Aprueban relación de obras que serán ejecutadas por la Sede Central del Gobierno Regional

Fecha de disposición05 Octubre 2006
Fecha de publicación05 Octubre 2006
NORMAS LEGALES
R
E
P
U
B
L
I
C
A
D
E
L
P
E
R
U
329640 El Peruano
jueves 5 de octubre de 2006
en el artículo 141 del Reglamento de la cita ley, la
existencia de la causal de exoneración únicamente
faculta a la Entidad a la contratación del servicio requerido
"sólo por el tiempo (...) necesario para resolver la
situación y llevar a cabo el proceso de selección que
corresponda" (sic). En consecuencia, en el presente
caso, si bien la exoneración se aprobará por el período
de tres meses, de acuerdo a lo solicitado, sin embargo,
la misma quedará automáticamente sin efecto, en el
momento en que entre en vigencia el nuevo contrato de
prestación de servicios de seguridad y vigilancia que
derive del CP Nº 003-2006-ZRLIMA, debiendo la Zona
Registral Nº IX-Sede Lima, prever dicha condición
resolutoria expresamente en el respectivo contrato.
Estando a lo dispuesto por el Texto Único Ordenado
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
y su Reglamento y el Estatuto de la SUNARP, aprobado
por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS así como a
lo requerido mediante Oficio Nº 946-2006/Z.R. Nº IX-
GAF/JEF, suscrito por el Jefe de la Zona Registral Nº IX,
Sede Lima; al Informe Nº 380-2006-SUNARP-Z.R.Nº IX/
OL de la Oficina Legal de la Zona Registral Nº IX-Sede
Lima; al Informe Técnico Nº 0068-2006-SUNARP-Z.R.
Nº IX-OL/GAF-SLS; al Informe Nº 261-2006-SUNARP/
GPD;y, al oficio Nº 710-2006-SUNARP/GL.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar en situación de
desabastecimiento inminente la contratación de servicios
de prestación de seguridad y vigilancia en las Oficinas
Registrales de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima.
Artículo Segundo.- Exonerar del proceso de
selección correspondiente, para la contratación del
referido servicio de seguridad y vigilancia, por período
comprendido entre el 7 de octubre de 2006 y el 6 de
enero de 2007, hasta por el monto de S/. 564 000,00
nuevos soles, de acuerdo a lo requerido.
Artículo Tercero.- Autorizar a la Gerencia de
Administración y Finanzas de la Zona Registral Nº IX,
Sede Lima, para contratar los referidos servicios,
mediante acciones directas e inmediatas, de conformidad
con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones
y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; debiendo
considerarse expresamente en el respectivo contrato,
que la vigencia del contrato que derive del C.P. Nº 003-
2006-ZRLIMA constituye condición resolutoria del
contrato que se suscriba bajo el amparo de la presente
resolución.
Artículo Cuarto.- Disponer que: 1) la Gerencia de
Administración y Finanzas de la Sede Central de la
SUNARP, haga de conocimiento de la Contraloría General
de la República y del CONSUCODE, la presente
resolución y los informes que la sustentan, dentro del
plazo de diez días calendario a su aprobación según lo
dispone el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; 2) la
Secretaría General notifique inmediatamente la presente
Resolución a la Zona Registral Nº IX - Sede Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PILAR FREITAS A.
Superintendente Nacional de los Registros Públicos
02747-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE AMAZONAS
Aprueban relación de obras que serán
ejecutadas por la Sede Central del
Gobierno Regional
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL
Nº 363-2006-GOBIERNO REGIONAL
AMAZONAS/PR.
Chachapoyas, 2 de octubre del 2006
VISTO:
El Decreto de Urgencia Nº 024-2006, y la Ley
Nº 28880 que autoriza un Crédito Suplementario en el
Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2006.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27867 se aprueba la Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la
Ley Nº 27902, la misma que establece y norma la
estructura, organización, competencias y funciones de
los Gobiernos Regionales;
Que, mediante Ley Nº 28652, se aprueba el
Presupuesto para el Sector Público, Ejercicio Fiscal 2006;
Que, mediante RESOLUCIÓN EJECUTIVA
REGIONAL Nº 459-2005-GOBIERNO REGIONAL
AMAZONAS/PR, del 30 de diciembre del 2005, se
aprueba el Presupuesto de apertura de Ingresos y
Egresos, correspondiente al Ejercicio Presupuestal
Institucional 2006, del Pliego 440 GOBIERNO
REGIONAL AMAZONAS;
Que, mediante Ley Nº 28880 se autoriza un Crédito
Suplementario en el Presupuesto del Sector Público
para el año fiscal 2006, estando incluido dentro de
sus alcances el Gobierno Regional Amazonas, con
la asignación correspondiente para gastos de
inversión;
Que el Decreto de Urgencia Nº 024-2006, publicado
el 26 de septiembre del 2006, establece en su artículo
segundo que la
relación de bienes, servicios y obras se
aprueba mediante Resolución del Titular de la Entidad o
la máxima autoridad administrativa, dicha Resolución
incluyendo la relación, se publica en el Diario Oficial El
Peruano y en los respectivos portales electrónicos de
las Entidades
.
Con las facultades otorgadas según la Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria,
contando con la visación de la Dirección de Asesoría
Jurídica, Gerencia Regional de Planeamiento y
Gerencia General;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la relación de obras que
serán ejecutadas por la Unidad Ejecutora denominada
SEDE CENTRAL del Gobierno Regional Amazonas,
derivadas de la Ley que aprueba un Crédito
Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para
el año 2006, y en concordancia con el Decreto de Urgencia
Nº 024-2006, las mismas que a continuación se detalla:
1) PUENTE CACLIC, MEJORAMIENTO Y
REHABILITACIÓN CARRETERA CACLIC LUYA-LAMUD,
META: CONSTRUCCIÓN PUENTE CACLIC.
2) CANALIZACIÓN QUEBRADA CANCHULHUAYCO
SANTO DOMINGO.
3) ELECTRIFICACIÓN DE LOCALIDADES DEL
DISTRITO DE LUYA.
4) ELECTRIFICACIÓN DEL ANEXO DE CHOCTA -
DISTRITO DE LUYA.
5) ELECTRIFICACIÓN DEL DISTRITO DE
YAMBRASBAMBA Y ANEXOS.
Artículo Segundo.- Disponer que la relación de
obras derivadas del crédito suplementario para el
Gobierno Regional Amazonas y que no se encuentran
en la relación precedente, las mismas que serán
ejecutadas por otras Unidades Ejecutoras o
Instituciones, sean publicadas por el organismo que
la ejecutará.
Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la
presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en
el Portal Electrónico.
Artículo Cuarto.- Transcribir la presente Resolución
a las Instancias Internas del Gobierno Regional
Amazonas.
Regístrese y comuníquese.
MIGUEL REYES CONTRERAS
Presidente Regional
02761-1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR