29 080-2006-PRE/CONADIS - Aprueban Reglamento del Registro Nacional de la Persona con Discapacidad

Fecha de disposición12 Junio 2006
Fecha de publicación12 Junio 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
lunes 12 de junio de 2006 321359
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labora en cualquier unidad orgánica de la DIRSAN PNP,
no pueden ni deben ser contratados bajo ninguna
modalidad con recursos del FOSPOLI.
b. El personal que labora en cualquier unidad orgánica
del Ministerio del Interior, sus parientes dentro del cuarto
grado de consanguinidad o segundo de afinidad y las
personas jurídicas de derecho privado de las que forman
parte como propietarios, accionistas o funcionarios están
impedidos de realizar operaciones comerciales y de
celebrar contratos directa o indirectamente con el FOSPOLI.
Los contratos y demás actos realizados contraviniendo
lo dispuesto en la presente cláusula y en la anterior
disposición son nulos, sin perjuicio de las responsabilidades
administrativas, civiles o penales a que hubiera lugar.
Tercera.- Atenciones de Emergencia
En caso de atenciones de emergencia (enfermedad
o accidente) con el fin de cautelar los recursos del
FOSPOLI se tendrá en cuenta lo siguiente:
a. Cuando se trate de un beneficiario que tenga cobertura
por un seguro de salud público o privado que haya requerido
una atención médica de emergencia, los gastos realizados
deberán ser cubiertos por la entidad aseguradora.
b. Cuando se trate de un beneficiario que haya sufrido un
accidente producido por un tercero los gastos serán cubiertos
por éste o por la entidad aseguradora del mismo, si la tuviere.
c. Si se tratara de un paciente no beneficiario del
FOSPOLI que no cuente con seguro de salud público o
privado, los gastos serán cubiertos por el paciente,
acompañante o familiar.
d. Si se tratara de un paciente no beneficiario del
FOSPOLI que cuente con seguro de salud público ó privado,
los gastos serán cubiertos por la entidad aseguradora.
e. Para todos los casos anteriores (a, b, c y d) los
gastos se ejecutarán a su valor comercial.
f. De acuerdo a la Ley de Emergencia si se usaran los
recursos del FOSPOLI en pacientes indigentes
debidamente certificados por el servicio social de la unidad
asistencial, el Directorio decidirá la liquidación de los mismos.
Cuarta.- Plan Anual de Adquisiciones y
Contrataciones y el Presupuesto Anual
En el mes de noviembre de cada año, la Dirección
Ejecutiva de Administración de los Servicios de Salud de la
DIRSAN PNP, a través del Departamento correspondiente
presentará ante el Directorio del FOSPOLI, el Plan Anual
de Adquisiciones y Contrataciones y el Presupuesto del
año siguiente para su aprobación. Previamente todas las
Unidades de la DIRSAN PNP presentarán ante dicha
Dirección Ejecutiva su cuadro de requerimientos para su
aprobación y consolidación.
Quinta.- Recupero de gastos institucionales
La DIRSAN PNP directamente o través de la PNP, podrá
constituirse en Parte Civil, a través de la Procuraduría
Especializada a cargo de los Asuntos Judiciales relativos a
la Policía Nacional del Perú en los casos pertinentes, cuando
a consecuencia de accidentes de tránsito u otras
eventualidades hayan motivado que un beneficiario del
FOSPOLI use los servicios del Fondo en la recuperación
integral de su salud, procurando recuperar los gastos
institucionales por culpa de terceros.
Sexta.- Directivas complementarias
Los aspectos no considerados en el presente
Reglamento, serán contemplados y de ser necesario
normados por Directivas emanadas por la DIRSAN PNP.
Séptima.- Derogación
Deróguese todos los dispositivos legales que se
opongan al presente Reglamento.
Octava.- Presidencia Transitoria
Durante la vigencia de la declaratoria de Emergencia
establecida mediante Decreto Supremo Nº 003-2006-IN
del 29 de marzo de 2006, el Director de Sanidad no será
Presidente del Directorio, ni miembro del mismo. Durante
este tiempo, la presidencia del Directorio de FOSPOLI
será asumida por el representante de la Alta Dirección
del Ministerio del Interior.
Novena.- Vigencia
El presente Reglamento entrará en vigencia al día
siguiente de su publicación.
Artículo 2º.- Quedan derogadas todas las normas
que se opongan a la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RÓMULO PIZARRO TOMASIO
Ministro del Interior
10346
MIMDES
Encargan funciones de Jefe Zonal
Huánuco de la Unidad Gerencial de
Articulación Territorial y Seguridad
Alimentaria y Nutricional del PRONAA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 408-2006-MIMDES
Lima, 9 de junio de 2006
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Ministerial Nº 480-2005-MIMDES
de fecha 7 de julio de 2005, entre otros, se designó a
partir del 1 de julio de 2005, al Licenciado JOSE LUIS
GARCIA CARDICH, en el cargo de Jefe del Equipo Zonal
de Huánuco de la Unidad Gerencial de Articulación
Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional del
Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA,
del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES,
cargo público de confianza al cual ha formulado renuncia;
Que, es necesario aceptar la citada renuncia, así
como encargar las funciones del referido cargo;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594,
en la Ley Nº 27793, en el Reglamento de Organización y
Funciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo
Nº 011-2004-MIMDES;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el
Licenciado JOSE LUIS GARCIA CARDICH al cargo de
Jefe del Equipo Zonal de Huánuco de la Unidad Gerencial
de Articulación Territorial y Seguridad Alimentaria y
Nutricional del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria
- PRONAA, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social -
MIMDES, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2º.- Encargar al CPC JOSE LOZANO
VARGAS, administrador del Equipo Zonal de Huánuco,
las funciones de Jefe Zonal Huánuco de la Unidad
Gerencial de Articulación Territorial y Seguridad
Alimentaria y Nutricional del Programa Nacional de
Asistencia Alimentaria - PRONAA, del Ministerio de la
Mujer y Desarrollo Social - MIMDES.
Artículo 3º.- El citado profesional al término de la
encargatura retornará a la plaza de la que es titular en el
Cuadro de Asignación de Personal - C.A.P., en el Programa
Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA del MIMDES.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L.
Ministra de la Mujer y Desarrollo Social
10302
Aprueban Reglamento del Registro
Nacional de la Persona con Discapacidad
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº 080-2006-PRE/CONADIS
Lima, 7 de junio del 2006
Visto, el Informe Nº 002-2006-COMREG/CONADIS,
de fecha 8 de junio del 2006, del Comité Especial
encargado de la revisión y evaluación de la Resolución
de Presidencia Nº 004-2000-P/CONADIS - Reglamento
del Registro Nacional de las Personas con Discapacidad.

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