ORDENANZA Nº 038-2011-GR.CAJ-CR - Aprueban Reglamentos de Organización y Funciones ROF de las Unidades de Gestión Educativa Local Chota, Cutervo, Jaén y San Ignacio

Fecha de disposición05 Enero 2012
Fecha de publicación05 Enero 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 5 de enero de 2012
458630
Orgánica de las U.G.E.L. para el presente ejercicio f‌i scal
no implica incremento respecto al gasto corriente asignado
a la Unidad Ejecutora 300 Educación Cajamarca, de la
cual se transferirá los recursos correspondientes según
criterios de racionalidad a las unidades ejecutoras de
presupuesto, U.G.E.L. de: Chota, Cutervo, Jaén, San
Ignacio. Y que la implementación del nuevo C.A.P. de
estas U.G.E.L., será gradual, en la medida de la gestión
de nuevos recursos económicos ante el Ministerio de
Economía y Finanzas, y sobre la base de las acciones
de redistribución o racionalidad de los recursos con que
cuenta el pliego.
Cuarto: ENCARGAR a la Gerencia General Regional,
la publicación de la presente Ordenanza regional en el
diario of‌i cial “El Peruano” y en el portal del Gobierno
Regional Cajamarca (www.regioncajamarca.gob.pe).
Quinto:ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno
Regional Cajamarca la publicación del CAP en el Portal
Electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (www.
regioncajamarca.gob.pe), dentro de los 3 días calendarios
siguientes a la fecha de publicación en el Diario Of‌i cial
El Peruano; bajo responsabilidad de los funcionarios
designados conforme a la Ley de Transparencia y Acceso
a la Información Pública.
Sexto: La presente Ordenanza Regional entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial “El Peruano”.
Sétimo: Dejar sin efecto las disposiciones que se
opongan a la presente Ordenanza.
Por tanto:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la sede Institucional del Gobierno Regional
Cajamarca, a los catorce días del mes de diciembre del
año dos mil once.
GREGORIO SANTOS GUERRERO
Presidente Regional
736166-1
Aprueban Reglamentos de Organización
y Funciones ROF de las Unidades
de Gestión Educativa Local Chota,
Cutervo, Jaén y San Ignacio
ORDENANZA REGIONAL
Nº 038-2011-GR.CAJ-CR
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
CAJAMARCA
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL CAJAMARCA
Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado en el artículo
191°, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867,
los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular,
son personas jurídicas de derecho público, con autonomía
política, económica y administrativa en asuntos de su
competencia;
Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la
Descentralización, en su artículo 8° precisa que la
autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del
Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y
administrar los asuntos públicos de su competencia;
Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, en el artículo 15º literal a) señala que es
una atribución del Consejo Regional, aprobar, modif‌i car
o derogar las normas que regulen o reglamenten los
asuntos y materias de competencia y funciones del
Gobierno Regional, en el artículo 38º señala que las
Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter
general, la organización y la administración del Gobierno
Regional y reglamentan materias de su competencia
(…); y, en el artículo 45° literal a) segundo párrafo señala
los Gobiernos Regionales def‌i nen, norman, dirigen y
gestionan sus políticas regionales y ejercen sus funciones
generales y específ‌i cas en concordancia con las políticas
nacionales y sectoriales (…); y, en el literal b) numeral 1.
establece que las funciones generales de los Gobiernos
Regionales se ejercerán con sujeción al ordenamiento
jurídico establecido por la Constitución Política del Perú,
la República, elaborando y aprobando normas de alcance
regional y regulando los servicios de su competencia;
Que, la Ley General de Educación N° 28044, en su
artículo 73°, def‌i ne a la Unidad de Gestión Educativa
Local como: “La Unidad de Gestión Educativa Local es
una instancia de ejecución descentralizada del Gobierno
Regional con autonomía en el ámbito de su competencia.
Su jurisdicción territorial es la provincia, (...).”;
Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2006-
PCM, se aprueba los Lineamientos para la elaboración
y aprobación del Reglamento de Organización y
Funciones - R.O.F. por parte de las entidades de la
Administración Pública, en el artículo 7º - Órgano
responsable de la formulación de los documentos de
gestión institucional - señala que la conducción del
proceso de elaboración y formulación del R.O.F. de las
entidades estará a cargo del órgano responsable de
las funciones de planeamiento, racionalización o quien
haga sus veces, y en el artículo 29° (del Informe Técnico
Sustentatorio), establece que “La aprobación del R.O.F.
deberá ampararse en un Informe Técnico Sustentatorio
y en un Informe Previo,...”. En el artículo 34° (De la
aprobación del R.O.F.), prescribe que la aprobación del
R.O.F. de las entidades se realizará para el caso de
Gobiernos Regionales mediante Ordenanza Regional.
Y, en el artículo 35°, de la publicación de R.O.F., señala
que “Las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos
Regionales y las Municipalidades provinciales deberán
cumplir con publicar el dispositivo legal aprobatorio, el
texto íntegro de su R.O.F. y el organigrama institucional
en el Diario Of‌i cial El Peruano. La publicación del R.O.F.
deberá realizarse también en el portal electrónico de las
entidades dentro de los 5 días calendarios siguientes a
la fecha de publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano;
bajo responsabilidad de los funcionarios designados
conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, (...). “;
Que, mediante Dictamen Nº 065-2011-GR.CAJ-
CR/COAJ-COP-CODESO, evacuado por la Comisión
Ordinaria de Asuntos Jurídicos, Planeamiento y Desarrollo
Social, de fecha 06 de diciembre del año 2011, se emite
opinión favorable para la aprobación del Proyecto de
Ordenanza Regional que Aprueba el Reglamento de
Organización y Funciones R.O.F. de la Unidad de Gestión
Educativa Local Chota, Cutervo, Jaén y San Ignacio, por
los argumentos que se exponen en los considerandos
precedentes;
Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo
Regional del Gobierno Regional Cajamarca en su
Sesión Ordinaria de fecha 14 de diciembre del año
2011; y a las atribuciones conferidas por la Ley de
Bases de la Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por
las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053;
Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional
Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional
Nº 010-2011-GRCAJ-CR, por mayoría el Pleno aprobó
la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL
Primero: APROBAR el Reglamento de Organización
y Funciones R.O.F. de la Unidad de Gestión Educativa
Local Chota, en treinta (30) folios, Unidad de Gestión
Educativa Local Cutervo, en diecisiete (17) folios, Unidad
de Gestión Educativa Local Jaén, en diecisiete (17) folios
y la Unidad de Gestión Educativa Local San Ignacio,
en diecisiete (17) folios. Los mismos que constan de:
Introducción, siete (7) títulos, veintinueve (29) artículos y
el organigrama estructural correspondiente, los mismos
que debidamente visados, a folios noventa (90) forman
parte de la presente Ordenanza.

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