08 100-2002-JNE - Declaran que regidores del Concejo Distrital de Santa Anita continúan en el ejercicio de sus cargos

Fecha de disposición28 Marzo 2002
Fecha de publicación28 Marzo 2002
Pág. 220073
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 28 de marzo de 2002
to Independiente "Vamos Vecino" para que asuma el cargo
de Regidora del Concejo Provincial de Lucanas, para com-
pletar el período de gobierno municipal 1999-2002, a quien
se le otorgará la correspondiente credencial.
Artículo Quinto.- Las autoridades políticas y policia-
les prestarán las garantías que requiera el cumplimiento
de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA
BOLÍVAR ARTEAGA
SOTO VALLENAS
VELA MARQUILLÓ
ROMERO ZAVALA
BALLÓN-LANDA CÓRDOVA,
Secretario General
5719
Declaran que regidores del Concejo Dis-
trital de Santa Anita continúan en el
ejercicio de sus cargos
RESOLUCIÓN Nº 100-2002-JNE
Lima, 20 de marzo de 2002
Visto; el recurso de revisión presentado con fecha 4 de
marzo de 2002 por los señores William Fernando Lázaro
Huayre, Elena Hermelinda Muñoz Muñoz, Juan Mendoza
Quispe, Atilio Benjamín Luna Carazas y Patricia Betzabe
Miranda Correa, contra el Acuerdo de Concejo Nº 0004-
2002-MDSA de fecha 25 de febrero de 2002, que los sus-
pende de sus cargos de Regidores en el Concejo Distrital
de Santa Anita, provincia y departamento de Lima; y oídos
los informes orales;
CONSIDERANDO:
Que como consta del acta de Sesión Ordinaria de fe-
cha 24 de febrero de 2002 y Acuerdo de Concejo Nº 0004-
2002-MDSA del 25 del mismo mes y año, que obran de
fojas 64 a 75 y 113 y 114, respectivamente; se declaró por
mayoría -según se indica- sin que conste en dichos docu-
mentos el resultado de la votación, la suspensión automá-
tica en el cargo de Regidor de los recurrentes, por el perío-
do de un año a partir del 23 de enero de 2002, por no haber
presentado en plazo oportuno sus Declaraciones Juradas
de Ingresos, Bienes y Rentas, correspondientes al año
2002, de conformidad con la Ley Nº 27482 y su Reglamen-
to aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM;
Que la Ley Nº 27482 no prevé sanción alguna para el
caso de incumplimiento de sus disposiciones, con excep-
ción de la referida al titular del pliego, por lo que las previs-
tas en el Artículo 9º del Decreto Supremo Nº 080-2001-
PCM que lo reglamenta, exceden el marco legal señalado,
más aún cuando el Artículo 46º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 23853 dispone que los Alcaldes y Re-
gidores de los Concejos Municipales presentarán declara-
ción jurada de bienes y rentas dentro de los quince días de
haber sido juramentados y, al cumplir su mandato bajo res-
ponsabilidad, obligación que los Regidores suspendidos
han cumplido según consta de la copia del boletín oficial
que obra a fojas 91; del mismo modo que han presentado
la declaración jurada a que se contrae la Ley Nº 27482
acotada, con carta notarial de fecha 20 de febrero de 2002,
de fojas 58;
establece que las municipalidades provinciales y distritales
son los órganos de gobierno local y tienen autonomía polí-
tica, económica y administrativa en los asuntos de su com-
petencia y se rigen por la Ley Orgánica de Municipalida-
des Nº 23853 que en su Artículo 29º señala taxativamente
como causales de suspensión en el cargo de Alcaldes y
Regidores; la incapacidad física o mental temporal; la li-
cencia autorizada por el Concejo por un período máximo
de 45 días naturales y el impedimento legal cuando tiene
proceso penal abierto con mandato de detención que ha
quedado firme, y no constituyendo la omisión a la presen-
tación de las declaraciones juradas de ingresos, bienes y
rentas causal de suspensión, el Acuerdo de Concejo im-
pugnado resulta írrito; toda vez que una Ley Orgánica no
puede ser modificada o derogada por una ley ordinaria,
sino por una aprobada con el mismo procedimiento previs-
El Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribu-
ciones;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar fundado el recurso de re-
visión presentado y, en consecuencia, nulo e insubsistente
el Acuerdo de Concejo Nº 0004 - 2002-MDSA, de fecha 25
de febrero de 2002.
Artículo Segundo.- Declarar que los Regidores William
Fernando Lázaro Huayre, Elena Hermelinda Muñoz Mu-
ñoz, Juan Mendoza Quispe, Atilio Benjamín Luna Carazas
y Patricia Betzabe Miranda Correa, continúan en el ejerci-
cio de sus cargos como Regidores del Concejo Distrital de
Santa Anita, provincia y departamento de Lima.
Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia-
les prestarán las garantías necesarias para el cumplimiento
de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA
BOLÍVAR ARTEAGA
SOTO VALLENAS
VELA MARQUILLÓ
ROMERO ZAVALA
BALLÓN - LANDA CÓRDOVA,
Secretario General
5720
S B S
Autorizan inscripción de Mapfre
Asistencia Compañía Internacional de
Seguros y Reaseguros S.A. en el Regis-
tro del Sistema de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 265-2002
San Isidro, 20 de marzo de 2002
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS
VISTA:
La solicitud presentada por el señor Luis Carlos Martín
Rodrigo Prado para que se autorice la inscripción de la
empresa MAPFRE ASISTENCIA COMPAÑÍA
INTERNACIONAL DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A.
de España, en el Registro del Sistema de Seguros Libro I
De las Empresas de Reaseguros Extranjeras; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de
noviembre de 1999, se estableció los requisitos formales
para la inscripción de las Empresas de Reaseguros Ex-
tranjeras;
Que, la citada empresa ha cumplido con los requisitos
formales exigidos por la citada norma administrativa;
Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros median-
te Convocatoria Nº 12-2001-DASIA celebrada el 26 de di-
ciembre de 2001, en concordancia con lo dispuesto en el
Artículo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de
Seguros ha calificado y aprobado la inscripción respectiva
en el indicado Registro; y,
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Gene-
ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Or-
gánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley
Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad
delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero
de 1998 y la Resolución SBS Nº 565-2000 del 23 de agos-
to de 2000;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar la inscripción en el Re-
gistro del Sistema de Seguros Libro I De las Empresas

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