RELACIONES EXTERIORES DECRETO SUPREMO Nº 055-2007-RE - Ratifican el

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición16 de Octubre de 2007
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 16 de octubre de 2007 355451
de la Tarjeta para viaje de negocios denominados “APEC
Business Travel Card (ABTC)” del Foro de Cooperación
Económica del Asia Pacíco (APEC)”,
Que, mediante Decreto Supremo N° 087-2002-RE,
de 11 de octubre de 2002, se aprobó el Reglamento
del Decreto Supremo 028-2000-RE, denominado
Reglamento Peruano del Esquema de la Tarjeta Para
Viaje de Negocios ABTC que consta de (30) artículos, dos
(2) Disposiciones Complementarias y una (1) Disposición
Final;
Que, mediante Decreto Supremo N° 053-2006-RE, de
16 de agosto de 2006 se modicó los artículos 5) y 7)
del Título II referido a las Autoridades Competentes del
Decreto Supremo N° 087-2000-RE, de 11 de octubre de
2002;
Que, es necesario actualizar los artículos 5) y 7) del
Título II referido a las Autoridades Competentes, del
Reglamento Peruano del Esquema de la Tarjeta Para Viaje
de Negocios ABTC para optimizar los trabajos destinados
a tramitar las solicitudes de ABTC para empresarios de
las Economías que son miembros de este esquema;
Con la opinión favorable de la Subsecretaría para
Asuntos de Asia, Cuenca del Pacíco, África y Medio
Oriente y de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas
en el Exterior; y,
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del
Decreto Legislativo N° 560, Ley del Poder Ejecutivo;
el Decreto Legislativo N° 703, Ley de Extranjería; el
Decreto Ley N° 26112 Ley Orgánica del Ministerio de
Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N° 028-2000-
RE; que aprueba la incorporación del Perú al Esquema
de la tarjeta para viajes de negocios denominado APEC
Business Travel Card (ABTC); y el Decreto Supremo
N° 087-2002-RE;
DECRETA:
Artículo 1°.- Modifícase el artículo 5° del título II,
Autoridades Competentes del Reglamento Peruano del
Esquema de la Tarjeta para Viaje de Negocios ABTC,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 087-2002-RE,
modicado mediante Decreto Supremo N° 053-2006-RE,
el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 5°.- La Comisión Peruana del Esquema ABTC
es la Autoridad Nacional competente para implementar,
coordinar y resolver lo concerniente a la ejecución en
el Perú del régimen a que se reere el artículo 2° del
presente Reglamento. La comisión estará conformada por
los siguientes funcionarios:
- El Subsecretario de Comunidades Peruanas en el Exterior
del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien la presidirá.
- El Director General de Política Consular de la
Subsecretaria de Comunidades Peruanas en el Exterior
del Ministerio de Relaciones Exteriores;
- El Director de Control Migratorio de la Dirección
General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del
Interior;
- Un representante del Ministerio de Comercio Exterior
y de Turismo; y,
- Un representante del Capítulo Peruano del Consejo
Consultivo Empresarial de APEC (ABAC)”.
Artículo 2°.- Modifícase el artículo 7° del título II,
autoridades competentes del reglamento peruano del
Esquema de la Tarjeta para el Viaje de Negocios ABTC,
aprobado por el Decreto Supremo 087-2002-RE,
modicado mediante Decreto Supremo N° 053-2006-RE,
el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 7°.- La Secretaría Ejecutiva funciona en
la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores y está
a cargo de un funcionario diplomático de la Dirección
General de Política Consular y de un funcionario
diplomático de la Dirección de Trámites Consulares como
Secretario Ejecutivo Alterno. La designación del personal
de apoyo se formalizará por Resolución Vice Ministerial
del Ministerio de Relaciones Exteriores”.
Artículo 3°.- Queda vigente las demás disposiciones
establecidas en el Reglamento Peruano del Esquema
de la Tarjeta para Viajes de Negocios ABTC, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 087-2002-RE.
Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Ocial El Peruano.
Artículo 5°.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en casa de Gobierno en Lima a los trece días del
mes de octubre del año dos mil siete.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
120068-2
Ratifican el “Acuerdo entre la República
del Perú y la República de Guatemala
sobre Reciprocidad en el Libre Ejercicio
de Actividades Remuneradas para
Familiares Dependientes del Personal
Diplomático, Consular, Administrativo
y Técnico de Misiones Diplomáticas y
Consulares”
DECRETO SUPREMO
Nº 055-2007-RE
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE
LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el “Acuerdo entre la República del Perú y la
República de Guatemala sobre Reciprocidad en el Libre
Ejercicio de Actividades Remuneradas para Familiares
Dependientes del Personal Diplomático, Consular,
Administrativo y Técnico de Misiones Diplomáticas y
Consulares”, suscrito el 8 de mayo de 2007 en la ciudad
de Lima, República del Perú;
Que es conveniente a los intereses del Perú la
raticación del citado instrumento internacional;
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º
y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el
artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente
de la República para celebrar y raticar Tratados o
adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del
Congreso;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo entre la República
del Perú y la República de Guatemala sobre Reciprocidad
en el Libre Ejercicio de Actividades Remuneradas para
Familiares Dependientes del Personal Diplomático,
Consular, Administrativo y Técnico de Misiones
Diplomáticas y Consulares”, suscrito el 8 de mayo de
2007 en la ciudad de Lima, República del Perú.
Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la
República.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece
días del mes de octubre del año dos mil siete.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
120068-3

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR