1094 0104-2006-RE - Aprueban Reglamento del Centro Cultural Inca Garcilaso del Ministerio

Fecha de disposición26 Enero 2006
Fecha de publicación26 Enero 2006
Pág. 311039
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 26 de enero de 2006
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los
veinticinco días del mes de enero del año dos mil seis.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente del Consejo de Ministros
ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA
Ministro de Justicia
RÓMULO PIZARRO TOMASIO
Ministro del Interior
JAVIER SOTA NADAL
Ministro de Educación
01602
Constituyen Comisión encargada de
elaborar el Anteproyecto de la Ley del
Contrato de Seguros
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 024-2006-JUS
Lima, 24 de enero de 2006
VISTO:
El Oficio Nº 066 -2006-JUS/DVM remitido por el señor
Viceministro de Justicia; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el inciso
g) del artículo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica
del Sector Justicia, es función del Ministerio de Justicia
estudiar y proponer la dación y reforma de las normas
del ordenamiento jurídico nacional;
Que, asimismo, el Ministerio de Justicia, a través de
la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos, tiene a su
cargo la coordinación de las Comisiones elaboradoras,
reformadoras y revisoras de la legislación y códigos,
promoviendo su divulgación y debate público, según lo
establece el artículo 83º del Reglamento de Organización
y Funciones (ROF) del Ministerio de Justicia, aprobado
por Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS;
Que, resulta necesario elaborar el Anteproyecto de la
Ley del Contrato de Seguros, en la medida que dicho
instrumento jurídico se encuentra regulado únicamente por
los artículos 375º y 429º del Código de Comercio de 1902;
Que, a fin de realizar adecuadamente esta tarea,
resulta conveniente conformar una Comisión integrada
por especialistas en la materia;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, y los Artículos
2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del
Sector Justicia;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Constitúyase una Comisión
encargada de elaborar el Anteproyecto de la Ley del
Contrato de Seguros.
Artículo Segundo.- La Comisión a la que se refiere
el artículo anterior estará integrada por:
a) Un representante del Ministerio de Justicia, quien
la presidirá;
b) Un representante del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones;
c) Un representante del Instituto Nacional de Defensa
de la Competencia y de la Protección de la Propiedad
Intelectual - INDECOPI;
d) Un representante de la Superintendencia de Banca,
Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de
Pensiones -SBS;
e) Un representante de una Asociación de
Consumidores y Usuarios;
f) Un representante de la Defensoría del Asegurado;
g) Un representante de la Asociación Peruana de
Empresas de Seguros - APESEG; y
h) Un representante de la Asociación de Corredores
de Seguros del Perú -ACOSEP.
i) Un representante del Colegio de Abogados de Lima
vinculado con la materia.
Artículo Tercero.- La Comisión tendrá un plazo de noventa
(90) días hábiles a partir de su instalación para presentar al
Despacho Ministerial el trabajo encomendado.
Artículo Cuarto.- La Comisión deberá quedar instalada
en un plazo no mayor de ocho (8) días hábiles contados a
partir de la publicación de la presente Resolución.
Artículo Quinto.- La Secretaría Técnica de la referida
Comisión estará a cargo del representante de la
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras
Privadas de Fondos de Pensiones.
Artículo Sexto.- El Presidente de la Comisión dará
cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Ministerial
Nº 194-2005-JUS, a fin de tener actualizada la
información de los avances de la Comisión.
Artículo Sétimo.- La Comisión podrá invitar a otros
especialistas en la materia y, de ser el caso, a
representantes de instituciones públicas y privadas, a
efectos que participen en las sesiones o colaboren con
las funciones de la Comisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA
Ministro de Justicia
01490
RELACIONES EXTERIORES
Aprueban Reglamento del Centro
Cultural Inca Garcilaso del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0104-2006-RE
Lima, 24 de enero de 2006
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Supremo número 068-2005-
RE, de fecha 1 de septiembre del año 2005 se creó el
"Centro Cultural Inca Garcilaso", como Unidad Orgánica
dependiente de la Subsecretaría de Política Cultural
Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores;
Que en cumplimiento de lo señalado en el artículo
cuarto del Decreto Supremo número 068-2005-RE se
conformó mediante Resolución Ministerial número 1224/
RE, de fecha 8 de noviembre del 2005, la Comisión ad
hoc encargada de elaborar el Proyecto de Reglamento
del Centro Cultural Inca Garcilaso;
Que en cumplimiento de lo señalado en la Resolución
Ministerial 1224/RE, el día 9 de noviembre del año 2005
se instaló la Comisión Ad hoc con la finalidad de elaborar
el Proyecto de Reglamento del Centro Cultural Inca
Garcilaso, la que a través del acta correspondiente aprobó
el borrador de Reglamento; y,
Que con fecha 19 de diciembre del 2005, el Gabinete
del Ministro del Ministerio de Relaciones Exteriores
instruye incluir dentro del Proyecto del Reglamento del
Centro Cultural Inca Garcilaso las recomendaciones que
la Dirección General de Recursos Humanos ha
propuesto se consideren para dicho Proyecto;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento del Centro
Cultural Inca Garcilaso del Ministerio de Relaciones
Exteriores cuyo texto es el siguiente:
REGLAMENTO DE LA SEDE CENTRAL
DEL CENTRO CULTURAL INCA GARCILASO
DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
TÍTULO I
De su creación y fines
Artículo 1º.- El Centro Cultural Inca Garcilaso, fue
creado mediante Decreto Supremo Nº 068-2005-RE, de

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