1007 175-2005-JNE - Declaran que regidor asume cargo de Alcalde y convocan a ciudadanos para que asuman cargo de Regidores del Concejo Distrital de Pevas

Fecha de publicación30 Junio 2005
Fecha de disposición30 Junio 2005
Pág. 295648
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 30 de junio de 2005
JNE
Rectifican resolución referente a ciuda-
dana convocada para asumir cargo de
Regidora del Concejo Distrital de
Sausa, departamento de Junín
RESOLUCIÓN Nº 174-2005-JNE
Exp. Nº 13-2005
Lima, 28 de junio 2005
VISTA la solicitud de la ciudadana doña Lourdes Eva
Pacahuala Arroyo, de rectificación de la parte que se
consigna el nombre de la persona convocada en la Re-
solución Nº 142-2005-JNE de fecha 1 de junio de 2005;
CONSIDERANDO:
Que ante la declaratoria de vacancia del que fuera
regidor del Concejo Distrital de Sausa, provincia de Jau-
ja, departamento de Junín, don Teófilo Gaspar
Cárdenas, el Jurado Nacional de Elecciones mediante
Resolución Nº 142-2005-JNE convocó en su reemplazo
a doña Lourdes Eva Arroyo Pacahuala, en su calidad de
candidato no proclamado de la organización política na-
cional Alianza Electoral Unidad Nacional;
Que sin embargo de la resolución de inscripción definiti-
va de las lista de candidatos de dicha organización política
que corre a fojas 28, se aprecia que el nombre correcto de la
convocada es Lourdes Eva Pacahuala Arroyo, habiéndose
incurrido por tanto en error que debe rectificarse;
El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus
atribuciones;
RESUELVE:
Artículo Único.- Rectificar el Artículo Único de la Re-
solución Nº 142-2005-JNE de fecha 1 de junio de 2005, en
la parte que se consigna equivocadamente el nombre de la
ciudadana convocada para que asuma el cargo de Regi-
dor del Concejo Distrital de Sausa, provincia de Jauja, de-
partamento de Junín, entendiéndose que el nombre co-
rrecto de dicha ciudadana es Lourdes Eva Pacahuala
Arroyo, otorgándosele una nueva credencial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
MENDOZA RAMÍREZ
SOTO VALLENAS
VELA MARQUILLÓ
VELARDE URDANIVIA
BALLÓN-LANDA CÓRDOVA,
Secretario General.
11633
Declaran que regidor asume cargo de
Alcalde y convocan a ciudadanos para
que asuman cargo de Regidores del
Concejo Distrital de Pevas
RESOLUCIÓN Nº 175-2005-JNE
Exp. Nº 214-2005
Lima, 28 de junio 2005
VISTA la solicitud presentada por el Regidor Angel Rafael
Donayre Chavez del Concejo Distrital de Pevas, provincia de
Mariscal Ramón Castilla, departamento de Loreto, por el que
solicita se determine la conformación del citado concejo, de-
clarándose la suspensión de cuatro de sus miembros, por
existir en contra de ellos mandato de detención;
CONSIDERANDO:
Que según resolución número uno del expediente Nº
2004-748-0-1903-JR-PE-03 del 10 de mayo de 2005,
que corre de fojas 10 a 19, el Tercer Juzgado Penal de
Maynas abrió instrucción contra don José Carlos
Cárcamo Maldonado (alcalde), Cesar Pezo Pinedo,
Almir Augusto Nina Icomena y Luz Marina Mejía Torres
(regidores), por delito contra la administración pública,
delito cometido por funcionarios públicos: peculado; en
agravio de la Municipalidad Distrital de Pevas y el Estado
Peruano;
Que según Razón del Secretario Cursor del Tercer
Juzgado Penal de Maynas, de foja 25, los procesados
Almir Augusto Nina Icomena, Luz Marina Mejía Torres y
Cesar Pezo Pinedo se encuentran internados en el Es-
tablecimiento Penal de Iquitos, no habiendo formulado
apelación; asimismo, notificado don José Carlos Cárca-
mo Maldonado no ha interpuesto recurso de apelación
contra dicho auto;
Que conforme lo dispone el artículo 25º numeral 3)
de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el ejerci-
cio del cargo de alcalde o regidor se suspende por acuer-
do de concejo por el tiempo que dure el mandato de
detención; causal de suspensión en la que han incurrido
los citados procesados en su condición de Alcalde y
Regidores, respectivamente, del Concejo Distrital de
Pevas;
Que los acuerdos se adoptan con el voto aprobatorio
de la mayoría calificada o simple, siendo el número hábil
de regidores, el número legal menos el de los regidores
con licencia o suspendidos, según lo prescriben los ar-
tículos 17º y 18º de la acotada; en tal sentido, siendo
seis (6) el número legal de miembros del Concejo Distri-
tal de Pevas, don Angel Rafael Donayre Chavez y don
Alberto Llamoca Huamani en su condición de miembros
hábiles no podrán generar un acuerdo válido de suspen-
sión de cargo;
Que el legislador al aprobar la norma, no previó el
supuesto en el que nos hallamos, más el artículo VIII del
Título Preliminar del Código Civil dispone que los jueces
no pueden dejar de administrar justicia por defecto o
deficiencia de la ley; en tales casos, deben aplicar los
principios generales del derecho y, preferentemente, los
que inspiran el derecho peruano; en consecuencia, co-
rrespondiéndole al Jurado Nacional de Elecciones otor-
gar las credenciales para acreditar a los reemplazantes,
conforme a su Ley Orgánica, entonces podrá declarar
la suspensión de los cargos de Regidor de los antes
citados, al no existir otro órgano para asumir dicha atri-
bución;
Que si la suspensión del cargo de Alcalde se extien-
de por un período mayor a un mes, el primer Regidor
asumirá las funciones ejecutivas del Alcalde, vía encar-
gatura, conforme lo dispone el artículo 12º de la Ley Nº
27972;
Que el artículo 25º de la Ley Nº 27972 dispone que,
acordada la suspensión se procederá de acuerdo a lo
señalado en el artículo 24º de la presente ley, según
corresponda; y adecuando la misma, en caso de suspen-
sión del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es
el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electo-
ral; y en caso de suspensión de los Regidores, lo reem-
plazan los suplentes, respetando la precedencia esta-
blecida en su propia lista electoral;
Que en el supuesto de que no quedase ningún inte-
grante de una lista de candidatos, se incorporará al
integrante de otra lista, debiendo ser ésta la que sigue
en el orden del cómputo de sufragios; correspondien-
do incorporar a un candidato de la organización políti-
ca regional "UNIPOL" y a tres candidatos de la
organización política nacional "Frente Popular Agríco-
la FIA del Perú FREPAP", siendo convocado el último
de estos tres para completar el número legal de miem-
bros del concejo;
El Jurado Nacional de Elecciones, en ejercicio de las
atribuciones conferidas por el artículo 181º de la Consti-
tución Política del Estado y el inciso u) del artículo 5º de
su Ley Orgánica y de conformidad con lo dispuesto en
los acápites 1.3 del artículo IV del Título Preliminar y 61.2
del artículo 61º de la Ley de Procedimiento Administra-
tivo General;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar la suspensión de los
cargos de Alcalde de don José Carlos Cárcamo Maldona-
do y de Regidor de los señores Cesar Pezo Pinedo,
Almir Augusto Nina Icomena y Luz Marina Mejía Torres,

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