIS BRINGAS SILVA
Presidente
Instituto Nacional de Bienestar Familiar
0891
M T C
Disponen renovar concesión de ruta
de empresa de transportes
RESOLUCION DIRECTORAL
Nº 1580-98-MTC/15.18
Lima, 31 de diciembre de 1998
VISTOS, el Expediente de Registro Nº 03041010 organizado
por la EMPRESA DE TRANSPORTES LUIS RODRIGUEZ
BANDA S.A., sobre Renovación de Concesión de la Ruta: Lima-
Caraz y viceversa e Informe Nº 1290-98-MTC/15.18.04.1.RCM
de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e
Internacional.
CONSIDERANDO:
Que, la empresa de transportes LUIS RODRIGUEZ BAN-
DA S.A., mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado
el otorgamiento de la renovación de concesión de ruta: LIMA-
CARAZ y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamen-
to del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial
de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto
Supremo Nº 05-95-MTC;
Que, en el Informe Nº 1290-98-MTC/15.18.04.1.RCM, se
concluye que la referida empresa cumple con los requisitos
establecidos en el Artículo 13º del reglamento y lo señalado en el
Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) apro-
bado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC; recomendándose la
procedencia del pedido formulado;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº
640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-
MTC, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto
Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Ad-
ministrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-
SE RESUELVE:
Primero.- Renovar a la EMPRESA DE TRANSPORTES
LUIS RODRIGUEZ BANDA S.A., la concesión de ruta: LIMA-
CARAZ y viceversa, para la prestación del Servicio Público de
Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carrete-
ra en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir
de la fecha de expedición de esta resolución, de acuerdo a los
siguientes términos:
RUTA :LIMA-CARAZ y viceversa
ORIGEN :LIMA
DESTINO :CARAZ
ITINERARIO :HUARAZ
ESCALA COMERCIAL :HUARAZ
FRECUENCIA :Tres (3) diarias
FLOTA VEHICULAR :Siete (7) ómnibus
FLOTA OPERATIVA :Seis (6) ómnibus: UI-3999 (1979), UI-
5680 (1981), UI-7512 (1988), UI-9899
(1991), UO-3089 (1994) y UQ-3096 (1991)
FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus: UI-4044 (1978)
HORARIOS :Salidas de Lima: 8.00 a.m., 8.00 p.m. y
9.00 p.m.
Salidas de Caraz: 7.00 a.m. 7.00 p.m. y
8.00 p.m.
La tarjeta de circulación será expedida en relación al año de
fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsabilidad.
Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las
normas legales establecidas en el reglamento aprobado por
Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigen-
tes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre
Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se
autoriza.
Tercero.- La concesionaria está obligada a iniciar el servi-
cio dentro de los treinta (30) días calendario computados a partir
de la fecha de publicación de la presente resolución, cumpliendo
con lo establecido en el Artículo 17º del reglamento aprobado por
Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; en caso contrario, se aplicarán
las sanciones previstas en el segundo párrafo del Artículo 16º del
citado reglamento.
Cuarto.- Encargar la ejecución de esta resolución a la
Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Inter-
nacional.
Quinto.- La presente resolución se publicará en el Diario
Oficial El Peruano, conforme a ley.
Regístrese y comuníquese.
CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO
Director General
Dirección General de Circulación Terrestre
0957
Otorgan a empresa permiso originario
para prestar servicio de transporte
internacional de mercancías por ca-
rretera
RESOLUCION DIRECTORAL
Nº 025-99-MTC/15.18
Lima, 7 de enero de 1999
VISTO, el Expediente de Registro Nº 02990010, organizado
por la empresa TRE STELLE S.A.C., sobre otorgamiento de
Permiso Originario para la prestación de Servicio de Transporte
Internacional Terrestre.
CONSIDERANDO:
Que, el Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Inter-
nacional Terrestre de los Países del Cono Sur, incorporado a la
legislación nacional mediante el Decreto Supremo Nº 028-91-

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