47 249-2005/SUNAT - Modifican Resolución de Superintendencia Nº 224-2004/SUNAT referida al Reintegro Tributario para la Región Selva

Fecha de publicación10 Diciembre 2005
Fecha de disposición10 Diciembre 2005
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 10 de diciembre de 2005
Que, en tal sentido resulta necesario aceptar la referida
renuncia, así como, encargar las funciones de la
Gerencia de Campo de la Comisión de Formalización de
la Propiedad Informal - COFOPRI, en tanto se designe a
su titular;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594
y Decreto Legislativo Nº 803;
Con el visado de la Gerencia de Planeamiento y
Operaciones y de la Jefatura de Asuntos Legales de la
Gerencia de Asesoría Legal;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar la renuncia del señor Rafael
Belaunde Llosa como Gerente de Campo de la Comisión
de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI,
a partir del día 14 de diciembre de 2005, dándosele las
gracias por su valiosa colaboración a la institución.
Artículo 2º.- Encargar al señor Alberto Rafael
Sanabria las funciones de la Gerencia de Campo de la
Comisión de Formalización de la Propiedad Informal -
COFOPRI, a partir del 14 de diciembre de 2005, en tanto
se designe a su titular.
Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Resolución de
Presidencia Nº 018-2002-COFOPRI/PC y todas aquellas
Resoluciones que se opongan a la presente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA
Ministro de Justicia y Presidente de la
Comisión de Formalización de la
Propiedad Informal
20953
FONAFE
Aprueban Lineamientos para la
aplicación del D.S. Nº 093-2005-PCM
en las empresas bajo el ámbito del
FONAFE ACUERDO DE DIRECTORIO
Nº 001-2005/022-FONAFE
Se comunica que, mediante Acuerdo de Directorio de
FONAFE Nº 001-2005/022-FONAFE, correspondiente
a la Sesión de Directorio instalada con fecha 9 de
diciembre de 2005, se aprobó los lineamientos para la
aplicación del Decreto Supremo Nº 093-2005-PCM en
las Empresas bajo el ámbito de FONAFE.
1. Aprobar que el porcentaje mínimo de trabajadores
que podrán gozar del período vacacional establecido en
el Decreto Supremo Nº 093-2005-PCM, en cada una de
las empresas bajo el ámbito de FONAFE, será
determinado por sus respectivos Directorios y/o
Gerencias Generales.
2. Aprobar los lineamientos generales sobre los cuales
las empresas bajo el ámbito de FONAFE deberán aplicar
las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo
Nº 093-2005-PCM:
a) Las empresas del ámbito de FONAFE, bajo
responsabilidad de sus Directorios y/o Gerencias
Generales y en función del porcentaje mínimo a que
hace referencia el numeral 1 del presente Acuerdo,
deberán determinar el número e identificar los
trabajadores que podrán gozar del período vacacional
establecido en el Decreto Supremo Nº 093-2005-PCM,
estableciéndose el cronograma respectivo y
autorizándose la salida por vacaciones del personal.
b) Se deberá establecer como prioridad para la
selección de los trabajadores sujetos al descanso
vacacional establecido en el Decreto Supremo Nº 093-
2005-PCM, a aquellos que hayan acumulado más de un
período vacacional sin haber gozado del descanso físico.
c) Las empresas deberán reportar a FONAFE hasta
el día 18 de enero de 2006, el monto del ahorro
efectivamente logrado con la implementación del Decreto
Supremo Nº 093-2006-PCM.
3. Para el caso de la empresa FONAFE, será la
Dirección Ejecutiva la facultada para ejecutar los
acuerdos mencionados en los puntos 1 y 2 del presente
Acuerdo.
4. Encargar a la Dirección Ejecutiva la realización de
las acciones necesarias para la implementación del
presente Acuerdo.
5. Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura
y aprobación previa del Acta.
HILDA SANDOVAL CORNEJO
Directora Ejecutiva
20939
Dan por concluido nombramiento de
Director de la Empresa Nacional de la
Coca S.A.
ACUERDO DE DIRECTORIO
Nº 002-2005/022-FONAFE
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24º
del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de
Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado -
FONAFE, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-
EF y normas modificatorias, la designación de los
Directores de las empresas del Estado comprendidas
bajo el ámbito de FONAFE es potestad del Directorio de
esta Empresa.
Se comunica que, mediante Acuerdo de Directorio de
FONAFE Nº 002-2005/022-FONAFE, correspondiente
a la Sesión de Directorio instalada con fecha 9 de
diciembre de 2005, se aprobó dar por concluido el
nombramiento de Director de la Empresa Nacional de la
Coca S.A. - ENACO S.A., a la persona señalada a
continuación:
NOMBRE DE DIRECTOR EMPRESA CARGO
MARIO MUÑOZ SARMIENTO ENACO S.A. DIRECTOR
HILDA SANDOVAL CORNEJO
Directora Ejecutiva
20940
SUNAT
Modifican Resolución de Superinten-
dencia Nº 224-2004/SUNAT referida al
Reintegro Tributario para la Región
Selva
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 249-2005/SUNAT
Lima, 9 de diciembre de 2005
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 48º del Texto Único Ordenado (TUO)
de la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) e
Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), aprobado por
Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias,
establece que los comerciantes de la Región Selva que
compren bienes contenidos en el Apéndice del Decreto
Ley Nº 21503 y los especificados y totalmente liberados
en el Arancel Común anexo al Protocolo modificatorio
del Convenio de Cooperación Aduanera Peruano
Colombiano de 1938, provenientes de sujetos afectos
del resto del país, para su consumo en la misma, tendrán

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