ORDENANZA Nº 095-2009-MDC - Reglamentan el otorgamiento de condecoraciones y distinciones que entrega la Municipalidad

Fecha de disposición22 Agosto 2009
Fecha de publicación22 Agosto 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 22 de agosto de 2009 401399
fecha 7 de julio de 2009, el Presidente del Gobierno
Regional de Loreto Lic. Yván Enrique Vásquez Valera,
solicita al amparo de lo dispuesto en el artículo 6º
inciso d. del Reglamento de Organización y Funciones
del OPIPP, aprobado por Ordenanza Regional Nº 019-
2008-GRL-CR, que el Concejo Regional, autorice
a la Presidencia encargar al Organismo Público
Infraestructura para la Productividad - OPIPP, en su
condición de Unidad Ejecutora del Gobierno Regional
de Loreto, el desarrollo de la pre inversión, a nivel de
Factibilidad con estudios definitivos, y de la inversión
del Proyecto “Construcción del Ferrocarril Interoceánico
Norte Yurimaguas - Iquitos”; asignándosele asimismo,
las funciones y responsabilidades de Organismo
Promotor de la Inversión Privada, señaladas en el
Decreto Legislativo Nº 1012 y su Reglamento aprobado
sus funciones, en tanto se cuente con la capacidad y
los recursos necesarios para crear dicho organismo;
Que, mediante Of‌i cio Nº 57-2009-GRL-CR-CPPAT de
fecha 17 de agosto de 2009, el Presidente de la Comisión
de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial, solicita a la Presidenta del Consejo Regional,
Consejera María Giannela Curto Lloja, representante de
la Provincia de Ucayali – Contamana, incluir como tema
de agenda la modif‌i cación del Artículo Primero de la
Ordenanza Regional Nº 009-2008-GRL-CR, conforme lo
establecido en el Acuerdo de Consejo Regional Nº 008-
2009-SE-GRL:15/08/09;
Que, la Gerencia Regional de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Of‌i cina
Ejecutiva de Desarrollo Institucional, la Of‌i cina Regional
de Asesoría Jurídica, la Dirección de Planeamiento y
Presupuesto del OPIPP, la Of‌i cina de Asesoría Jurídica
del OPIPP, se han pronunciado favorablemente al pedido
formulado por el Presidente del Gobierno Regional de
Loreto; asimismo se cuenta con el Dictamen favorable
de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y
Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de
Loreto;
Que, acorde con lo previsto por el artículo 38º de la
las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter
general, la organización y la administración el Gobierno
Regional y reglamentan materias de su competencia,
y; Estando a lo dispuesto por el artículo 37º inc. a) de la
Consejo Regional, con la dispensa de lectura y aprobación
del Acta, emite la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL
Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Primero
de la Ordenanza Regional Nº 009-2008-GRL-CR de fecha
15 de abril de 2008, quedando redactado de la siguiente
manera:
“Artículo Primero.- CRÉASE el “Organismo
Público Infraestructura para la Productividad –OPIPP”,
como un Organismo Público Ejecutor del Gobierno
Regional de Loreto, con personería jurídica de derecho
público, con autonomía técnica y administrativa, cuya
responsabilidad será de promover y/o ejecutar proyectos
de infraestructura de alcance e impacto regional que
requieran f‌i nanciamiento interno y/o externo, así como
dirigir la post-inversión, desarrollando condiciones de
sostenibilidad y monitoreo de los proyectos de inversión
que se promueven y ejecuten en el ámbito regional, en
concordancia con la Constitución Política del Estado, la
legales vigentes”.
Artículo Segundo.- ENCARGAR al Presidente
del Gobierno Regional de Loreto Lic. Yván Enrique
Vásquez Valera, disponga la adecuación del Reglamento
de Organización y Funciones del Organismo Público
Infraestructura para la Productividad - OPIPP, aprobado
mediante Ordenanza Regional Nº 019-2008-GRL-CR de
fecha 13 de junio de 2,008, conforme a lo establecido en
la presente Ordenanza Regional.
Artículo Tercero.- AUTORIZAR al Presidente del
Gobierno Regional de Loreto Lic. Yván Enrique Vásquez
Valera, encargue al Organismo Público Infraestructura
para la Productividad - OPIPP, en su condición de Unidad
Ejecutora del Gobierno Regional de Loreto, asuma el
desarrollo del proceso de la pre inversión, a nivel de
Factibilidad con estudios def‌i nitivos y de la inversión del
Proyecto “Construcción del Ferrocarril Interoceánico Norte
Yurimaguas – Iquitos”, disponiéndose que se entregue al
OPIPP el Perf‌i l del Proyecto, código SNIP 86620; a f‌i n de
que en base al mismo, se desarrollen los citados estudios
de pre inversión; designándose igualmente al OPIPP,
asuma las funciones y responsabilidades de Organismo
Promotor de la Inversión Privada, previstas en el Decreto
Legislativo Nº 1012 y su Reglamento aprobado por
Decreto Supremo Nº 146-2008-EF, para el desarrollo de
este Proyecto.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría del
Consejo Regional de Loreto efectuar la publicación de
la presente Ordenanza Regional en el Diario Of‌i cial El
Peruano, en el Diario de mayor circulación de la Región y
en el portal Web del GOREL: www.regionloreto.gob.pe.
Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional,
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Loreto, para su promulgación.
Dado en las instalaciones del Consejo Regional
de Loreto, sito en la calle Callao Nº 406 – Iquitos, a
los dieciocho días del mes de agosto del año Dos Mil
Nueve.
MARÍA GIANNELA CURTO LLOJA
Presidenta del Consejo Regional
POR TANTO:
De conformidad con lo establecido en los Artículos 16º,
21º inciso. o), 37 inciso. a) y 38º de la Ley Nº 27867 - Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modif‌i catorias,
las Leyes Nº 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y
29053, concordante con el inciso. o) del artículo 15º del
Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno
Regional de Loreto, aprobado mediante Ordenanza
Regional Nº 031-2008-GRL-CR de fecha 15 de diciembre
de 2008.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
YVÁN ENRIQUE VÁSQUEZ VALERA
Presidente del Gobierno Regional de Loreto
387064-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
CIENEGUILLA
Reglamentan el otorgamiento de
condecoraciones y distinciones que
entrega la Municipalidad
ORDENANZA Nº 095-2009-MDC
Cieneguilla, 26 de junio del 2009
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE CIENEGUILLA
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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