2924 005-99-MDCH - Aprueban el Registro Unico de Organizaciones Sociales de la Municipalidad

EmisorDistrital de Chancay
Fecha de la disposición22 de Abril de 1999
Pág. 172394
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 22 de abril de 1999
- Lunes a sábado: de 8.00 a 23.00 Hrs.
- Domingos y feriados: de 8.00 a 14.00 Hrs.
Artículo Quinto.- La obligación tributaria se inicia des-
pués de 5 minutos de tolerancia que el vehículo se estaciona en
las zonas mencionadas en el Artículo Tercero.
Artículo Sexto.- Son deudores tributarios en calidad de
contribuyentes, los conductores de los vehículos que los estacio-
nan en las zonas indicadas en el Artículo Tercero.
Artículo Séptimo.- El tributo es obligatorio para quienes
estacionen su vehículo entre las 8.00 a.m. hasta las 11.00 p.m.,
efectuándose el pago antes que el conductor se retire de la zona
de estacionamiento; quedando exceptuados: los vehículos oficia-
les en comisión de servicios, unidades municipales, y aquellos
particulares que se encuentren en comisión de servicio de carác-
ter municipal o cumpliendo acciones encomendadas por la mu-
nicipalidad.
Artículo Octavo.- En todo lo no señalado en la presente
norma, es de aplicación el Edicto Nº 184-93 de la Municipalidad
de Lima Metropolitana.
Artículo Noveno.- La obligación tributaria será exigi-
ble a partir del momento en que se incumpla el pago de
tributo, pudiendo en consecuencia la Administración Tribu-
taria ejercer todas las atribuciones respectivas para hacer
efectivo su cobro, de acuerdo a las sanciones previstas en el
Código Tributario.
Artículo Décimo.- Encárguese a las oficinas de Adminis-
tración y Rentas, el cumplimiento de la presente ordenanza.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
VICTOR ALEGRIA GONZALES
Alcalde
5212
MUNICIPALIDAD
DE CHANCAY
Aprueban el Registro Unico de
Organizaciones Sociales de la Munici-
palidad
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 005-99-MDCH
Chancay, 5 de abril de 1999
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE CHANCAY
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Chancay, en sesión ordinaria de
fecha 31 de marzo de 1999, con la dispensa de lectura y aproba-
ción del acta;
CONSIDERANDO:
Que, son derechos constitucionales inherentes de la per-
sona humana la libertad de asociarse con fines lícitos para
la consecución de sus fines, sin necesidad de autorización
previa y con arreglo a ley; igualmente, a participar en forma
individual o asociada en la vida política, económica, social y
cultural de la Nación; así como es derecho y deber de parti-
cipar en los asuntos del Gobierno Municipal de su jurisdic-
ción;
Que, con tales fines las personas pueden organizarse para
defender sus derechos e intereses, así como a participar, a través
de ellas y conforme a ley, en el Gobierno Local de su jurisdicción;
Que, los vecinos y pobladores del distrito de Chancay se han
organizado bajo diferentes modalidades y formas asociativas,
habiendo adoptado, en unos casos, las previstas por ley y, en
otros casos, constituyendo agrupaciones de hecho que es necesa-
rio adecuar, normar y reglamentar;
Que, es necesario que tales organizaciones participen
ordenadamente con sus autoridades municipales y otros
agentes locales, en programas de desarrollo urbano y social,
así como en aquellos que permitan el mejoramiento de los
servicios públicos y por ende el desarrollo de su localidad, a
través de diversos mecanismos, cuyo fin solidario servirá
para el fortalecimiento de la democracia desde su base
social;
Que, las relaciones entre la municipalidad y las organizacio-
nes sociales deben realizarse dentro de un verdadero sistema
democrático, sin que esto signifique injerencia en los asuntos
internos que desnaturalicen su autonomía que la ley señala;
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades establece como
competencia de las municipalidades, el promover y organizar
las formas de participación de los vecinos en el desarrollo local;
Que, para garantizar el derecho de participación vecinal, se
requiere crear un sistema de registro que otorgue y reconozca la
legitimidad de los representantes de las organizaciones sociales
para hacer más directa y eficaz la participación ciudadana en la
gestión local;
Que, la Municipalidad Distrital de Chancay, dentro de su
Plan de Gobierno ha considerado actualizar y modernizar su
administración, y para el desarrollo de sus objetivos considera
la necesidad de crear un REGISTRO UNICO DE ORGANIZA-
CIONES SOCIALES (RUOS), que permita registrar, controlar
y normar el reconocimiento ordenado, de todas las organizacio-
nes sociales, para consolidar su institucionalidad que permitirá
la adecuada representación vecinal ante el Gobierno Local, y en
forma conjunta lograr el desarrollo integral de su jurisdicción;
Que, asimismo, es necesario otorgar a las diversas orga-
nizaciones sociales un reconocimiento municipal que les
permita legalmente ser sujetos de derechos y obligaciones
frente a los órganos del Gobierno Local; y estando a lo
expuesto de conformidad con las facultades contenidas en el
numeral 3º, del Artículo 36º y Artículo 109º de la Ley Nº
23853, Orgánica de Municipalidades y con la aprobación
unánime de los miembros del Concejo;
APROBO:
"EL REGISTRO UNICO DE ORGANIZACIONES SOCIA-
LES" (RUOS) de la Municipalidad Distrital de Chancay, el
mismo que consta de OCHO TITULOS, TREINTA Y TRES
ARTICULOS, y TRES DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y
COMPLEMENTARIAS, el cual forma parte de la presente
ordenanza.
Deróguese cualquier dispositivo que se oponga a la presente
ordenanza.
La presente ordenanza entra en vigencia al día siguiente de
su publicación.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
GROVER TORRES MALAGA ZVIETCOVICH
Alcalde
5167
Aprueban el Reglamento del Mercado
de Abastos y Zona Periférica de la
Municipalidad Distrital de Chancay
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 007-99-MDCH
Chancay, 5 de abril de 1999
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE CHANCAY
POR CUANTO:
En sesión ordinaria de Concejo de fecha 26-3-99, el Concejo
Municipal en pleno aprobó por unanimidad el Proyecto del
Reglamento del Mercado de Abastos y Zona Periférica de la
Municipalidad Distrital de Chancay, presentado por el Regidor
Dr. FELIX BALTA OLARTE;
Al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853,
se expide la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º.- Apruébese el Reglamento del Mercado de
Abastos y Zona Periférica de la Municipalidad Distrital de
Chancay, provincia de Huaral, departamento de Lima, que
consta de (10) títulos, (33) artículos y (3) disposiciones
complementarias, que forma parte de la presente ordenan-
za. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Municipal, División de
Comercialización y Promoción del Desarrollo Económico de la
Municipalidad Distrital de Chancay, el cumplimiento del pre-
sente.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
GROVER TORRES MALAGA ZVIETCOVICH
Alcalde
5210

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