07 007-2001-CG - Aprueban Directiva sobre información relativa a procesos de selección para adquisiciones y contrataciones del Estado, que deben remitir a la Contraloría las entidades a que se refiere la Ley Nº 26850

Fecha de publicación02 Febrero 2001
Fecha de disposición02 Febrero 2001
Pág. 198076
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 2 de febrero de 2001
Vistos; la Hoja de Recomendación Nº 004-2001-CG/
DSA de 31.ENE.2001, contando con las visaciones de
las Oficinas de Designación de Sociedades y Asesoría
Técnica - Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, como resultado del Concurso Público de Méri-
tos Nº 09-2000-CG, mediante Resolución de Contraloría
Nº 248-2000-CG de 27.NOV.2000 se designó a la Socie-
dad de Auditoría Coronado Velasco Contadores Públi-
cos Asociados Sociedad Civil, para realizar el examen a
los estados financieros y otros aspectos operativos del
Poder Judicial, por el período 2000;
Que, como hecho sobreviniente a la citada desig-
nación la Contraloría General de la República ha
verificado que la sociedad de auditoría Coronado
Velasco Contadores Públicos Asociados S. Civil, ha
prestado servicios de Contabilidad, Presupuesto,
Tesorería, Planillas y alquiler de software contable
en el Poder Judicial en el período comprendido entre
el 15.JUN.1996 al 31.DIC.1999, corroborándose con
la evaluación de la información remitida por el Pre-
sidente del Consejo Transitorio del Poder Judicial,
así como con el Acta de fecha 30.ENE.2001, suscrita
por el representante legal de la referida sociedad
auditora;
Que, de la evaluación practicada a los actuados
relativos a los hechos mencionados, se aprecia que en el
presente caso en función a los alcances y efectos subse-
cuentes a los mismos, deben preservarse los principios
de independencia y objetividad que guían el ejercicio de
control gubernamental, adoptándose para dicho fin las
acciones correspondientes con arreglo a la normativa
vigente sobre la materia;
Que, en tal sentido las Normas de Auditoría Guber-
namental 1.20, Independencia, aprobada por R.C. Nº
162-95-CG y sus modificatorias, concordante con el
numeral VI del Código de Etica del Auditor Guberna-
mental aprobado por R.C. Nº 077-99-CG de 7.JUL.1999
y el literal f) del Artículo 22º del Reglamento de Designa-
ción de Sociedades de Auditoría, aprobado por R.C. Nº
162-93-CG de 19.NOV.93, modificado por R.C. Nº 215-
2000-CG de 16.OCT.2000, contemplan que el auditor se
mantendrá libre de cualquier situación que pudiera
señalarse como incompatible con su objetividad, evitando
situaciones que pudieran suscitar duda acerca de la
independencia requerida;
Que, en consecuencia resulta aplicable lo dispuesto
por el Artículo 35º del Reglamento de Designación de
Sociedades de Auditoría, el cual establece que en caso
de dejarse sin efecto la designación la Contraloría
autorizará a la entidad a contratar a la Sociedad que
ocupó el siguiente lugar en el orden de mérito del
respectivo Concurso Público;
Estando a las conclusiones y recomendaciones del
documento de vistos y de conformidad a lo dispuesto por
los Artículos 22º literal f) y 35º del Reglamento de
Designación de Sociedades de Auditoría, aprobado por
R.C. Nº 162-93-CG de 19.NOV.93, modificado por R.C.
Nº 215-2000-CG de 16.OCT.2000, las Normas de Audi-
toría Gubernamental - NAGU 1.20, Independencia, apro-
bada por R.C. Nº 162-95-CG y sus modificatorias y
numeral VI del Código de Etica del Auditor Guberna-
mental aprobado por R.C. Nº 077-99-CG de 7.JUL.1999;
y, En uso de las atribuciones conferidas por los Artícu-
los 19º y 24º de la Ley del Sistema Nacional de Control
- Decreto Ley Nº 26162 y Resolución de Contraloría
Nº 022-2001-CG de 22.ENE.2001;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación
de la Sociedad Coronado Velasco Contadores Públicos
Asociados S. Civil, para la auditoría del ejercicio 2000
del Poder Judicial, efectuada mediante Resolución de
Contraloría Nº 248-2000-CG de 27.NOV.2000.
Artículo Segundo.- Designar a la Sociedad de Audi-
toría F. Iberico y Asociados Contadores Públicos S. Civil,
para que de conformidad a los términos de la propuesta
presentada en el Concurso Público de Méritos Nº 09-
2000-CG, ejecute la auditoría financiera operativa del
Poder Judicial, por el período 2000.
Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Desig-
nación de Sociedades las coordinaciones y procedimien-
tos supletorios que deben aplicarse para formalizar lo
autorizado en la presente resolución, así como encar-
gar a la Gerencia de Control de Gobierno Central e
Instituciones Públicas Descentralizadas para la su-
pervisión de la auditoría a efectuarse en el Poder
Judicial.
Artículo Cuarto.- La firma auditora designada,
durante el desempeño de su labor se sujetará a las
normas consignadas en el Reglamento de Designación
de Sociedades y demás disposiciones aplicables al Sis-
tema Nacional de Control.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE GUZMÁN RODRÍGUEZ
Subcontralor General de la República
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Aprueban Directiva sobre información
relativa a procesos de selección para
adquisiciones y contrataciones del
Estado, que deben remitir a la Contra-
loría las entidades a que se refiere la
Ley Nº 26850
RESOLUCIÓN DE SUBCONTRALOR
Nº 007-2001-CG
Lima, 1 de febrero de 2001
Vista, la Hoja de Recomendación Nº 0001-2001-CG/
B180 de 31 de enero del 2001, mediante la cual la
Oficina de Sistemas propone, para su aprobación, el
Proyecto de Directiva que establece la información
que las entidades deben remitir a la Contraloría Gene-
ral de la República sobre Convocatoria de Procesos de
Selección para las Contrataciones y Adquisiciones del
Estado;
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el Artículo 82º de la Cons-
titución Política del Perú y el Decreto Ley Nº 26162 -
Ley del Sistema Nacional de Control, la Contraloría
General de la República supervisa la legalidad de los
actos de las entidades sujetas a control, entre los que
se encuentran las contrataciones y adquisiciones del
Estado;
Que la Contraloría General de la República en cum-
plimiento de su misión constitucional y conforme a sus
atribuciones señaladas por la Ley del Sistema Nacional
de Control, mantiene una vinculación específica con
relación a la cautela de la transparencia y la probidad
administrativa en el manejo de bienes y recursos del
Estado.
Que en el marco de la ejecución del Plan Estratégico
Institucional de la Contraloría General, constituye prio-
ritario objetivo institucional participar activamente en
un esfuerzo nacional para promover una cultura de
honestidad y transparencia en el manejo de los recursos
públicos.
Que de acuerdo con el Artículo 19º inciso a) del
Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de
Control, es atribución de la Contraloría General de la
República tener acceso en cualquier momento y sin
limitación a los registros, documentos e información de
las entidades, aun cuando sean secretos;

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