Remates bienes inmuebles. 2221276-1

Fecha de publicación05 Octubre 2023
SecciónOtros
TERCERA CONVOCATORIA A REMATE JUDICIAL MODALIDAD VIRTUAL GOOGLE MEET. En el
Proceso Civil N° 00118-2000-0-3101-JR-CI-02, sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, seguido
por NELLY ELEUTERIA LUPA NAVARRO, Sucesora Procesal de la Demandante ANNE NATHALIE VIÑAS
MORE, a la vez Sucesora Procesal del NBK BANK EN LIQUIDACIÓN, en contra de ISABEL SIANCAS DE
CASTILLO y CARLOS ALBERTO CASTILLO NAVARRO; la Juez del Segundo Juzgado Civil - Sede Prin-
cipal del Distrito Judicial de Sullana, Dra. ROSA DALILA CARMEN SARANGO, con el Especialista Legal
Dr. EDSON JUNIOR FARFÁN ALVIA, con Resolución 68 autorizan al Martillero Público ÁNGEL RUBEN
ARIAS GALLEGOS, para llevar a cabo el TERCER REMATE en modalidad virtual, del inmueble ubicado
en: Centro Poblado Zona Urbana Bellavista Manzana Nº 41 Lote Nº 14 Distrito de Bellavista, Provincia de
Sullana y Departamento de Piura, inscrita en la Partida Nº P15065265 del Registro SUNARP Unidad Eje-
cutora Nº 07 - Sede Piura - Ocina Piura. VALOR DE TASACIÓN: S/. 132,351.05 (Ciento Treinta y Dos
Mil Trescientos Cincuenta y Uno con 05/100 Soles). PRECIO BASE DEL TERCER REMATE: S/. 63,749.09
(Sesenta y Tres Mil Setecientos Cuarenta y Nueve con 09/100 Soles) Que representa las 2/3 partes de la
Tasación, con deducción del 15% por la Primera Convocatoria y Otro 15% por la Segunda Convocatoria.
AFECTACIONES: Asiento 00007: Hipoteca a favor de AMERICANO DE PRODUCTOS S.A. hasta por la
suma de US$. 15,000.00 según Escritura Pública del 26/06/1996 en Notaria Pedro Benítes. Asiento 00008:
Embargo en forma de inscripción hasta por US$ 8,000.00 ordenado por el Juez del Primer Juzgado Civil de
Sullana Dr. ROLANDO NAVARRO CÓRDOVA, Secretario Judicial Dr. OSCAR P. ALVARADO CORNEJO,
según Resolución N° 3 del 02/02/2001, en los seguidos por NORBANK contra ISABEL SIANCAS MEZO-
NES DE CASTILLO y CARLOS CASTILLO NAVARRO sobre MEDIDA CAUTELAR (Exp. N° 385-00-C-
2° Juzgado Civil de Sullana). Así consta de los partes judiciales Ocio N° 484-2001- 2JECS del 06/04/2001.
Asiento 00011: Modicación de Embargo. Por Resolución Nº 04 de fecha 29 de Marzo 2001 suscrita por el
Segundo Juzgado Civil y la Secretaria Judicial, SABINA CHUNGA ESPINOZA, se resolvió ampliar el em-
bargo en forma de inscripción, inscrito en el Asiento 0008 de la presente partida, hasta por la suma de US$.
14,000.00 Dólares Americanos. Así se ha dispuesto en el Proceso seguido por la NORBANK (Expediente Nº
385-00-C y Nº 118-2000-0-3101-JR-CI-02) según consta de los Partes Judiciales, remitidos mediante Ocio
Nº 68-2018-2º-JECS-CSJSU-PJ de fecha 09/03/2016, suscritos por la Jueza CARMEN PAOLA GALLO YA-
MUNAQUE. LUGAR DE REMATE: Sala Virtual de Remates de la Corte Superior de Justicia de Sullana, Vía
Plataforma GOOGLE MEET, con el Link - https://meet.google.com/jfz-asqo-dfv DIA Y HORA DEL RE-
MATE: El Miércoles 18 de Octubre del 2023 a horas 11.00 a.m., DE LOS POSTORES: CUMPLIR con hacer
llegar su documentación a los Correos del Martillero Público: aaexacto@gmail.com y/o ecorag@gmail.com
30 minutos antes del Remate, además de: 1) Oblar mediante depósito judicial mínimo el 10% del valor de ta-
sación consignando el Juzgado, N° de expediente y el documento de identidad y/o RUC, según corresponda;
2) Presentar su documento de identidad y/o RUC, según corresponda; 3) El arancel judicial respectivo, por
derecho a participar en el Remate, consignando el Juzgado, N° de Expediente y el documento de identidad o
RUC, en caso de representante, acreditar los poderes respectivos, si corresponde. El adjudicatario depositará
el saldo del precio dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del
remate. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario y se cancelarán al nalizar la
diligencia del remate, de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Art.18
del D.S. N° 008-2005-JUS) y están afectos al IGV. Sullana, 29 de Julio del 2023. Edson Junior Farfán Alvia,
ESPECIALISTA LEGAL. MODULO CIVIL DE LITIGACION ORAL. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE
SULLANA.-

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