Aceptan renuncia del Secretario Técnico de la Comisión de Reestructuración Patrimonial que opera en la Oficina Descentralizada del Indecopi en Arequipa

Fecha de publicación19 Octubre 2000
Fecha de disposición19 Octubre 2000
Pág. 194156
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 19 de octubre de 2000
Que, luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría
Técnica de la Comisión recomendó la aprobación de los Proyec-
tos de Normas Técnicas Peruanas, como Normas Técnicas
Peruanas;
Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de
conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo
Nº 807 y la Resolución Nº 031-93-INDECOPI/CNM, la Comisión
con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de
fecha 28 de setiembre del 2000;
RESUELVE:
Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las
siguientes:
NTP 202.005:2000 LECHE Y PRODUCTOS LÁC-
TEOS. Leche en polvo. Requisitos.
2a. Edición. Reemplaza a la NTP
202.005:1981.
NTP 202.078:2000 LECHE Y PRODUCTOS LÁC-
TEOS Leche en polvo. Determina-
ción de acidez. 2a. Edición. Reem-
plaza a la NTP 202.078:1980.
NTP 202.190:2000 LECHE Y PRODUCTOS LÁC-
TEOS. Leche en polvo. Determina-
ción de partículas quemadas. 1a.
Edición
Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas
Peruanas:
NTP 202.005:1981 Leche en polvo
NTP 202.078:1980 Leche en polvo. Determinación de
acidez
Regístrese y publíquese.
AUGUSTO RUILOBA ROSSEL
Presidente de la Comisión de Reglamentos
Técnicos y Comerciales
12027
Aceptan renuncia del Secretario Téc-
nico de la Comisión de Reestructura-
ción Patrimonial que opera en la Ofici-
na Descentralizada del Indecopi en
Arequipa
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL
DIRECTORIO DE INDECOPI
Nº 092-2000-INDECOPI/DIR
Lima, 16 de octubre del 2000
CONSIDERANDO:
Que conforme al Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 788, el
Indecopi se encuentra facultado a delegar sus funciones por medio
de la suscripción de Convenios con organismos, instituciones o
entidades públicas, colegios profesionales o entidades gremiales
de reconocido prestigio;
Que en ese contexto, el Indecopi suscribió un Convenio de
Delegación de Funciones con la Cámara de Comercio e Industria
de Arequipa, a través del cual se delegaron funciones relativas a
la Comisión de Reestructuración Patrimonial;
Que por Resolución Nº 023-1998-INDECOPI/DIR, de fecha 14
de julio de 1998, se designó al señor Javier Ismodes Talavera como
Secretario Técnico de la citada Comisión de Reestructuración
Patrimonial que opera en la Cámara de Comercio e Industria de
Arequipa;
Que el señor Javier Ismodes Talavera ha formulado renuncia
al referido cargo;
Que el Directorio del Instituto en su Sesión de fecha 22 de
setiembre del 2000 ha acordado aceptar la referida renuncia;
De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley
Nº 25868;
RESUELVE:
Artículo Unico.- Aceptar, a partir del 1 de octubre del 2000,
la renuncia formulada por el señor Javier Ismodes Talavera al
cargo de Secretario Técnico de la Comisión de Reestructuración
Patrimonial que opera en la Oficina Descentralizada del Indecopi
en Arequipa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS SEMINARIO PIZZORNI
Presidente del Directorio
12030
Aceptan renuncia de miembro de la
Comisión de Fiscalización de Dum-
ping y Subsidios del Indecopi
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL
DIRECTORIO DE INDECOPI
Nº 093-2000-INDECOPI/DIR
Lima, 16 de octubre del 2000
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 18º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organi-
zación y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la
Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -
INDECOPI-, modificado por el Artículo 49º del Decreto Legislati-
vo Nº 807, creó la Comisión de Fiscalización de Dumping y
Subsidios;
Que por Resolución Nº 028-1998-INDECOPI/DIR, de fecha 18
de agosto de 1998, se designó al señor José Antonio de la Puente
León como miembro de la Comisión de Fiscalización de Dumping
y Subsidios;
Que el señor José Antonio de la Puente León ha presentado
renuncia al referido cargo;
Que el Directorio del Instituto en su Sesión de fecha 25 de
setiembre del 2000, ha acordado aceptar la referida renuncia;
De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley
Nº 25868;
RESUELVE:
Artículo Unico.- Aceptar, a partir del 25 de setiembre del
2000, la renuncia formulada por el señor José Antonio de la
Puente León al cargo de miembro de la Comisión de Fiscalización
de Dumping y Subsidios del Indecopi, agradeciéndole los valiosos
servicios prestados a la institución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS SEMINARIO PIZZORNI
Presidente del Directorio
12031
Aceptan renuncia de miembro de la
Comisión de Reglamentos Técnicos y
Comerciales del Indecopi
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL
DIRECTORIO DE INDECOPI
Nº 094-2000-INDECOPI/DIR
Lima, 16 de octubre del 2000
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 18º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organiza-
ción y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competen-
cia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-,
modificado por el Artículo 49º del Decreto Legislativo Nº 807, creó
la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales;
Que por Resolución Nº 029-1997-INDECOPI/DIR, de fecha 31
de diciembre de 1997, se designó al señor Gonzalo Ruiz Díaz como
miembro de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales;
Que el señor Gonzalo Ruiz Díaz ha presentado renuncia al
referido cargo;
Que el Directorio del Instituto en su Sesión de fecha 25 de
setiembre del 2000, ha acordado aceptar la referida renuncia;
De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley
Nº 25868;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR