Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio

Fecha de publicación06 Noviembre 1998
Fecha de disposición06 Noviembre 1998
NORMAS LEGALES
Director: Enrique Sánchez Hernani
Lima, viernes 6 de noviembre de 1998 AÑO XVI
-
N”
6708
http://www.editoraperu.com.pe
Pág. 165459
PRUMUDEH,
Aprueban el Reglamento de Organiza-
ción y Funciones del Ministerio
DECRETO SUPREMO
N”
01%SS-PROMUDEH
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Supremo
N”
OOl-97-PROMU-
DEH, se aprobó el Reglamento de Organización y Funcio-
nes del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo
Humano, con el objetivo de determinar la naturaleza,
funciones, estructura y competencia de los Organos y Orga-
nismos Públicos Descentralizados
del Ministerio de
Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano
-
PROMUDEH\
Que el
Mmisterio
de Promoción de la Mujer y del
Desarrollo Humano, tiene como misión promover el desa-
rrollo de la mujer y la familia, así como las actividades que
favorezcan el desarrollo humano de la población y la aten-
ción prioritaria de los menores en riesgo;
Que dentro del contexto del considerando precedente
resulta necesario modificar el actual Reglamento de Orga-
nización y Funciones del Ministerio de Promoción de la
Mujer y del Desarrollo Humano, con la finalidad de adecuar
las funciones que cumple dentro de los lineamientos y
procesos de modernización integral, que viene ejecutando a
través de los Programas Nacionales de Alfabetización
y
Wawa Wasi, y la creación de la Oficina de Cooperación
Internacional encargada de evaluar los proyectos de ayuda
internacional, así como de la Secretaria Técnica de Asuntos
Indígenas encargada del monitoreo de la políticas para el
desarrollo de la población que permitan mejorar la gestión
pública que
vime
cumpliendo;
De conformidad con lo prescrito en el inciso
8)
del
Artículo 118” de la Constitución Política del Pení y el inciso
2) del Articulo 3” del Decreto Legislativo
N”
560, Ley del
Poder Ejecutivo;
y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo
la.-
Aprobar el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del
Desarrollo Humano
-
PROMUDEH, el mismo que consta de
seis (6) Títulos, diez
(10)
Capítulos, cincuenta y siete
(57)
artículos, dos
(2)
Disposiciones Complementarias, y una
(1)
Disposición Final, cuyo texto forma parte integrante del
presente Decreto Supremo.
Artículo
2”.-
Dejar sin efecto el Decreto Supremo
N’
OOl-97-PROMUDEH,
y demás disposiciones que se opon-
gan al presente.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días
del mes de noviembre de mil novecientos noventa
y
ocho.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Presidente del Consejo de Ministros
MIRLAM
SCHENONE ORDINOLA
Ministra de Promoción de la Mujer
y Desarrollo Humano
REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y
FUNCIONES DEL MINISTERIO DE
PROMOCION DE LA MUJER Y DEL
DESARROLLO HUMANO
-
PROMUDEH
TITULO 1
DISPOSICIONES GENERALES
CONTENIDO
Artículo
19-
El presente Reglamento determina la
naturaleza, funciones, estructura y relaciones de los
Orga-
nos y Organismos Públicos Descentralizados del Ministerio
de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano
-
PROMUDEH.
ALCANCES
Artículo
2”.-
Las normas contenidas en este Reglamen-
to son de aplicación y cumplimiento obligatorio de todos los
Organos y Organismos Públicos Descentralizados del Mi-
nisterio, en el ámbito de su competencia.
TITULO II
DE LA
MISION,
OBJETIVOS,
AMBITO
Y
FUNCIONES GENERALES
MISION
Artículo
3”.-
El Ministerio de Promoción de la Mujer y
del Desarrollo Humano tiene como misión promover el
desarrollo de la mujer y la familia, así como promover las
actividades que favorezcan el desarrollo humano de la
población y la atención prioritaria a los menores de edad en
riesgo.
Artículo
4”.-
OBJETIVOS
a)
Promover para las mujeres, jóvenes, población indíge-
na, discapacitados y adultos mayores, en especial
aquéllos
en situación de riesgo o vulnerabilidad, la equidad en el
acceso a la ocupación, salud y educación;
b)
Afianzar el rol de la mujer
y
la familia en
la
sociedad,
así como en los programas orientados
a
su desarrollo y en la
lucha contra la extrema pobreza, a través de la incorpora-
ción de un enfoque de género;
c)
Formular
y
ejecutar políticas orientadas a promover,
prevenir, atender y rehabilitar
a
los menores de
edad
en
situación de riesgo o vulnerabilidad;
d)
Fomentar los valores cívicos y las normas de compor-
tamiento, acordes con los principios de la ética, la moral, la
solidaridad y la paz; así como el acceso a la información, la
cultura, la recreación
y
el deporte como medios de desarrollo
personal y colectivo.
AMBITO
Artículo
5”.-
Es competencia del Ministerio realizar
acciones orientadas a promover a la mujer y el desarrollo
humano enmarcados en un enfoque de género y desarrollo
participativo, en una estrategia selectiva de lucha contra la
extrema pobreza.
FUNCIONES
GENEWES
Artículo
6”.-
Las funciones generales del Ministerio
son:
a)
Formular, aprobar y evaluar las políticas del Sector;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR