Prorrogan plazo de regularización de licencia de obra y/o demolición aprobada mediante Ordenanza N° 050-MCPSMH

Fecha de disposición22 Octubre 2006
Fecha de publicación22 Octubre 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
domingo 22 de octubre de 2006 331179
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GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DEL C. P. SANTA
MARÍA DE HUACHIPA
Prorrogan plazo de regularización de
licencia de obra y/o demolición
aprobada mediante Ordenanza Nº 050-
MCPSMH
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 004-06-MCPSMH
C.P. Santa María de Huachipa, 29 de septiembre de
2006
CONSIDERANDO:
Que mediante Ordenanza Nº 050-MCPSMH se
aprobó conceder beneficio administrativo respecto a la
regularización de licencia de obra y/o demolición, en la
jurisdicción de Santa María de Huachipa;
Que en dicha Ordenanza se estableció que el
beneficio administrativo que se concede tendrá vigencia
del 26 de junio al 26 de setiembre del 2006 y en la
Disposición Final artículo primero dispone que se faculte
a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía
dicte las disposiciones complementarias necesarias para
su adecuada aplicación;
Que como se podrá observar se ha vencido el
beneficio otorgado y con el afán de no perjudicar y/o
evitar malestar a los propietarios o contribuyentes de los
predios con la regularización de licencia de obra y/o
licencia de construcción, es necesario prorrogar el
vencimiento de dicho plazo;
Estando a la facultad conferida en el Art. 20º Inc. 6)
se dicta el siguiente dispositivo:
Artículo 1º.- OTORGAR UNA PRÓRROGA a los
contribuyentes, para el plazo de regularización de licencia
de obra y/o demolición, en la jurisdicción de Santa María
de Huachipa, hasta el día 31-12-2006, por los
considerandos expuestos.
Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo
Urbano el cumplimiento del presente Decreto.
Regístrese, comuníquese y archívese.
MARÍA A. FONSECA ESPINOZA
Alcaldesa
03363-1
MUNICIPALIDAD DE
MIRAFLORES
Disponen levantamiento de suspensión
temporal para la admisión de
solicitudes a que se refiere la
Ordenanza Nº 199 a diversos inmuebles
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 45
Miraflores, 19 de octubre de 2006
EL ALCALDE DE MIRAFLORES
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo Único del Decreto de Alcaldía Nº 40,
publicado el 29 de septiembre de 2006, estableció:
prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 199
que “Suspende temporalmente la admisión de solicitudes
de expedición de Certificados de Parámetros
Urbanísticos y Edificatorios con fines comerciales; de
Anteproyecto y Proyectos definitivos de Obras Nuevas
con fines comerciales; así como solicitudes de
Certificados de Compatibilidad de Usos; Licencias de
Funcionamiento Provisionales y/o Definitivas; y
Ampliación de Giro en el distrito”, hasta la publicación en
el Diario Oficial El Peruano de la Ordenanza de la
Municipalidad de Lima que apruebe el Índice de Usos
para la Ubicación de las Actividades Urbanas del distrito
de Miraflores;
Que, el artículo 4º de la Ordenanza Nº 199 faculta al
señor Alcalde a disponer, mediante Decreto de Alcaldía,
el levantamiento de la suspensión descrita en dicho
dispositivo legal, en aquellas zonas en las que no exista
conflicto;
Que, dadas las solicitudes de empresas y personas
naturales que desean invertir en el distrito, resulta
necesario el levantamiento de la suspensión temporal
para la admisión de expedición de Certificados de
Parámetros Urbanísticos y Edificatorios con fines
comerciales; de Anteproyectos y Proyectos Definitivos
de obras nuevas con fines comerciales; así como
solicitudes de Certificados de Compatibilidad de Usos;
Licencias de Funcionamiento Provisionales y/o
Definitivas; y Ampliación de Giro de determinados
inmuebles dentro de la jurisdicción de Miraflores que se
detallan en la parte resolutiva del presente Decreto; y,
Estando a lo expuesto en el Informe Nº 267-2006-
GTA.00/MM de fecha 19 de octubre de 2006, y en uso
de las facultades conferidas por el artículo 20º de la Ley
Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- Disponer el levantamiento de la
suspensión temporal ordenada mediante Ordenanza
Nº 199 y prorrogada su vigencia mediante Decreto de
Alcaldía Nº 40 para los inmuebles que se detallan en el
anexo 1, que forma parte del presente Decreto.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de
Trámites y Autorizaciones el cumplimiento de lo dispuesto
por el presente Decreto de Alcaldía.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
FERNANDO ANDRADE CARMONA
Alcalde
ANEXO Nº 1 - DECRETO DE ALCALDÍA Nº 45
A.- INMUEBLES EN QUE SE LEVANTA LA SUSPENSIÓN PARA
TRAMITAR CERTIFICADOS DE COMPATIBILIDAD DE USO,
LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO PROVISIONALES Y/O
DEFINITIVAS Y AMPLIACIONES DE GIRO.
Nº INMUEBLE
1 Calle Alcanfores 373
2 Calle Alcanfores 457-C
3 Calle Alcanfores 1055, 1059
4 Avda. Angamos Oeste 387 Of 304
5 Avda. Angamos Oeste 601
6 Avda. Benavides 1276
7 Avda. Benavides 1480, 6º piso, 6B
8 Avda. Benavides 2436
9 Calle Berlín 311
10 Calle Berlín 443, 2º piso
11 Calle Bolívar 455
12 Calle Cantuarias 236
13 Calle Colina 315
14 Avda. Diez Canseco 442 Of 401
15 Avda. Diez Canseco 470
16 Avda. Ejército 541

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