101 005-2003-IN - Aprueban Reglamento de la Ley N° 27962 que regula el aspecto previsional del personal de la Sanidad de la PNP

Fecha de publicación02 Septiembre 2003
Fecha de disposición02 Septiembre 2003
Pág. 250653
NORMAS LEGALES
Lima, martes 2 de setiembre de 2003
Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento
de la presente resolución serán con cargo al Presupuesto
de la Unidad Ejecutora 003, Comisión de Promoción del
Perú - PromPerú, del Pliego 035 Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
Señora María Leticia González Mantilla
- Pasajes : US$ 1 834,22
- Viáticos : US$ 1 300,00
- Tarifa Corpac : US$ 28,00
Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario si-
guientes al término de la comisión de servicios, la funcio-
naria autorizada mediante el Artículo 1º, presentará al
Titular del Sector, un informe detallado sobre las accio-
nes realizadas y los logros obtenidos.
Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a
exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de
ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAÚL DIEZ CANSECO TERRY
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
16084
Autorizan viaje de funcionarias de
PROMPERÚ para participar en el "II
Encuentro Turístico Sudamericano -
Venezuela"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 331-2003-MINCETUR/DM
Lima, 1 de setiembre de 2003
Vista la Carta Nº C.696.2003/PP.GG de la Gerencia
General de la Comisión de Promoción del Perú - Prom-
Perú;
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú -PromPerú-
ha organizado la participación del Perú en el "II Encuen-
tro Turístico Sudamericano - Venezuela", la misma que
se realizará en la ciudad de Caracas, Venezuela, del 4 al
7 de setiembre del 2003;
Que, en el referido encuentro se promocionarán los des-
tinos turísticos que tiene el Perú, lo cual resulta concordan-
te con la función de PromPerú, orientada a realizar accio-
nes de promoción del Perú en el mercado venezolano;
Que, resulta necesario autorizar la participación de
funcionarias de PromPerú en el mencionado encuentro
sudamericano quienes tendrán a su cargo la exposición
del Producto Turístico Peruano, la coordinación con las
autoridades sudamericanas de turismo, la coordinación
de labores de logística, la atención del stand durante el
desarrollo de la feria, la atención a los medios de prensa
en el stand del Perú y la realización de levantamiento de
información de los profesionales turísticos y participantes;
De conformidad con lo dispuesto por las Leyes
Nºs. 27790, 27879, 27619, el Decreto de Urgencia
Nº 017-2003 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Magali
Ortigosa Quimper, Gerente de Turismo Receptivo y de la
señora Ibeth Acuña Escobar, funcionaria de PromPerú, a
la ciudad de Caracas, Venezuela, por el período del 2 al 8
de setiembre del 2003.
Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento
de la presente Resolución serán con cargo del Presupuesto
de la Unidad Ejecutora 003, Comisión de Promoción del
Perú - PromPerú, del Pliego 035 Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
Señora Magali Ortigosa Quimper
- Pasajes : US$ 363,43
- Viáticos : US$ 1 400,00
- Tarifa Corpac : US$ 28,00
Señora Ibeth Acuña Escobar
- Pasajes : US$ 363,43
- Viáticos : US$ 1 400,00
- Tarifa Corpac : US$ 28,00
Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario si-
guientes al término de la comisión de servicios, las fun-
cionarias autorizadas mediante el Artículo 1º, presentarán
al Titular del Sector, un informe detallado sobre las ac-
ciones realizadas y los logros obtenidos.
Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a
exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de
ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAÚL DIEZ CANSECO TERRY
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
16241
INTERIOR
Aprueban Reglamento de la Ley Nº 27962
que regula el aspecto previsional del per-
sonal de la Sanidad de la PNP
DECRETO SUPREMO
Nº 005-2003-IN
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 27962 regula el aspecto previsional del
personal de la Sanidad de la Policía Nacional del Perú
comprendido en los alcances del artículo 62º de la Ley
Nº 25066, estableciendo en su Tercera Disposición
Transitoria y Final que el Poder Ejecutivo la reglamentará
en un plazo máximo de sesenta días;
Que en el marco de la Ley Nº 27962, debe garantizar-
se el goce y ejercicio de los derechos del personal de la
Policía Nacional, en pro del mejoramiento de sus condi-
ciones de vida y trabajo; y,
De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del
Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo;
DECRETA:
Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de la Ley
Nº 27962, Ley que regula el Aspecto Previsional del Perso-
nal de la Sanidad de la Policía Nacional del Perú com-
prendido en el artículo 62º de la Ley Nº 25066, que con-
tenido en seis (6) Capítulos, catorce (14) Artículos, tres
(3) Disposiciones Complementarias y cinco (5) Disposi-
ciones Transitorias, forma parte integrante del presente
Decreto Supremo.
Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será re-
frendado por el Ministro del Interior.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti-
nueve días del mes de agosto del año dos mil tres.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
FERNANDO ROSPIGLIOSI C.
Ministro del Interior
REGLAMENTO DE LA LEY Nº 27962,
LEY QUE REGULA EL ASPECTO
PREVISIONAL DEL PERSONAL DE LA
SANIDAD DE LA POLICÍA NACIONAL
DEL PERÚ COMPRENDIDO EN EL
ARTÍCULO 62º DE LA LEY Nº 25066
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
Artículo 1º.- Cuando el presente Reglamento hace
mención a la Ley, se entiende referido a la Ley Nº 27962

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR