La regulación de los animales de compañía durante la pandemia

AutorBeatriz Franciskovic Ingunza
CargoProfesora de la Universidad Científica del Sur

  1. REGULACIÓN NACIONAL DE LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA DURANTE LA PANDEMIA

El 11 de marzo de 2020, el Director de la Organización Mundial de la Salud, Tedros Adhanom Chebreyeus declaró que el coronavirus Covid-19 pase de ser una epidemia a una pandemia a nivel mundial. Ese mismo día, mediante Decreto Supremo Nro. 008-2020-SA el Perú declaró por 90 días emergencia sanitaria a nivel nacional, dictándose medidas de prevención y control del Covid-19.

Recién el 15 de marzo, mediante Decreto Supremo Nro. 044-2020-PCM se declaró el estado de emergencia nacional y aislamiento social obligatorio, el mismo que entró en vigencia al día siguiente. Por Decreto Supremo Nro. 046-2020-PCM se dispuso la inmovilización obligatoria desde las 6.00 pm hasta las 5 am a nivel nacional.

Inmediatamente después, entre otras preguntas y cuestionamientos, los dueños de animales de compañía se preguntaban, sí sus perros o gatos podrían enfermarse y, si se les permitía salir o no a pasear con sus mascotas para que puedan hacer sus necesidades.

Esta inquietud se vio reflejada en las noticias periodísticas y televisivas así con la expedición de pautas dictadas por el gobierno como por entidades internacionales encargadas de la salud – Organismo Mundial de la Salud, Organización Panamericana de la Salud Centro Panamericano de Fiebre Aftosa y Salud Pública Veterinaria de la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud (PANAFTOSA-OPS/OMS) y Protección Animal Mundial (World Animal Protection) así como por la OIE (Oficina Internacional de Epizootias) Organización Mundial de Sanidad Animal de carácter intergubernamental.

El día 05 de abril de 2020, apareció publicado en el portal del Gobierno Peruano – Ministerio del Ambiente recomendaciones en favor de los animales de compañía, textualmente se establecieron pautas “para atender sus necesidades diarias y urgencias por motivos de salud, durante el periodo de aislamiento social obligatorio” (Plataforma Digital Única del Estado Peruano, 2020)1

El 16 de agosto de 2020, con el retorno de los domingos de inmovilización social obligatoria, el Ministerio del Interior señaló que “Todas las personas que tengan mascotas que necesiten salir a hacer sus necesidades podrán hacerlo siempre y cuando sea cerca de casa y por un tiempo corto. No está especificada la distancia ni tampoco la cantidad de tiempo, pero se asume que la ciudadanía será prudente. El Ministerio del Interior también precisó que sólo podrá sacar a la mascota una sola persona y con mascarilla.” (Diario AS Perú , 2020)

No deja de sorprender que la atención, preocupación e interés por los perros o gatos u otros animales que el ser humano les tenga algún afecto especial viene aumentando y creciendo con el transcurso de los años. Este tema, hace unos diez años atrás, hubiese sido visto y tachado con algún tufo de ironía y...

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