1007 000007 - Reglamentan el procedimiento de verificación físico-técnica de obras públicas a incorporarse al patrimonio municipal

Fecha de disposición26 Mayo 2002
Fecha de publicación26 Mayo 2002
Pág. 223712
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 26 de mayo de 2002
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO
Reglamentan el procedimiento de verifi-
cación físico-técnica de obras públicas
a incorporarse al patrimonio municipal
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000007
Callao, 27 de marzo de 2002
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesión
de fecha 27 de marzo de 2002; aprobó la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGLAMENTA
EL PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN
FÍSICO - TÉCNICA DE LAS OBRAS PÚBLICAS
A INCORPORAR AL PATRIMONIO MUNICIPAL
I. ALCANCES
La presente Ordenanza norma el nivel de verificación
físico - técnica, del procedimiento de transferencia e in-
corporación al patrimonio de la Municipalidad Provincial
del Callao, de las obras públicas ejecutadas dentro de su
jurisdicción por organismos públicos y entidades priva-
das, indistintamente de su naturaleza jurídica.
II. DEL INICIO DEL PROCEDIMIENTO
El procedimiento que norma la presente Ordenanza
se inicia desde la presentación del correspondiente expe-
diente técnico a la Municipalidad. A tal efecto se deberá
cumplir con los siguientes requisitos:
1. Previo a la ejecución de una obra pública, las enti-
dades a que se alude en el ítem precedente, están obli-
gadas a presentar para su revisión los respectivos expe-
dientes técnicos a fin de obtener la autorización munici-
pal de ejecución de obra.
2. Los expedientes técnicos que se presenten debe-
rán aparejar la respectiva Resolución de aprobación de
su entidad de origen.
3. El pago o exoneración de los derechos administrati-
vos por concepto de autorización municipal de ejecución
de obra, se regirán por las leyes de la materia.
III. DOCUMENTOS REFERENTES A LA TRANS-
FERENCIA
Los documentos que se deberán adjuntar para el pro-
ceso de transferencia de obras a la Municipalidad Pro-
vincial del Callao serán los siguientes:
1. Ficha técnica de Evaluación y Transferencia.
2. Informe Integral de la Obra.
3. Acta de Verificación de la Obra.
4. Número de la Autorización Municipal o copia sim-
ple de la misma.
5. Memoria Descriptiva Valorizada.
6. Planos de Replanteo (si el caso lo amerita).
7. Acta de Recepción de la Obra.
8. Resolución de Aprobación de Liquidación de Obra.
9. Acta de Transferencia de la Obra.
10. Asientos de Traspaso.
11. Ficha Informativa Financiera.
12. Si fuera el caso Declaratoria de Fábrica.
IV. DE LA EVALUACIÓN FÍSICO-TÉCNICA
La Dirección General de Desarrollo Urbano evaluará
los expedientes de transferencia, remitiendo a la Direc-
ción General de Administración aquéllos que cuenten con
informe favorable.
De existir alguna observación, se notificará al organis-
mo o entidad para la correspondiente subsanación en un
plazo no mayor a 15 días útiles.
V. DE LA EVALUACIÓN CONTABLE
La Dirección General de Administración a través de la
Dirección de Contabilidad, realizará, con arreglo a la nor-
matividad vigente sobre la materia, la evaluación conta-
ble de las obras públicas que cuenten con informe favo-
rable de la Dirección General de Desarrollo Urbano.
Culminada la evaluación, de existir informe favorable
de la Dirección de Contabilidad, la Dirección General de
Administración elevará los expedientes a la Comisión de
Transferencia de Obras Públicas e Incorporación al Patri-
monio Municipal.
VI. DE LA COMISIÓN DE TRANSFERENCIA DE
OBRAS PÚBLICAS E INCORPORACIÓN AL PA-
TRIMONIO MUNICIPAL
Al inicio de cada año, por Resolución de Alcaldía, se
constituirá una Comisión a fin de formalizar, previo cum-
plimiento de los niveles físico - técnico y contable, la trans-
ferencia de las obras públicas materia de la presente Or-
denanza y su correspondiente incorporación al patrimo-
nio municipal.
La Comisión estará integrada por los Directores Ge-
nerales de Desarrollo Urbano, Asesoría Jurídica y Admi-
nistración, quienes podrán designar a sus representantes
ante la misma.
La entidad que transfiere la obra designará un repre-
sentante acreditado por Resolución de su titular.
Corresponde al Director General de Desarrollo Urba-
no o a quien lo represente, la Presidencia de la Comi-
sión.
VII. DE LA CULMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Con el acta de conformidad de transferencia suscrita
por los integrantes de la Comisión, se expedirá la Reso-
lución de Alcaldía que disponga la Transferencia de la
Obra Pública y su incorporación al Patrimonio Municipal.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.- Las entidades que se encuentren ejecutan-
do obras públicas a la fecha de vigencia de la presente
Ordenanza, quedan obligadas a gestionar su correspon-
diente autorización municipal de ejecución de obras pú-
blicas de conformidad con lo establecido en el ítem II en
un plazo de cinco días útiles.
En caso de incumplimiento se procederá a disponer a
través de la Dirección General de Desarrollo Urbano, la
paralización de la obra.
A tal efecto la Dirección General de Desarrollo Urba-
no contará con el apoyo de la Dirección General de Pro-
tección y Seguridad Ciudadana.
Segunda.- Los procedimientos de transferencia que
se encuentren en trámite y los pendientes de iniciar co-
rrespondientes a ejercicios anteriores se adecuarán a lo
previsto en la presente Ordenanza.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR
Alcalde del Callao
9424
Aprueban Ordenanza que regula el con-
trol de la contaminación atmosférica
producida por el parque automotor
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 000009
Callao, 18 de abril de 2002

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