ORDENANZA N° 236-2012/GRP-CR - Regulan el proceso del Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados correspondiente al Año Fiscal 2013

Fecha de disposición17 Mayo 2012
Fecha de publicación17 Mayo 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 17 de mayo de 2012 466333
GOBIERNO REGIONAL
DE PIURA
Regulan el proceso del Presupuesto
Participativo Regional Basado en
Resultados correspondiente al Año
Fiscal 2013
ORDENANZA REGIONAL
Nº 236-2012/GRP-CR
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL
PIURA
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, modif‌i cada por la
Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo
XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley Nº 28607,
en su artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales
tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia; y en su artículo 192º inciso
1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes
para aprobar su organización interna y su presupuesto;
Que, la autonomía política de los Gobiernos
Regionales, se def‌i ne como la facultad de adoptar y
concordar las políticas, planes y normas en los asuntos
de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir
a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las
funciones que le son inherentes, conforme lo establece
el inciso 9.1 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la
Descentralización;
Que, de acuerdo con el inciso m) del artículo 10º
de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos
Regionales, es competencia exclusiva del Gobierno
Regional, de acuerdo al artículo 35º de la Ley de Bases
de la Descentralización, dictar las normas sobre los
asuntos y materias de su responsabilidad y proponer
las iniciativas legislativas correspondientes, planif‌i car el
desarrollo integral de la región y ejecutar los programas
socioeconómicos correspondientes, en armonía con el
Plan Nacional de Desarrollo;
Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto
Participativo y sus modif‌i catorias Ley Nº 29298, en su
artículo 1º def‌i ne el Proceso del Presupuesto Participativo
como un “mecanismo de asignación equitativa, racional,
ef‌i ciente, ef‌i caz y transparente de los recursos públicos,
que fortalece la relación Estado – Sociedad Civil”; asimismo
en su artículo 4º, establece las instancias del presupuesto
participativo, quienes deben formular su presupuesto
respetando el marco de competencias establecido en la
Constitución Política del Perú y en las correspondientes
leyes orgánicas, considerando para tal efecto, criterios
de alcance, cobertura de población, así como montos de
ejecución o envergadura;
Que, mediante Ley Nº 29298, publicada en el Diario
Of‌i cial El Peruano el 17 de diciembre de 2008, se modif‌i can
los artículos , , y de la Ley Nº 28056 – Ley Marco
del Presupuesto Participativo, estableciéndose las fases
del proceso participativo, señalando que la adecuación
de fases y actividades que se requieran para el mejor
cumplimiento del proceso, considerando la realidad
territorial, serán reguladas por Ordenanza, siendo los
Titulares de Pliego los responsables de llevar adelante las
distintas fases del proceso, conforme a los mecanismos
que establece la Ley, su reglamento y directivas emitidos
para dichos f‌i nes;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010-
EF/76.01, de fecha 12 de abril de 2010, se aprueba el
Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 denominado “Instructivo
para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados”,
en el cual se establecen mecanismos y pautas para el
desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en
los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales. Dicho
proceso debe estar orientado a resultados con la f‌i nalidad
que los proyectos de inversión estén claramente articulados
a productos y resultados específ‌i cos que la población
necesite, particularmente en aquellas dimensiones que
se consideran más prioritarias para el desarrollo regional,
evitando, de este modo inef‌i ciencias en la asignación de
los recursos públicos;
Que, en Sesión Ordinaria Nº 01-2012 del Consejo
de Coordinación Regional (CCR) con fecha 16 de abril
2012, se aprobó dar inicio al Proceso del Presupuesto
Participativo Regional Basado en Resultados (PPR BR)
correspondiente al año 2013, el mismo que es concordante
con el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01- Instructivo
para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado
en Resultados y el Reglamento del Proceso aprobado
mediante Ordenanza Regional Nº 207-2011/GRP-CR; que
regula el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en
Resultados;
Que, conforme a las fases del proceso, el Equipo
Técnico de la Sub Gerencia Regional de Planeamiento,
Programación e Inversión ha elaborado la Metodología
del Proceso basada en: el Enfoque de Reducción de
Brechas; mayor participación ciudadana y fortaleciendo
la coordinación entre Niveles de Gobierno; mayor
rigurosidad en la propuesta técnica; Visión de
Largo Plazo; y Acuerdos y Compromisos Tangibles;
habiéndose propuesto además, el Cronograma de
Actividades para su desarrollo; de igual forma, se
ha recogido las recomendaciones efectuadas por los
miembros del CCR en la indicada Sesión, quienes
consideran importante el criterio de Estimación de
Brechas focalizando en zonas de pobreza y pobreza
extrema para la priorización de proyectos;
Que, mediante Informe Nº 024-2012/GRP-410000,
del 18 de abril del año 2012, la Gerencia Regional
de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial, recomienda dar inicio of‌i cialmente al Proceso del
Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados
del Año Fiscal 2013;
Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad,
en Sesión Ordinaria Nº 04-2012, de fecha 25 de abril del
2012, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del
Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura
en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la
Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los
Gobiernos Regionales;
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ORDENANZA QUE REGULA EL PROCESO DEL
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO REGIONAL BASADO
EN RESULTADOS CORRESPONDIENTE AL AÑO
FISCAL 2013
Artículo Primero.- Dar inicio al Proceso del
Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados,
correspondiente al Año Fiscal 2013 del Gobierno Regional
de Piura, con la Sesión Ordinaria Nº 01-2012 del Consejo
de Coordinación Regional.
Artículo Segundo.- Aprobar la Metodología del
Proceso, basada en el enfoque de reducción de brechas
sociales: a) Desnutrición Infantil, b) Servicios de Salud
básica, c) Servicios de Educación Básica, d) Servicios
de Saneamiento, e) Conectividad vial, f) Agricultura;
fortaleciendo la coordinación entre Niveles de Gobierno;
mayor rigurosidad en la propuesta técnica; visión de largo
plazo; y, Acuerdos y Compromisos Tangibles a través de
posibles f‌i rmas de convenios de cof‌i nanciamiento y/o
coejecución.
Artículo Tercero.- Aprobar el Cronograma del
Proceso del Presupuesto Participativo Regional Basado
en Resultados para el Año Fiscal 2013, el cual forma parte
de la presente Ordenanza Regional y deberá ser publicado
en la página web del Gobierno Regional Piura (www.
regionpiura.gob.pe).
Artículo Cuarto.- El Equipo Técnico, tiene la
responsabilidad de la preparación y suministro de la
información, de la evaluación técnica, asesoría y apoyo
permanente al proceso de planeamiento; y estará
conformado por: el Gerente Regional de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, quien lo
preside; el Sub Gerente Regional de Planeamiento,
Programación e Inversión, así como ocho (08)
profesionales de dicha Sub Gerencia; el Sub Gerente de
Presupuesto, Crédito y Tributación, el Jefe de la Of‌i cina
de Programación e Inversiones, Director Sub Regional de
Programación y Presupuesto de la Gerencia Sub Regional
Luciano Castillo Colonna, y Director Sub Regional de
Programación y Presupuesto de la Gerencia Sub Regional
Morropón Huancabamba.
Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el
Diario Of‌i cial El Peruano.

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