04 016-2001-MTC.. - Declaran en proceso de Reestructuración Organizativa Institucional al Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA

Fecha de disposición18 Abril 2001
Fecha de publicación18 Abril 2001
Pág. 201469
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 18 de abril de 2001
Declaran en proceso de Reestructura-
ción Organizativa Institucional al Con-
sejo Nacional de Tasaciones - CONATA
DECRETO SUPREMO
Nº 016-2001-MTC
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo Nº 287-68-HC, Ley de Crea-
ción del Consejo Nacional de Tasaciones, y demás disposi-
tivos que regulan las funciones de CONATA establecen que
esta Institución Pública Descentralizada del Sector Trans-
portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, es la
encargada de formular los aranceles y normas respectivas
de terrenos urbanos y rústicos a nivel nacional, así como la
formulación de los Valores Unitarios Oficiales de Edifica-
ción, opinar sobre aspectos generales en todo lo concernien-
te a valuaciones, la formulación del Reglamento Nacional
de Tasaciones del Perú y la ejecución de valuaciones de
bienes muebles e inmuebles a nivel nacional, entre otras
actividades necesarias para atender sus fines;
Que, la Primera Disposición Final de la Ley Nº 27427,
Ley de racionalidad y límites en el gasto público para el año
fiscal 2001, faculta a las entidades del Sector público a
llevar a cabo un proceso de reestructuración Organizativa
Institucional con el objeto de mejorar su eficiencia, raciona-
lizar sus gastos y generar el ahorro público, sin demandar
recursos adicionales a los aprobados para la entidad;
Que, resulta pertinente llevar a cabo un proceso de
Reestructuración Organizativa Institucional en CONATA,
a fin de mejorar su eficiencia, y racionalizar sus gastos,
coadyuvando a un mejor cumplimiento de sus objetivos
institucionales;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legis-
lativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27427;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar al Consejo Nacional de Tasa-
ciones - CONATA en proceso de Reestructuración Organi-
zativa Institucional, hasta el 20 de abril del 2001.
Artículo 2º.- Facultar al CONATA a aprobar median-
te Resolución del Titular del Pliego, con el acuerdo de su
Consejo Directivo, las modificaciones de su estatuto que
resulten necesarias, así como aprobar un nuevo Regla-
mento de Organización y Funciones - ROF, reformular su
Cuadro para Asignación de Personal - CAP y Presupuesto
Analítico de Personal - PAP, sin exceder los montos
presupuestales asignados a dicha entidad.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis
días del mes de abril del año dos mil uno.
VALENTIN PANIAGUA CORAZAO
Presidente Constitucional de la República
EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA
Ministro de la Presidencia
Encargado de la Cartera de Transportes,
Comunicaciones, Vivienda y Construcción
22038
Declaran resuelto el contrato de conce-
sión suscrito con Biper Express S.A.C.
para la prestación del servicio público
de buscapersonas bidireccional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 153-2001-MTC/15.03
Lima, 10 de abril de 2001
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 448-99-MTC/
15.03 se otorgó a BIPER EXPRESS S.A.C. concesión para
la explotación del Servicio Público de Buscapersonas Bidi-
reccional en el área de cobertura que comprende la ciudad
de Lima, de la provincia y departamento de Lima y la
Provincia Constitucional del Callao, habiéndose suscrito
el respectivo contrato el 11 de febrero de 2000;
Que, el numeral 6.01 de la cláusula sexta del contrato de
Concesión suscrito con BIPER EXPRESS S.A.C. establece
la obligación de iniciar la prestación del servicio concedido
en el plazo máximo de doce (12) meses, caso contrario la
concesión quedaría automáticamente sin efecto;
Que, los Artículos 132º y 133º del Reglamento General
de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto
Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias, señalan que
en el contrato de concesión se establecerá en forma espe-
cífica el plazo para que el concesionario inicie la prestación
del servicio de telecomunicaciones concedido y que venci-
do dicho plazo sin haberse iniciado la prestación del
servicio, se producirá de pleno derecho la resolución del
contrato de concesión;
Que, el Artículo 135º del mencionado Reglamento esta-
blece que el contrato de concesión se resuelve entre otros,
por incumplimiento del plazo pactado para iniciar la
prestación del servicio, señalando que el procedimiento
para hacer efectiva la resolución se establecerá en el
contrato de concesión; en su defecto opera de pleno dere-
cho, sin perjuicio que el Ministerio formalice tal situación
mediante Resolución que será publicada en el Diario
Oficial El Peruano;
Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Tele-
comunicaciones, según los términos de su Informe Nº 121-
2001-MTC/15.03.UECT, señala que se ha constatado que
la empresa BIPER EXPRESS S.A.C. no ha iniciado en el
plazo establecido en el numeral 6.01 de la cláusula sexta
del contrato de concesión, las operaciones del servicio
concedido, y que en consecuencia queda resuelto de pleno
derecho el mencionado contrato;
Que, en consecuencia debe dictarse el acto administra-
tivo correspondiente;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862, por
Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Declarar resuelto el contrato de
concesión suscrito con la empresa BIPER EXPRESS S.A.C.
para la prestación del Servicio Público de Buscapersonas
Bidireccional, en el área de cobertura que comprende la
ciudad de Lima, de la provincia y departamento de Lima
y la Provincia Constitucional del Callao, en consecuencia
sin efecto la Resolución Ministerial Nº 448-99-MTC/15.03,
por lo expuesto en la parte considerativa de la presente
resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ORTEGA NAVARRETE
Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
21910
Otorgan a Aerolíneas Argentinas S.A.
la renovación y modificación de permi-
so de operación del servicio de trans-
porte aéreo regular de pasajeros, car-
ga y correo
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 055-2001-MTC/15.16
Lima, 27 de marzo del 2001
Vista la solicitud de AEROLÍNEAS ARGENTINAS
S.A., sobre Renovación y Modificación de Permiso de
Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional
Regular de pasajeros, carga y correo.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 012-98-MTC/
15.16 del 14 de enero de 1998, modificada por la Resolu-
ción Directoral Nº 157-98-MTC/15.16 y Resolución Direc-
toral Nº 261-2000-MTC/15.16 del 10 de noviembre de 1998
y 17 de octubre de 2000, respectivamente, se otorgó a
AEROLÍNEAS ARGENTINAS S.A., de conformidad con el

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