ORDENANZA Nº 015-2008-CR/GOB-REG.TACNA - Modifican Ordenanza N° 003-2004-CR/GOB.REG.TACNA, a fin de identificar los terrenos de propiedad del Gobierno Regional de libre disponibilidad ubicados en zonas urbanas o de expansión urbana

Fecha de disposición10 Septiembre 2008
Fecha de publicación10 Septiembre 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 10 de setiembre de 2008 379437
Que, la Presidencia Regional es órgano ejecutivo del
Gobierno Regional, quien es la máxima autoridad en su
jurisdicción, es el representante legal y titular del Pliego
Presupuestal y tiene atribuciones entre otras, designar y cesar
al Gerente General Regional a los Gerentes Regionales, así
como nombrar y cesar a los funcionarios de conf‌i anza, por
consiguiente, a f‌i n de dar cumplimiento a las disposiciones
legales y dar continuidad a las acciones técnico administrativas,
es necesario designar al funcionario que reemplace al Ing.
Rodriguez Cueva Antenor, designado mediante Resolución
Ejecutiva Regional Nº 413-2007-GOREMAD/PR, de fecha
7 de setiembre del 2007, por lo que es pertinente realizar la
acción administrativa que el caso amerite;
Que, mediante Informe Nº 009-A-2008-GOREMAD/
GRPPYAT, de fecha 24 de julio del 2008, la Gerencia Regional
de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial,
informa que el Ing. Rodriguez Cueva Antenor, estaba registrado
en la Presidencia del Consejo de Ministros, sugiere que
para continuar las actividades, sea reemplazado por el Ing.
FLORES CALISAYA Mario Alberto, por lo que es necesario
autorizar mediante Resolución Ejecutiva Regional, se ejecute
el acto administrativo, a f‌i n de que la Presidencia del Consejo
de Ministros, registre al nuevo profesional, que ingresará a
publicar los trámites administrativos del PSCE, conforme a las
disposiciones de la Ley Nº 29091 – Decreto Supremo Nº 032-
2006-PCM y Resolución Ministerial Nº 293-2006-PCM;
En uso de las facultades y atribuciones conferidas por
modif‌i cado por las Leyes Nºs. 27950 y 28139; Ley Nº 27867
Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modif‌i cado por
Ley Nº 27902, 28013, 28543 y Resolución Nº 4818-2006-
JNE, de fecha 18 de diciembre del 2006;
Con las visaciones de la Dirección Regional de Asesoría
Jurídica, Dirección Regional de Administración, Gerencia
Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial y Gerencia General Regional;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO a partir del 1
de agosto del 2008, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 413-
2007-GOREMAD/PR, de fecha 7 de setiembre del 2007, que
designaba al Ing. Rodriguez Cueva Antenor, como encargado
de la Página Web del Gobierno Regional de Madre de Dios.
Artículo Segundo.- Designar a partir del 1 de agosto
del 2008, al Ing. FLORES CALISAYA MARIO ALBERTO,
como responsable de publicar la información y actualizar
el Portal de Transparencia o Página Web del Gobierno
Regional de Madre de Dios.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección
Regional de Administración del Gobierno Regional de
Madre de Dios, la publicación de la presente Resolución
en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo Cuarto.- PONER EN CONOCIMIENTO el
contenido de la presente Resolución a la Presidencia
del Consejo de Ministros y a la Dirección Nacional de
Presupuesto Público del Ministerio de Economía y
Finanzas y a las demás instancias que correspondan, de
conformidad a las normas legales vigentes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SANTOS KAWAY KOMORI
Presidente Regional
249107-1
GOBIERNO REGIONAL
DE TACNA
Modifican Ordenanza Nº 003-2004-CR/
GOB.REG.TACNA, a fin de identificar
los terrenos de propiedad del Gobierno
Regional de libre disponibilidad ubicados
en zonas urbanas o de expansión urbana
ORDENANZA REGIONAL
Nº 015-2008-CR/GOB.REG.TACNA
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE TACNA
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna,
con fecha veintinueve de agosto del año dos mil ocho,
en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza
Regional;
CONSIDERANDO:
Estado, señala que: “Los gobiernos regionales tienen
autonomía política, y administrativa en los asuntos de su
competencia”;
Que, el artículo 62 inciso a) de la Ley 27867 – Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales, establece: “Funciones
en materia de administración y adjudicación de terrenos
propiedad del Estado. Formular, aprobar, ejecutar, evaluar,
dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de
administración y adjudicación de terrenos propiedad del
Estado, de conformidad con la legislación vigente y el
sistema de bienes nacionales”;
Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 014-2004-
CR/GOB.REG.TACNA se modif‌i ca el Artículo Primero
de la Ordenanza Regional Nº 003-2004-CR/GOB.
REG.TACNA, “declarándose de interés público y de
utilidad regional la ejecución del Programa de Vivienda
denominado “Vivienda Regional” (…) en ningún
otro lugar de la Región.” Asimismo en su artículo
segundo se estable el “(…) plazo de 90 días para la
identif‌i cación de los terrenos de propiedad del Estado
de libre disponibilidad, ubicados en zonas urbanas o de
expansión urbana para los f‌i nes del artículo anterior”.
Por lo que, la propuesta de modif‌i cación normativa
tiene por objeto excluir el plazo establecido, para que
se proceda a implementar el objeto de la referida
Ordenanza Regional;
Que, con Of‌i cio Nº 346-2008-GGR-PR-GOB.REG.
TACNA la Presidencia Regional solicita al Consejo
Regional, modif‌i car el Artículo Segundo de la Ordenanza
Regional Nº 003-2004-CR-GOB.REG.TACNA, adjuntando
al mismo los Informes Nº 056-2008-ORABI/GOB.REG.
TACNA y Nº 221-2008-ORABI/GOB.REG.TACNA ambos
de la Of‌i cina Ejecutiva de Administración de Bienes
Inmuebles, asimismo los Informes Nº 0448-2008-ORAJ/
G.R.TACNA y Nº 088-2008-HLRF-ORAJ/G.R.TACNA
de la Of‌i cina Regional de Asesoría Jurídica, todos
los documentos opinan, recomiendan y sustentan la
modif‌i cación del Artículo Segundo de la Ordenanza
Regional Nº 003-2004-CR/GOB.REG.TACNA;
Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a
sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas,
debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36 y 37
literal a) y 38 de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, y el artículo 27 del Reglamento Interno del
Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la
fecha, ha aprobado la siguiente;
ORDENANZA REGIONAL:
Artículo Primero: APROBAR la modif‌i catoria al
Artículo Segundo de la Ordenanza Regional Nº 003-2004-
CR/GOB.REG.TACNA, aprobado en sesión ordinaria del
Consejo Regional de fecha 03 de abril del 2004, el mismo
que quedará redactado en la siguiente forma:
“Artículo Segundo: La Of‌i cina Ejecutiva de
Administración de Bienes Inmuebles del Gobierno
Regional, procederá a partir de la vigencia de la presente
Ordenanza Regional a identif‌i car los terrenos de propiedad
del Gobierno Regional de libre disponibilidad ubicadas en
zonas urbanas o de expansión urbana para los f‌i nes a que
se ref‌i ere el artículo anterior.”
Artículo Segundo: DERÓGUESE todas las
disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza
Regional.
Artículo Tercero: ENCARGAR Gerencia General,
para que implemente la presente Ordenanza Regional, en
coordinación con la Of‌i cina Ejecutiva de Administración
de Bienes Inmuebles.
Artículo Cuarto: PUBLICAR y DIFUNDIR la presente
Ordenanza Regional en el Diario Of‌i cial El Peruano y en
el portal electrónico de la Institución, en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales.
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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