Reflexiones sobre algunas peculiaridades del proceso constitucional

AutorJosé Julio Fernández
CargoProfesor Titular de Derecho Constitucional en la Universidad de Santiago de Compostela
Páginas123-137
Reflexiones sobre el proceso constitucional / JOSÉ JULIO FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ
Doctrina Constitucional Comparada
123
Reflexiones sobre algunas peculiaridades
del proceso constitucional*
JOSÉ JULIO FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ
Profesor Titular de Derecho Constitucional en la Universidad de Santiago de Compostela
SUMARIO. I. INTRODUCCIÓN. II. EN TORNO AL DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL. III. ANÁLISIS EN
PARTICULAR. 3.1. LEGITIMACIÓN. 3.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN. 3.3. DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO Y
PRINCIPIO INQUISITIVO. 3.4. PARTES Y PRINCIPIO DE CONTRADICCIÓN. 3.5. EL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA.
3.6. PLURIS PETITIO. 3.7. EFECTOS DE LAS SENTENCIAS. 3.8. SENTENCIAS ATÍPICAS. IV. CONSECUENCIAS (A
MODO DE CONCLUSIÓN): EL DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL COMO DERECHO CONSTITUCIONAL
I. INTRODUCCIÓN
El Derecho Constitucional posee una autonomía científica que se sustenta en los
límites que marca el fenómeno jurídico. Esta autonomía corre paralela a una serie de
peculiaridades cuyo origen está en el propio objeto del Derecho Constitucional, objeto
que no es otro que la Constitución, entendida como norma jurídica suprema y abierta
que organiza el poder político, estableciendo mecanismos de control del mismo, y que regula
los aspectos esenciales de la vida en sociedad desde unos postulados democráticos.
Así las cosas, la jurisdicción constitucional bebe de estos rasgos propios del De-
recho Constitucional, lo que da lugar a que presente determinadas peculiaridades.
La jurisdicción constitucional sería aquella actividad, obviamente jurisdiccional,
que recae sobre los procesos constitucionales típicos (control de constitucionalidad
de la ley, garantía extraordinaria de los derechos fundamentales y defensa de la
distribución vertical y horizontal del poder). Tal actividad suele ser ejercida por
órganos especializados, denominados genéricamente en castellano tribunales cons-
titucionales. Por lo tanto, la jurisdicción constitucional hace referencia al órgano ad
hoc que monopoliza la declaración de inconstitucionalidad de la ley. En ocasiones
se usan como sinónimos las expresiones jurisdicción y justicia constitucional. En
cambio, en otros momentos se emplean para referirse a conceptos diferentes en la
medida en que justicia constitucional se entiende como la actividad de aplicación
y defensa de la Constitución que realizan todos los órganos judiciales y no sólo los
tribunales constitucionales.
En este trabajo pretendemos hacer un recorrido selectivo, desde un punto de vista
fundamentalmente teórico, por diversas cuestiones propias del proceso constitucional
con el fin de analizar determinadas especificidades del mismo. Y ello en gran parte con
relación a lo que es la Teoría General del Proceso, o, si se prefiere, el Derecho Procesal
general. Una vez hecho esto nos aventuramos en el último epígrafe a extraer una serie
* Un trabajo sustancialmente igual se publicó en el libro homenaje a Héctor Fix-
Zamudio La ciencia del Derecho Procesal Constitucional, tomo I. México D. F.: Instituto
de Investigaciones Jurídicas, Universidad Nacional Autónoma de México, 2008.
JUSTICIA CONSTITUCIONAL. Revista de Jurisprudencia y Doctrina
Año IV, N. º 7, julio 2007-junio 2008

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