ORDENANZA Nº 214-MDL - Establecen Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA)

Fecha de disposición13 Julio 2008
Fecha de publicación13 Julio 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 13 de julio de 2008 376095
CRONOGRAMA DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
ACCIONES MESES 2008
EFMAMJJASOND
Preparación X
Convocatoria X
3° Identif‌i cación y Registro de Agentes Participantes X
Conformación del Comité de Vigilancia y Control X
Capacitación de Agentes Participantes X X
Desarrollo de talleres de trabajo X X
Evaluación técnica de prioridades X
Formalización de Acuerdos X X
Rendición de Cuentas X
Artículo Décimo.- CRITERIOS DE
DETERMINACIÓN
El Equipo Técnico def‌i nirá los criterios a seguir
teniendo en cuenta los siguientes puntos:
a) Objetivos Estratégicos a ser determinados en el
Proceso del Presupuesto Participativo 2009.
b) Estimación del monto total del Presupuesto
Participativo a destinarse.
c) Proyectos que representan mayor rentabilidad
social.
d) Nivel de pobreza y necesidades básicas
insatisfechas.
e) Grupos vulnerables o en situación de riesgo.
f) Cof‌i nanciamiento por parte de la población.
g) Efecto en el empleo local.
Artículo Decimoprimero.- INICIATIVA DE
PROPUESTAS
Todo Agente Participante está en el derecho de
presentar proyectos a ser sometidos al Proceso del
Presupuesto Participativo. Los proyectos podrán ser de
infraestructura, servicios, generación de capacidades
u otros que recojan las aspiraciones de la sociedad en
términos de desarrollo.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y
FINALES
Primera.- CELEBRACIÓN DE CONVENIOS
El Alcalde queda autorizado a suscribir convenios
con las instituciones públicas y privadas que permitan
garantizar la probidad, legalidad y transparencia del
proceso de formulación del Presupuesto Participativo.
Segunda.- PUBLICACIÓN
Los resultados del Proceso del Presupuesto
Participativo 2009, serán publicados en el Palacio
Municipal de Lince; en el portal electrónico (www.
munilince.gob.pe), así como en el aplicativo informático
que el Ministerio de Economía y Finanzas ha elaborado
para tal f‌i n.
T
ercera.- APLICACIÓN SUPLETORIA DE
NORMAS
Será de aplicación supletoria, el Instructivo
N°002-2008-EF/76.01 Instructivo para el Proceso del
Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2009 y
cualquier disposición, relacionada a dicho proceso,
aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas u
otro Organismo del Estado, que no esté contemplado
en el presente Reglamento, o cuando se emitan
normas con posterioridad a la entrada en vigencia de
la presente Ordenanza, éstas se aplicarán en forma
supletoria.
Cuarta.- AUTORIZACIÓN ALCALDIA
Autorizar al Despacho de Alcaldía, dictar las medidas
complementarias para el mejor desarrollo de las
acciones del proceso del Presupuesto Participativo de la
Municipalidad de Lince para el Año Fiscal 2009.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
MARTÍN PRINCIPE LAINE
Alcalde
225595-1
Establecen Régimen de Aplicación de
Sanciones Administrativas (RASA)
ORDENANZA N° 214-MDL
Lince, 27 de junio del 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE LINCE;
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LINCE;
Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen
Conjunto Nº 189-2008-MDL-CAL de la Comisión de
Asuntos Legales, y de Economía y Administración, de
fecha 26 de junio del 2008, con el voto unánime de los
señores regidores, y con dispensa del Trámite de Lectura
y Aprobación del Acta se aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL REGIMEN DE
APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS
(RASA)
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
El presente régimen establece normas para la
aplicación de sanciones administrativas a los infractores
de las normas de competencia municipal en el ámbito de
la jurisdicción del distrito de Lince.
Artículo 2º.- FINALIDAD
El presente régimen tiene por f‌i nalidad servir de
instrumento preventivo y disuasivo de las acciones
u omisiones, realizadas por los administrados, que
conduzcan a infracciones tipif‌i cadas, sobre las cuales
recaerá la sanción administrativa.
Artículo 3º.- Principios
El procedimiento administrativo sancionador observa
los principios de la potestad sancionadora administrativa
establecidos en el artículo 230° de la Ley de Procedimiento
Administrativo General - Ley Nº 27444; así como los
principios del procedimiento administrativo establecidos
en el artículo IV del Título Preliminar de la referida Ley.
CAPÍTULO II
POTESTAD SANCIONADORA
Artículo 4º.- DEFINICIONES
4.1. Infracción: es toda conducta que, se encuentra
tipif‌i cada en la Tabla de Infracciones y Sanciones
Administrativas - TISA, por acción u omisión que
signif‌i que el incumplimiento total o parcial de las normas
de competencia municipal vigentes que establezcan
obligaciones o prohibiciones de naturaleza administrativa.
La infracción es de carácter personal. Cuando una
infracción sea imputable a más una persona estas
responderán de forma solidaria.
4.2. Infractor: Es toda persona, natural o jurídica,
que incumple por acción u omisión las normas de
competencia municipal.
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