03 N° 82 - Modifican Ordenanza relativa a la tasa por estacionamiento vehicular temporal en el balneario del distrito para el año 2007

Fecha de publicación29 Diciembre 2006
Fecha de disposición29 Diciembre 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 29 de diciembre de 2006 336051
Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia
a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de
Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que
la ratif‌i que.
POR TANTO:
La promulgo en Santa María del Mar, a los veintiséis
días del mes de setiembre del año 2006 y mando que se
publique y cumpla.
ÁNGEL RAÚL ABUGATTAS NAZAL
Alcalde
10480-1
Modifican Ordenanza relativa a la tasa
por estacionamiento vehicular temporal
en el balneario del distrito para el año
2007 ORDENANZA Nº 82
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTA MARÍA
DEL MAR
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Santa María del Mar en sesión
ordinaria del 31 de octubre del 2006 ha dado la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 81
QUE ESTABLECE TASA POR ESTACIONAMIENTO
VEHICULAR TEMPORAL EN EL SECTOR DEL
BALNEARIO DEL DISTRITO DE
SANTA MARÍA DEL MAR, PARA EL AÑO 2007
Artículo 1º .- Modifícase el Artículo 1º de la Ordenanza
Nº 81, el cual quedará redactado con el siguiente texto:
Artículo 1º.- OBJETO
La presente Ordenanza tiene por objeto regular la tasa por
estacionamiento vehicular temporal en el sector Balneario del
distrito de Santa María del Mar, durante el período comprendido
entre el 01 de enero y el 01 de abril del año 2007”.
Artículo 2º.- Modifícase el Artículo 9º de la Ordenanza
Nº 81, el cual quedará redactado con el siguiente texto:
Artículo 9º.- ÁREAS ESTABLECIDAS PARA LA
PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Las áreas destinadas al estacionamiento vehicular
temporal en el distrito de Santa María del Mar, sujetas al
cobro de la tasa de estacionamiento, son las siguientes”:
De Lunes a Jueves
Área de Cantidad
Estacionamiento Ubicación espacios
Parqueo 2 Av. Mercedes Flores de Lerecari 80
Parqueo 6 Parte Av. Las Ninfas 59
TOTAL 139
De Viernes a Domingo
Área de Cantidad
Estacionamiento Ubicación espacios
Parqueo 1 Entrada del distrito 220
Parqueo 2 Av. Mercedes Flores de Lerecari 80
Parqueo 3 Costado de Comisaría 76
Parqueo 4 y 5 Frente a Terramar 253
Parqueo 6 Parte Av. Las Ninfas 59
Parqueo 7 y 8 Parte Av. Las Ninfas 120
TOTAL 808
POR TANTO:
La promulgo en Santa María del Mar, a los treintiún
días del mes de octubre del año 2006 y mando que se
publique y cumpla.
ÁNGEL RAÚL ABUGATTAS NAZAL
Alcalde
10470-1
MUNICIPALIDAD DE
SURQUILLO
Aprueban realización de Matrimonio
Civil Comunitario
ORDENANZA Nº 179-MDS
Surquillo, 20 de diciembre de 2006
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE
SURQUILLO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesión Ordinaria
de la fecha, y estando al Dictamen Nº 005-2006-CDS-CM-
MDS de la Comisión de Desarrollo Social, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 195º numerales 4) y 10) de
la Constitución Política del Perú modif‌i cada por las Leyes
de Reforma Constitucional, Leyes Nº 27680 y Nº 28607, el
artículo 60º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo
Nº 776, Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto
Supremo Nº 156-2004-EF y los artículos 248º y siguientes del
Código Civil, en uso de las atribuciones previstas en el numeral
Nº 27972; y, con el voto unánime de sus miembros y dispensa
del trámite de aprobación de actas, aprobó la siguiente:
ORDENANZA
APRUEBA REALIZACIÓN DE MATRIMONIO
CIVIL COMUNITARIO
Artículo 1º.- Objeto de la disposición.- Autorícese
la realización de un matrimonio civil comunitario para
el día 29 de diciembre del año 2006, con ocasión de
las celebraciones por el Quincuagésimo Aniversario del
Colegio Parroquial San Vicente de Paul.
Artículo 2º.- Reducción y Exoneración de derechos.-
Establecer en S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles)
el pago por todo concepto que deberán abonar las parejas
contrayentes que cumplan con los requisitos para participar
en la ceremonia autorizada en el artículo 1º, dejándose en
suspenso la tasa contenida en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos -TUPA- para el presente caso.
Asimismo, las parejas contrayentes se encuentran
exoneradas del pago de las tarifas respectivas por el
otorgamiento de certif‌i cado médico prenupcial y conserjería
preventiva.
Artículo 3º.- Dispensa de publicación.- De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 252º del Código Civil, autorizar al
Alcalde para que dispense a los contrayentes de la publicación
del aviso por periódico del matrimonio civil a que alude el artículo
250º del Código Civil, siempre que se presenten todos los
requisitos que exige el artículo 248º del Código Civil así como los
requisitos que el TUPA exige para dicho f‌i n, correspondiendo,
en todo caso, al área de Registro Matrimonial disponer la
publicación del aviso respectivo en las vitrinas municipales y en
el portal electrónico de la Municipalidad de Surquillo.
Artículo 4º.- Órganos ejecutantes.- Encargar al señor
Alcalde la adopción de las acciones administrativas que
correspondan a efectos de la realización del matrimonio civil
comunitario señalado en el artículo 1º, correspondiendo a
la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Social
y de Juventudes su ejecución conforme a Ley.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
GUSTAVO SIERRA ORTIZ
Alcalde
10465-1
Prorrogan Amnistía Tributaria y
Administrativa aprobada mediante
Ordenanza Nº 178-MDS
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 019-2006-MDS
Surquillo, 23 de diciembre de 2006

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