06 03-2002 - Prorrogan vigencia de Ordenanza sobre Beneficio de Regularización Tributaria Extraordinaria Especial "Cuenta Cero"

Fecha de publicación09 Junio 2002
Fecha de disposición09 Junio 2002
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NORMAS LEGALES
Lima, domingo 9 de junio de 2002
nocimiento que el Concurso Público Nº 0002-2001-MPL-CE
se declaró DESIERTO, debido a que de los tres (3) posto-
res, sólo la Empresa PETRAMAS S.A.C. logró superar los
ochenta (80) puntos al calificar su propuesta técnica, sien-
do descalificados los otros dos postores, Consorcio DASOL
S.A.C. y la Empresa TARMA E.I.R.L. como consecuencia
de ello, se declaró Desierto el Concurso Público;
Que, el Artículo 21º del Decreto Supremo Nº 012-2001-
PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Adquisiciones y
Contrataciones del Estado, faculta a los gobiernos locales
a declarar la situación de urgencia de un servicio público,
cuando su ausencia compromete en forma directa e inmi-
nente la continuidad del mismo;
Que, el inciso 2) del Artículo 108º del Decreto Supremo
Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Adquisiciones
y Contrataciones del Estado, señala que la situación de ur-
gencia debe entenderse como un hecho de excepción que
determina una acción rápida de adquisición o contratación
como medida temporal, sin perjuicio de que se realice el
proceso de selección correspondiente para las adquisicio-
nes y contrataciones definitivas;
Que, el inciso c) del Artículo 19º del Decreto Supremo
Nº 012-2001-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Con-
trataciones del Estado, exonera de los procesos de licita-
ción pública, concurso público o adjudicación directa según
sea el caso las adquisiciones y contrataciones que se rea-
licen en situación de urgencia;
Que, el Artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la Declaratoria de
Urgencia procede para garantizar la continuidad de los Ser-
vicios Esenciales, como es en el presente caso;
Dicha situación faculta a la Municipalidad a la adquisi-
ción o contratación de los servicios por el tiempo necesario
para llevar a cabo el proceso de selección que correspon-
da, la misma que debe ser declarada conforme al Artículo
20º y el literal c) del Artículo 19º de la citada norma, acorde
con lo señalado en el Informe Nº 225-2002-MPL/OAL por la
Oficina de Asesoría Legal;
Que, es necesaria la Declaratoria de Urgencia del Ser-
vicio de Recolección, Transporte y Disposición Final de
Residuos Sólidos y se apruebe la exoneración del referido
proceso de selección (Adjudicación de Menor Cuantía) por
el período comprendido entre el 1 de junio del 2002 al 31
de julio del 2002, lo cual representaría un valor referencial
de S/. 217,816.00 (DOSCIENTOS DIECISIETE MIL OCHO-
CIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 NUEVOS SOLES), siendo
la fuente de financiamiento, los recursos directamente re-
caudados;
En uso de las facultades conferidas en los Artículos 36º
y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853,
el Concejo por votación UNÁNIME y con dispensa del trá-
mite de aprobación del Acta emitió el siguiente:
ACUERDO
Artículo Primero.- Declarar en situación de URGENCIA,
el Servicio de Recolección, Transporte y Disposición Final
de Residuos Sólidos hasta por el período de sesenta (60)
días a partir del 1 de junio del 2002 y exonerar de Concurso
Público para la Contratación del Servicio de Recolección,
Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos del dis-
trito de Pueblo Libre, según los considerandos expuestos,
por el mismo período, siendo el valor referencial de S/.
217,816.00 (DOSCIENTOS DIECISIETE MIL OCHOCIEN-
TOS DIECISÉIS Y 00/100 NUEVOS SOLES), siendo la fuen-
te de financiamiento, los recursos directamente recauda-
dos.
Artículo Segundo.- Autorizar conforme a lo señalado
en el Artículo 116º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM,
a la Dirección Municipal y a la Dirección de Administración,
efectuar el Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía para
la contratación del Servicio de Recolección, Transporte y
Disposición Final de Residuos Sólidos en el distrito de Pue-
blo Libre, hasta por el período y los montos señalados en el
artículo precedente.
Artículo Tercero.- Disponer que el Director de la Ofi-
cina de Administración, remita copia del presente Acuer-
do y del informe que lo sustenta a la Contraloría General
de la República, dentro de los 10 días calendario, siguien-
tes a la fecha de aprobación del mismo, conforme lo dis-
pone el Artículo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-
PCM.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Secretaría
General y del Concejo y a la Oficina de Administración, la
publicación del presente Acuerdo de Concejo.
Artículo Quinto.- Disponer que la Dirección Municipal
y la Oficina de Administración den cuenta al Concejo, infor-
mando acerca del servicio prestado por la empresa a con-
tratar por el período de la señalada Urgencia, así como el
cumplimiento del presente.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
ÁNGEL M. TACCHINO D.
Alcalde
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MUNICIPALIDAD DE
SAN JUAN DE MIRAFLORES
Prorrogan vigencia de Ordenanza sobre
Beneficio de Regularización Tributaria
Extraordinaria Especial "Cuenta Cero"
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 03-2002
San Juan de Miraflores, 21 de marzo del 2002
EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de San Juan de Miraflores, en Se-
sión Extraordinaria de la fecha, y con dispensa del trámite
de aprobación del Acta;
CONSIDERANDO:
Que, el primer párrafo del Art. 191º de la Constitución
Política del Perú, establece que las Municipalidades son
órganos de Gobierno Local con Autonomía Política, Econó-
mica y Administrativa; así mismo, se atribuye a los Conce-
jos Municipales las funciones normativas, las mismas que
de acuerdo al Art. 109º de la Ley Orgánica de Municipalida-
des se ejercen mediante Ordenanzas, Edictos y Acuerdos;
Que, de acuerdo al Informe de la Dirección de Rentas
se muestra gran índice de evasión tributaria, por lo que se
hace necesario continuar con medidas correspondientes
para la recuperación de ingresos; que consciente de la si-
tuación económica actual, es política del Concejo Munici-
pal establecer medidas y facilidades extraordinarias que
faciliten el cumplimiento de las obligaciones tributarias por
parte de los Contribuyentes en el distrito;
Que, con fecha 28 de noviembre se ha emitido la Ordenan-
za Municipal Nº 011-2001, la misma que mediante Ordenanza
Nº 01-2002 fue prorrogada hasta el 28 de febrero de 2002, la
misma que debe prorrogarse hasta el 30 de abril de 2002;
Estando a lo expuesto y de conformidad con los Artí-
culos 47º incisos 2) y 3), 109º y 110º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 23853 y de conformidad con lo estable-
cido en el Art. 41º del Texto Único Ordenado del Código
Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y
modificatorias, y la Ley de Tributación Municipal aprobado
por el Decreto Legislativo Nº 776; y a las facultades esta-
blecidas en los Artículos 47º Incs. 2) y 3), 109º y 110º de la
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con el voto
Mayoritario del Pleno se adoptó la siguiente:
PRÓRROGA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 011-2001 DE FECHA 28 DE
NOVIEMBRE DEL 2001
Artículo Primero.- PRORRÓGUESE la vigencia de la
Ordenanza Municipal Nº 011, de fecha 28 de noviembre del
2001, sobre BENEFICIO DE REGULARIZACIÓN TRIBUTA-
RIA EXTRAORDINARIA ESPECIAL "CUENTA CERO", in-
cluyendo el año 2001.
Artículo Segundo.- El plazo de la prórroga es a partir
del 28 de febrero al 30 de abril de 2002.
Artículo Tercero.- FACÚLTESE al Sr. ALCALDE, para
que dicte las disposiciones complementarias para la mejor
aplicación de la presente Ordenanza.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ADOLFO OCAMPO VARGAS
Alcalde
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