REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL RESOLUCION JEFATURAL Nº 835-2007/JNAC/RENIEC - AmplIan plazo otorgado para la actualizaciOn de datos del estado civil en el DNI a que se refiere la R.J. Nº 501-2007-JNAC/RENIEC RESOLUCION JEFATURAL Nº 835-2007/JNAC/RENIEC

Fecha de disposición28 Septiembre 2007
Fecha de publicación28 Septiembre 2007
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 28 de setiembre de 2007 354271
REGISTRO NACIONAL
DE IDENTIFICACION
Y ESTADO CIVIL
Exoneran de proceso de selección la
contratación del servicio de soporte
integral de software Microsoft
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 826-2007-JNAC/RENIEC
Lima, 25 de setiembre de 2007
VISTOS: El Ocio Nº 2923-2007-GAD/RENIEC, emitido
por la Gerencia de Administración; el Informe Nº 1333-
2007/SGLG/GAD/RENIEC, de la Subgerencia de Logística;
el Ocio Nº 002011-2007/GPP/RENIEC, de la Gerencia de
Planicación y Presupuesto; el Informe Nº 001142-2007-
GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica;
el Acta Nº 16-2007, del Comité Técnico Económico; y,
CONSIDERANDO:
Que, a través del Ocio Nº 2923-2007-GAD/RENIEC,
la Gerencia de Administración solicitó que se tramite la
exoneración del proceso de selección, para la contratación del
servicio de soporte integral de software Microsoft, por la causal
de servicio que no admite sustituto y cuenta con proveedor
único, debido a que la Subgerencia de Logística, mediante
el Informe Nº 1333-2007/SGLG/GAD/RENIEC, expresó que
al haber realizado el estudio de mercado correspondiente, ha
determinado que Microsoft Perú SRL, es la única empresa que
suministra el servicio acotado en el Perú;
Que, según lo dispuesto por el Art. 19º del TUO de
la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, están
exonerados de los procesos de selección, las adquisiciones
y contrataciones que se realicen: “e) cuando los bienes o
servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único”;
Que, en la misma línea, el Art. 144º del Reglamento
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, dispone
que en los casos en que no existan bienes o servicios
sustitutos a los requeridos por el área usuaria y siempre
que exista un solo proveedor en el mercado nacional, la
Entidad podrá contratar directamente; añade que “se
considerará que existe proveedor único en los casos que
por razones técnicas o relacionadas con la protección de
derechos, tales como patentes y derechos de autor, se
haya establecido la exclusividad del proveedor”;
Que, en el presente caso, la Subgerencia de Logística
ha concluido, a través de su informe ya mencionado, que el
único proveedor que podría brindar el servicio de soporte
integral de software Microsoft, es Microsoft del Perú SRL,
lo cual ha sido sustentado con la comunicación de 21 de
agosto de 2007, del Regional General Manager de Enterprise
Services-Microsoft-Latin America Regional Headquarters;
Que, en consecuencia, de acuerdo al Informe Nº 001142-
2007-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica,
la situación descrita congura el supuesto regulado por el
Inc. e) del Art. 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, siendo viable su exoneración; y,
Con la opinión favorable del Comité Técnico
Económico y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; estando
a lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, su Reglamento
aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y la
Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de
Identicación y Estado Civil,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proceso
de selección, por Adjudicación Directa Pública, para la
contratación del servicio de soporte integral de software
Microsoft, por la causal de servicio que no admite sustituto
y que cuenta con proveedor único, por el plazo de doce (12)
meses y por un monto total de US$ 60,710.00 (sesenta mil
setecientos diez y 00/100 dólares americanos), incluidos
los impuestos de Ley, que serán cubiertos por la fuente de
nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados.
Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de
Administración, a través de la Subgerencia de Logística,
a n de que adopte las acciones correspondientes, para la
contratación mencionada en el artículo precedente.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de
Administración la publicación de la presente Resolución en el
Diario Ocial El Peruano y la remisión a la Contraloría General
de la República y al Consejo Superior de Contrataciones
y Adquisiciones del Estado, de copia de la misma y de los
documentos que la sustentan, dentro de los plazos previstos
por Ley; así como su publicación en la página web de la
Entidad en coordinación con la Gerencia de Informática.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
EDUARDO RUIZ BOTTO
Jefe Nacional
113513-2
Amplían plazo otorgado para la
actualización de datos del estado
civil en el DNI a que se refiere la R.J.
Nº 501-2007-JNAC/RENIEC
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 835 - 2007/JNAC/RENIEC
Lima, 26 de setiembre de 2007
VISTOS: El Informe Nº 063-2007/GOR/RENIEC,
de la Gerencia de Operaciones Registrales; el Informe
Nº 0048-2007/SGE/GPP/RENIEC, de la Sub Gerencia
de Estadística de la Gerencia de Planicación y
Presupuesto y el Informe Nº 001188-2007-GAJ/RENIEC,
de la Gerencia de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución Jefatural Nº 501-2007/JNAC/
RENIEC, de fecha 7 de junio de 2007, se amplió el plazo
de treinta (30) días hábiles concedidos mediante Resolución
Jefatural Nº 492-2007-JEF/RENIEC, a ciento veinte (120)
días naturales para la actualización de los datos del estado
civil en el DNI, el mismo que vence el 4 de octubre de 2007;
Que, a través de los Artículos Segundo, Tercero y Cuarto
de la Resolución Jefatural Nº 501-2007/JNAC/RENIEC, se
estableció la gratuidad para el cambio de estado civil y la
entrega de un nuevo DNI para las personas en extrema
pobreza comprendidos en los 811 distritos, según el
Mapa de Pobreza Extrema de FONCODES, para aquellas
personas que hayan obtenido su DNI luego de cumplir
los 60 años de edad, así como la tasa de S/. 8.00 para
los peruanos pobres o muy pobres, disposiciones que se
encuentran vigentes hasta el 31 de diciembre del 2007;
Que, de la información proporcionada por la Sub Gerencia
de Estadística de la Gerencia de Planicación y Presupuesto
se ha establecido que el 60% de las personas obligadas han
efectuado la recticación de su estado civil en el Registro
Único de Identicación de las Personas Naturales;
Que, la Gerencia de Operaciones Registrales a través
del Informe del visto considera pertinente que el plazo
otorgado a los ciudadanos para la actualización del estado
civil se amplíe por el término del presente ejercicio a n
de brindar mayores facilidades a aquellas personas que,
teniendo la voluntad de realizar la actualización de su
estado civil, no han podido efectivizar dicho cambio por
razones laborales y/o personales;
Conforme a las atribuciones conferidas por la Ley
Orgánica del Registro Nacional de Identicación y Estado
Civil Nº 26497 y el literal h) del artículo 11º del Reglamento
de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado
mediante Resolución Jefatural Nº 050-2007-JEF/RENIEC;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Amplíese hasta el 31 de diciembre
del 2007 el plazo otorgado mediante Resolución Jefatural
Nº 501-2007-JNAC/RENIEC, para la actualización de los
datos del estado civil en el DNI, de aquellos ciudadanos
que han modicado su estado civil y no lo han declarado.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Imagen
Institucional la difusión del contenido de la presente

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