ORDENANZA Nº 008-2009/MDPN - Regulan la autorización de construcción de cercos de predios baldíos y obras menores

Fecha de disposición16 Octubre 2009
Fecha de publicación16 Octubre 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 16 de octubre de 2009
404628
CONSIDERANDO:
Que, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública Nº 27806, modif‌i cada por la Ley Nº 27927, tiene
por f‌i nalidad promover la transparencia de los actos del
Estado y regular el derecho fundamental de acceso a la
información consagrado en el numeral 5) del artículo de
Que, el artículo 5º de la citada ley establece que
las entidades públicas deberán identif‌i car al funcionario
responsable de la elaboración de los portales de Internet;
Que, la designación que se efectúa no exime a las
áreas que produzcan o posean la información materia de
publicación en el Portal Institucional, de su responsabilidad
de proporcionarla en la forma y condiciones que hagan
posible el cumplimiento de la Ley;
Estando a lo dispuesto en el numeral 6) el artículo 20º
RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR al señor RUFINO
AUGUSTO MENDOZA BARRERA – Director de la
Of‌i cina de Informática de la Municipalidad de Pueblo
Libre como funcionario responsable de elaborar y
actualizar el Portal de Transparencia de conformidad
con lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Nº 27806
modif‌i cada por Ley Nº 27927.
Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de
la presente Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano y
en la misma fecha en que se realice ésta, en el Portal
Institucional de la Municipalidad de Pueblo Libre (www.
muniplibre.gob.pe).
Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución
de Alcaldía Nº 066-2009-MPL de fecha 05 de marzo de
2009.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
RAFAEL SANTOS NORMAND
Alcalde
409625-1
MUNICIPALIDAD DE
PUNTA NEGRA
Regulan la autorización de construcción
de cercos de predios baldíos y obras
menores
ORDENANZA Nº 008-2009/MDPN
Punta Negra, 17 de setiembre del 2009
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha,
el Informe Nº 614-2009-GDU/MDPN, de la Gerencia de
Desarrollo Urbano, solicitando que mediante Ordenanza
regule la Autorización de Construcción de Cercos de los
Predios Baldíos y Obras Menores.
CONSIDERANDO:
27972 y la Constitución Política del Perú, regulan que
los gobiernos locales gozan de autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia.
Que, existe un gran porcentaje de predios en el
distrito que no cuentan con los documentos de propiedad,
Inscripción en Registros Públicos, y cuya situación actual
es sin regularizar y/o en vías de regularización.
Que, las obras menores y construcción de cercos,
son construcciones de menor envergadura, que ameritan
simplif‌i cación de procedimientos y costos.
Que, existe un alto porcentaje de predios en situación
de terrenos baldíos y obras menores, debido a la falta
de documentos de propiedad, a los trámites extensos
y complicados y de los derechos a tramitar; siendo
requisitos indispensables para la obtención de Licencias
de Construcción, presentación de la Copia Literal de
Dominio de acuerdo a la Ley 29090.
Que, según el Art. 34º de la Ley 29090, las
Municipalidades, para incentivar la formalización de
la propiedad predial en sus jurisdicciones o con f‌i nes
de incentivar el desarrollo inmobiliario, podrán reducir,
exonerar o fraccionar el pago de los derechos establecidos,
en aplicación de lo establecido en el Art. 9, numeral 9 de la
Que, la “Ordenanza de Regularización de Autorización
de Construcción de Cercos de los Predios Baldíos y Obras
Menores”, conllevará:
a) Simplif‌i car el trámite para obras menores y
construcción de cercos.
b) Regula el procedimiento para casos de predios que
no cuentan con Copia Literal inscrito y una vez obtenida la
Copia Literal correspondiente podrá ser regularizada con
la Licencia de Construcción respectiva.
c) Disminuye costos, implementando un pago único
por todo el procedimiento.
Que, según el Art. 40º de la Ley 27972 regula que
mediante Ordenanza se crean, modif‌i can, suprimen o
exoneran, Licencias, Derechos y Contribuciones, dentro
de los límites establecidos por Ley.
Que, en uso de las facultades conferidas por
la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de
Municipalidades 27972 y el Informe Nº 190-2009-GAJ-
MDPN, el Concejo Municipal con la dispensa de lectura y
aprobación del acta, aprobó por unanimidad, según actas
expidió la siguiente Ordenanza:
ORDENANZA QUE REGULA LA AUTORIZACIÓN
DE CONSTRUCCIÓN DEL CERCADO DE PREDIOS
BALDÍOS Y OBRAS MENORES
Artículo Primero.- APROBAR, la Ordenanza que
regula la Autorización de Construcción de Cercos de
Predios Baldíos y Obras Menores según sus alcances,
Generalidades, Procedimiento, Requisitos administrativos
y técnicos, Derechos, Impedimentos, Prohibiciones y
sanciones, vigencia constituidos por 10 Artículos y Primera
Disposición Final que corren como anexo, formando parte
de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- DISPONER, la vigencia de la
presente Ordenanza por 60 días hábiles, a partir de su
publicación.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, al Alcalde para que
mediante Decreto de Alcaldía lo reglamente y prorrogue
el plazo de la Ordenanza si fuera necesario.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a Secretaría General
disponga su publicación de la Ordenanza en el Diario
Of‌i cial El Peruano y en los medios de comunicación de
la Municipalidad.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
CARLOS S. LAZO RIOJAS
Alcalde
409347-1
Aprueban Ordenanza de regularización
de edificaciones sin licencia por
amnistía
Punta Negra, 17 de setiembre del 2009
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha,
el Informe Nº 596-2009-GDU/MDPN, de la Gerencia de
Desarrollo Urbano, solicitando que mediante Ordenanza
se apruebe la Regularización de Edif‌i caciones sin Licencia
por Amnistía.
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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